RESOLUCIÓN 155 2016 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

Síntesis:

ASIGNACIÓN DE ÁREA - DEPARTAMENTO PADRÓN AUTOMOTOR DISCAPACIDAD Y RECLAMOS - CÁMARA NACIONAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN - PROCEDIMIENTO SOLICITUD DE INFORMES - ACCESO A CONSULTA - PEDIDO DE INFORMES - REGISTRO DE USUARIO POR ORGANISMO SOLICITANTE - UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTROL DE FALTAS - UACF - CONTROLADORES DE FALTAS - MODELO DE OFICIO - COMUNICACIÓN OFICIAL - CO - SADE - COMUNICACIONES OFICIALES - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - DOCUMENTO - FECHA DE NACIMIENTO - NOMBRE Y APELLIDO - MICROSOFT WORD

Publicación:

06/01/2017

Sanción:

21/03/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA


VISTO:

la Resolución N° 28-SSJUS-2014 y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Judicial de la Nación posee un sistema de consulta para el pedido de

informes a la Cámara Nacional Electoral (CNE) en el que debe registrarse un usuario

por organismo solicitante;

Que corresponde determinar un procedimiento tendiente a garantizar la correcta

coordinación entre la Unidad Administrativa de Control de Faltas (UACF) y Cámara

Nacional Electoral (CNE) estableciendo un criterio para dicha solicitud;

Que atendiendo a razones de mejor servicio y con el objeto de asegurar la eficacia de

los pedidos de informes, resulta conveniente asignar un área que centralice las

referidas consultas;

Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA

RESUELVE

Artículo 1°.- Asignar al Departamento Padrón Automotor, Discapacidad y Reclamos

dependiente de la Gerencia Operativa de Gestión de Operaciones, el acceso a la

Cámara Nacional Electoral del Poder Judicial de la Nación.

Artículo 2°.- Establecer el procedimiento para la solicitud de informes de conformidad

al modelo de oficio que como Anexo I se adjunta a la presente, el que será

incorporado al sistema operativo "Microsoft Word" de las terminales respectivas de los

boxes, debiendo el controlador de faltas enviar nota mediante comunicación oficial

(CCOO) firmado digitalmente únicamente por él, no pudiendo superar las cinco (5)

consultas diarias.

Artículo 3° - Regístrese, y gírese al Sr. Director de Administración de Infracciones para

su cumplimiento. Fecho, archívese. Enríquez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5042

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 2 de la Resolución 155-SSJUS-16 establece el procedimiento para la solicitud de informes, debiendo el controlador de faltas enviar nota mediante comunicación oficial (CCOO) firmado digitalmente únicamente por él, no pudiendo superar las cinco (5) consultas diarias, implementando el módulo CO, creado por Decreto 287-10, en la Unidad Administrativa de Control de Faltas.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución 155-SSJUS-16 establece el procedimiento para la solicitud de informes a la Cámara<br />Nacional Electoral, que será incorporado al sistema operativo Microsoft Word de las terminales respectivas de los boxes de los controladores de faltas, complementando el Reglamento Interno de la Unidad Administrativa de Control de Faltas, aprobado por Resolución 28-SSJUS-14.</p>