RESOLUCIÓN 155 2016 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Síntesis:
ASIGNACIÓN DE ÁREA - DEPARTAMENTO PADRÓN AUTOMOTOR DISCAPACIDAD Y RECLAMOS - CÁMARA NACIONAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN - PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE INFORMES - ACCESO A CONSULTA - PEDIDO DE INFORMES - REGISTRO DE USUARIO POR ORGANISMO SOLICITANTE - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - UACF - CONTROLADORES DE FALTAS - MODELO DE OFICIO - COMUNICACIÓN OFICIAL - CO - SADE - COMUNICACIONES OFICIALES - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - DOCUMENTO - FECHA DE NACIMIENTO - NOMBRE Y APELLIDO - MICROSOFT WORD
Publicación:
06/01/2017
Sanción:
21/03/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
VISTO:
la Resolución N° 28-SSJUS-2014 y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Judicial de la Nación posee un sistema de consulta para el pedido de
informes a la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que debe registrarse un usuario
por organismo solicitante;
Que corresponde determinar un procedimiento tendiente a garantizar la correcta
coordinación entre la Unidad Administrativa de Control de Faltas (UACF) y Cámara
Nacional Electoral (CNE) estableciendo un criterio para dicha solicitud;
Que atendiendo a razones de mejor servicio y con el objeto de asegurar la eficacia de
los pedidos de informes, resulta conveniente asignar un área que centralice las
referidas consultas;
Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Asignar al Departamento Padrón Automotor, Discapacidad y Reclamos
dependiente de la Gerencia Operativa de Gestión de Operaciones, el acceso a la
Cámara Nacional Electoral del Poder Judicial de la Nación.
Artículo 2°.- Establecer el procedimiento para la solicitud de informes de conformidad
al modelo de oficio que como Anexo I se adjunta a la presente, el que será
incorporado al sistema operativo "Microsoft Word" de las terminales respectivas de los
boxes, debiendo el controlador de faltas enviar nota mediante comunicación oficial
(CCOO) firmado digitalmente únicamente por él, no pudiendo superar las cinco (5)
consultas diarias.
Artículo 3° - Regístrese, y gírese al Sr. Director de Administración de Infracciones para
su cumplimiento. Fecho, archívese. Enríquez
ANEXOS