DECRETO 58 2017

Síntesis:

DEROGA DECRETOS 1982-02 - 938-08 - 495-11 - AUTORIZACIÓN - FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS - MANUAL DE NORMAS E IDENTIDAD VISUAL INSTITUCIONAL - IMAGEN INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO - TODAS LAS ÁREAS - CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS - INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL - REPRESENTACIÓN TERCEROS - REGISTRO O PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL - COMPETENCIAS

Publicación:

02/02/2017

Sanción:

30/01/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos N° 1.982/02, N°

938/08, N° 495/11, y el Expediente Electrónico N° 2017-02851969- SSCON; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.982/02 se aprobó el Manual de Identidad Visual Institucional,

estableciendo su cumplimiento obligatorio por parte de todas las áreas y dependencias

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como por sus entes

descentralizados en los casos en que correspondiere;

Que por el Decreto N° 495/11 modificatorio del Decreto N° 938/08, se delegó en la

entonces Secretaría de Comunicación Social, la facultad de representar al Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Instituto Nacional de la Propiedad

Industrial;

Que mediante la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Subsecretaría de

Contenidos dependiente de la Jefatura de Gobierno;

Que la mencionada Ley establece entre los objetivos de la Subsecretaría de

Contenidos, administrar y garantizar el correcto uso de la marca e imagen intelectual

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las distintas áreas;

Que atento al tiempo transcurrido desde la aprobación del primer Manual de Identidad

Visual Institucional, y a fin de readecuar la imagen institucional del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires para adaptarla a su identidad institucional actual,

con el objetivo de fortalecer la identificación de los ciudadanos con su Ciudad,

perfeccionar la difusión de información relacionada con la actividad del Gobierno,

como así también posicionar a la Ciudad en el plano nacional e internacional, resulta

oportuno aprobar el Manual de Normas e Identidad Visual Institucional del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido y, en virtud de los objetivos establecidos en la Ley N° 5.460, la

Subsecretaría de Contenidos aprobará el Manual de Normas e Identidad Visual

Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, resulta necesario facultar al titular de la Subsecretaría de Contenidos,

o a quien éste autorice, a representar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, frente al Instituto Nacional de Propiedad Industrial y/o terceros;

Que en virtud de ello, corresponde derogar los Decretos Nros. 1982/02 ,938/08 y

495/11.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

p/p - Miguel

Artículo 1°.- Deróganse los Decretos Nros. 1.982/02, 938/08 y 495/11.

Artículo 2°.- La Subsecretaría de Contenidos aprobará el "Manual de Normas e

Identidad Visual Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"

para la utilización de la imagen institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires que será de cumplimiento obligatorio, por todas las áreas y

dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, centralizadas y

descentralizadas.

Artículo 3°.- Facúltese al titular de la Subsecretaría de Contenidos, o a quien éste

autorice, a representar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, frente al

Instituto Nacional de Propiedad Industrial y/o terceros, a los fines de realizar todos los

actos que resulten necesarios o convenientes a los efectos del registro o protección de

los derechos de propiedad industrial, incluyendo la solicitud de registros, la

presentación de oposiciones al registro de derechos por parte de terceros, la

participación en mediaciones, la suscripción de convenios, la negociación y/o cesión,

en forma gratuita u onerosa, de derechos de propiedad industrial, como así también

todos los actos que fueran necesarios a tales efectos.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todas las áreas y dependencias centralizadas y descentralizadas del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás

efectos remítase a la Subsecretaría de Contenidos. Cumplido, archívese. SANTILLI

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art.1 del Decreto 150/20 deroga el Decreto 58/17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 112-SSCON-17 aprueba el Manual de Normas e Identidad Visual Institucional del Gobierno que se agrega como Anexo I, según lo previsto por Art. 2 del Decreto 58-17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1° de la Resolución N° 61/SSCON/17 aprueba el Manual de Normas e Identidad Visual Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece el art. 2° del Decreto N° 58/17.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 del Decreto 58-17 deroga Decreto 938-08.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 del Decreto 58-17 deroga Decreto  1982-02.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 del Decreto 58-17 deroga Decreto 495-11.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 213-SSCON-18 aprueba el Manual de Marca del Instituto Universitario de Seguridad de la Ciudad (IUSE), en el marco de lo establecido por Decreto 58-17.</p>