DECRETO 621 2016

Síntesis:

SE SUTITUYE EL ANEXO I DEL DECRETO 405-16 - CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -  INTEGRACIÓN - INTEGRANTES - REPRESENTANTES - GERARDO MARTÍNEZ - RUBÉN PRONOTTI - JOSÉ LUIS PERALTA - CARLA RODRÍGUEZ - JOSÉ LUIS PIRRAGLIA - ANÍBAL TORRETTA - DANTE CAMAÑO - HÉCTOR AGUIRRE - VÍCTOR SANTA MARÍA - CRISTIAN MILANO - JORGE OMAR VIVIANI - CLAUDIO MARCELO PALMEYRO - DANIEL LLAMBÍA - NORBERTO C PERUZZOTT - DANIEL H MILLACI - DANIEL O TENISCI - CAMILO SUAREZ - ARIEL AMOROSO - ALEJANDRO ISACC BORENSZTEIN - EDUARDO BAGNATO - VICENTE LOURENZO - ARTURO STABILE - GUILLERMO GÓMEZ GALIZIA - LUISSOKO - CESAR ALBORNOZ - ROBERTOD PONS - GLENN POSTOLSKI - PABLO HERNÁNDEZ - JORGE LUIS RODRÍGUEZ - FEDERICO IÑIGUEZ - EDUARDO SUÁREZ - MARIANA COLOTTA - HUMBERTO J BERTAZZA - ROBERTO DESTÉFANO - ANDREA CAMPOS - JORGE RIZZO - GERARDO CELSO LUPPI - ENRIQUE MANUEL PERUZZOTTI - SANDRA GONZÁLEZ - OSVALDO RIOPEDRE - SUSANA ANDRADA - PALOMA BOKSER - LAURA GONZÁLEZ VELAZCO - ROBERTO BAIGORRIA - CARLOS ALBERTO ACCAPUTO - MELCHOR SERRA - RALPH THOMAS SAIEG - DANIEL POMERANTZ - ANÍBAL BACHIR BAKIR - RICARDO ELÍA

Publicación:

19/12/2016

Sanción:

14/12/2016

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El artículo 45 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 3.317 (texto

consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, 113/16 y

405/16, las Resoluciones Nros. 68/CESBA/16, su rectificatoria N° 86/CESBA/16 y N°

164/CESBA/16, el Expediente Electrónico N° 24.574.448/DGTALMMIYT/16, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 45 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires estableció que el

Consejo Económico y Social se encuentra integrado por asociaciones sindicales de

trabajadores, organizaciones empresariales, colegios profesionales y otras

instituciones representativas de la vida económica y social y es presidido por un

representante del Poder Ejecutivo;

Que la Ley N° 3.317 reglamentó el citado artículo de la Constitución de la Ciudad,

disponiendo que "El Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires es un

órgano colegiado de participación ciudadana, de carácter consultivo. Es una persona

de derecho público no estatal, con personalidad jurídica propia y que goza de

autonomía orgánica y funcional para el cumplimiento de sus fines específicos respecto

de los órganos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires";

Que el artículo 7° de la Ley N° 3.317 "Del Consejo Económico y Social", establece

tanto los actores que lo integran así como el número de miembros de cada uno de

ellos, indicando que estos últimos serán propuestos por las organizaciones y que, una

vez elegidos, sus mandantes deben comunicar las designaciones al Gobierno de la

Ciudad, que formalizará los nombramientos mediante Decreto;

Que por Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del

Poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Consejo

Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires como organismo fuera de nivel, bajo

la órbita del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 113/16 se designó, a partir del 25 de enero de 2016, al

Licenciado Federico Saravia, D.N.I. N° 25.218.726, CUIL N° 20-25218726-0, como

presidente del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por su parte, por Decreto N° 405/16, se formalizó la integración del Consejo

Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a la propuesta

efectuada por ese Organismo a través de la Resolución N° 68/CESBA/16 y su

rectificatoria N° 86/CESBA/16;

Que por Resolución N° 164/CESBA/16, se ha dado de baja del Anexo I adunado a esa

norma, como representante del Sector Sindical, a la Unión Obrera de la Construcción

de la República Argentina (UOCRA) y se han incorporado como organizaciones,

también de ese sector, a la Confederación General del Trabajo (CGT) y al Sindicato de

Peones de Taxis (SPT);

Que, como representantes de la Confederación General del Trabajo (CGT) se han

designado a los Sres. Gerardo Alberto Martínez, D.N.I. N° 11.934.882 y Rubén D.

Pronotti, D.N.I. N° 16.061.685, como titular y suplente respectivamente;

Que, asimismo, representado al Sindicato de Peones de Taxis (SPT) se nombraron

como consejeros los Sres. Jorge Omar Viviani, D.N.I. N° 10.468.626 y Claudio Marcelo

Palmeyro, D.N.I. N° 17.031.197, en carácter de titular y suplente, en ese orden;

Que la Secretaría Ejecutiva del Citado Consejo ha verificado el cumplimiento de la

totalidad de los requisitos de las organizaciones sectoriales involucradas, al igual que

los consejeros, quienes también han presentado las correspondientes declaraciones

juradas de compatibilidad para ejercer los cargos mencionados;

Que mediante la Resolución N° 164/CESBA/16, conforme los términos de los artículos

8° y 9° de la Ley N° 3.317, el Consejo elevó al Poder Ejecutivo la propuesta de

modificación de la composición del mismo, a los efectos de que se formalicen los

nombramientos mediante el dictado del Decreto correspondiente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en cumplimiento de lo

prescripto por el art. 7° in fine de la Ley N° 3.317,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 405/16 por el aquel que se adjunta

al presente como Anexo I (IF-2016-26.512.694-MMIYTGC).

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización,

Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios de Modernización, Innovación y Tecnología y de

Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Consejo Económico y

Social. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Freire - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5028

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 295-17 sustituye el Anexo I del Decreto 621-16.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 y Anexo I del Decreto 621-16 sustituye el Anexo I del Decreto 405-16.</p>