LEY 5682 2016
Síntesis:
INCORPORA - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - TÍTULO DECIMOQUINTO - SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO POR AUTOMOTOR MASIVO RÁPIDO DIFERENCIADO Y EN RED - METROBUS - DEFINICIONES - CREA COMISIÓN DE EVALUACIÓN - DEROGA LEY 2992 - SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE DE LA CIUDAD
Publicación:
21/12/2016
Sanción:
17/11/2016
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/12/2016
Artículo 1°.- Incorpórase como Título Decimoquinto "Del Sistema de Transporte
Público por automotor Masivo, Rápido, Diferenciado y en Red - Metrobus" al Código
de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires el texto que, como Anexo I,
forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 2°.- Incorpórase a las Definiciones generales contenidas en el Código de Tránsito
y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la siguiente:
"Metrobus: Sistema de transporte público por automotor de pasajeros masivo, rápido,
diferenciado y en red, dispuesto sobre redes troncales y vías intermedias que facilita la
transferencia intramodal e intermodal del Sistema Integrado de Transporte de la
Ciudad."
Art. 3°.- Créase una Comisión de Evaluación del Sistema de Metrobus de Buenos
Aires que estará integrada por cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo y por los
Diputados integrantes de la Comisión de Tránsito y Transporte de la Legislatura de la
Ciudad.
Art. 4°.- Dérogase la Ley 2992 (B.O.C.B.A. N° 3102).
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Polledo - Pérez
ANEXOS