RESOLUCIÓN 166 2016 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA

Síntesis:

APRUEBA -PERIMETRO DE UNIDADES FUNCIONALES - VIVIENDAS Y HABITANTES -  SECTOR BAJO AUTOPISTA -  CRISTO OBRERO - OPERATIVO CENSAL - RESOLUCIÓN 473-MJGGC-2016 - APRUEBA MODELOS - CONSTANCIA DE VISITA - CERTIFICADO CENSAL - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN COMUNITARIA - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA  

Publicación:

29/11/2016

Sanción:

18/11/2016

Organismo:

SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA


VISTO:

El Decreto N° 363/GCABA-15 y sus modificatorios, la Resolución N ° 473/MJGGC/16 y

el Expediente Electrónico N° 24737153-MGEYA-SSPYGC/16, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 473/MJGGC/16, el Jefe de Gabinete de Ministros

dispuso la realización de un operativo censal en las viviendas y habitantes ubicados en

los sectores "Bajo Autopista" y "Cristo Obrero" identificadas en el Anexo I (IF N° 2016 -

24744441-DGPDU) de dicha Resolución;

Que por la mentada Resolución se instruyó a la Secretaría de Integración Social y

Urbana, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros para que, con la

colaboración de la Dirección General de Estadísticas y Censos, realice el diseño

metodológico, la planificación, organización, implementación, supervisión y evaluación

de todas las etapas del operativo;

Que, asimismo, el artículo 4° del citado acto administrativo facultó al titular de la

Secretaría de Integración Social y Urbana a suscribir los actos administrativos

aclaratorios, operativos y complementarios que resulten necesarios;

Que, en relación al operativo censal que se realizará en el sector "Bajo Autopista" el

día 19 de noviembre de 2016, resulta necesario especificar las unidades funcionales

que se encuentran dentro de dicho sector y que serán objeto del operativo censal, a fin

de que la Dirección General de Estadística y Censo elabore el diseño cartográfico

pertinente;

Que, a su vez, corresponde aprobar la "Constancia de Visita" y el "Certificado Censal"

que serán utilizados durante el operativo censal, y facultar a los funcionarios

autorizados a suscribir dichos instrumentos;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Resolución N° 473/MJGGC/16,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el detalle de unidades funcionales del sector "Bajo Autopista"

que serán objeto del operativo censal dispuesto mediante Resolución N°

473/MJGGC/16, identificadas en el Anexo I (IF N° 2016-25500382-SSIUYCG) que, a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el modelo de "Constancia de Visita" para el operativo censal

dispuesto mediante Resolución N° 473/MJGGC/16, que como Anexos II (IF N° 2016 -

25095342-SSPYGC) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Apruébase el modelo de "Certificado Censal", que como Anexo III (IF N°-

2016-25095693-SSPYGC) forma parte integrante de la presente, el que certificará el

correcto cumplimiento por parte de los habitantes de las unidades funcionales, de los

requerimientos del operativo censal dispuesto mediante

Resolución N°

473/MJGGC/16.

Artículo 4°.- Facúltase al titular de la Dirección General de Gestión Comunitaria,

dependiente de la Secretaría de Integración Social y Urbana, a suscribir el "Certificado

Censal" aprobado en el artículo precedente.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Subsecretarías de Infraestructura Urbana y Coordinación

Gubernamental y de Planeamiento y Gestión Comunitaria, a las Direcciones

Generales de Gestión Comunitaria y de Estadística y Censos; y para la prosecución

del trámite gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura

de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5016

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 166-SECISYU-2016 aprueba las unidades funcionales del sector Bajo Autopista, que serán objeto del operativo censal dispuesto mediante Resolución 473-MJGGC-2016.</p><p>Arts. 2 y 3 aprueban modelos para llevar a cabo el operativo censal dispuesto mediante Resolución 473-MJGGC-2016.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 374-SECISYU-17 dispone el cierre de recepción de reclamos en relación al operativo<br />censal del sector Bajo Autopista, en el marco de lo establecido por Resolución 166-SECISYU-2016.</p>