DECRETO 150 2020
Síntesis:
DEROGA DECRETO 58/17 - SE FACULTA - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - MODIFICACIÓN TOTAL O PARCIALMENTE - MANUAL DE NORMAS E IDENTIDAD VISUAL INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - IMAGEN INSTITUCIONAL - CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO - TODAS LAS ÁREAS - CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS - REPRESENTACIÓN - INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Publicación:
25/03/2020
Sanción:
18/03/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 58/17 y N° 463/19, la Resolución N° 112-
SSCON/17 y el Expediente N° 08890799-GCABA-SECCCPC/20, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 58/17 estableció que la entonces Subsecretaría de Contenidos
apruebe el Manual de Normas e Identidad Visual Institucional del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la utilización de la imagen institucional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que será de cumplimiento
obligatorio por todas las áreas y dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, centralizadas y descentralizadas;
Que por la Resolución N° 112-SSCON/17 se aprobó el Manual de Normas e Identidad
Visual Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, el citado Decreto N° 58/17 facultó al titular de la entonces
Subsecretaría de Contenidos, o a quien él autorice, a representar al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires frente al Instituto Nacional de Propiedad Industrial
y/o terceros, a los fines de realizar todos los actos que resulten necesarios o
convenientes a los efectos del registro o protección de los derechos de propiedad
industrial, incluyendo la solicitud de registros, la presentación de oposiciones al
registro de derechos por parte de terceros, la participación en mediaciones, la
suscripción de convenios, la negociación y/o cesión, en forma gratuita u onerosa, de
derechos de propiedad industrial, como así también todos los actos que fueran
necesarios a tales efectos;
Que por otro lado, la Ley de Ministerios N° 6.292 creó la Secretaría de Comunicación,
Contenidos y Participación Ciudadana dependiente de la Jefatura de Gobierno, y
estableció, entre otros objetivos, el de administrar y garantizar el correcto uso de la
marca e imagen intelectual del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las
distintas áreas;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección
General Comunicación y Contenidos como dependiente de Subsecretaría de
Comunicación y Contenidos de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y
Participación Ciudadana;
Que conforme lo dispuesto por el Decreto mencionado, corresponde a la
Subsecretaría de Comunicación y Contenidos, entender en el correcto uso de la marca
e imagen intelectual del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la
Dirección General Comunicación y Contenidos, definir los lineamientos para la
creación de las marcas de las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, en virtud de las competencias atribuidas en la estructura orgánica funcional
aprobada, resulta ser la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana competente para modificar total o parcialmente el "Manual de Normas e
Identidad Visual Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que en este sentido, resulta además necesario facultar al titular de la Secretaría de
Comunicación, Contenidos y Participación Ciudadana, o a quien éste autorice, a
representar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante el Instituto
Nacional de Propiedad Industrial y/o terceros;
Que en razón de lo expuesto, corresponde derogar el Decreto N° 58/17.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 58/17.
Artículo 2°.- Facúltase a la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana a modificar total o parcialmente el "Manual de Normas e Identidad Visual
Institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" para la utilización
de la imagen institucional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
será de cumplimiento obligatorio, por todas las áreas y dependencias del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, centralizadas y descentralizadas.
Artículo 3°.- Facúltase al titular de la Secretaría de Comunicación, Contenidos y
Participación Ciudadana, o a quien éste autorice, a representar al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial
y/o terceros, para realizar actos y/o ejecutar tramitaciones que resulten necesarias o
convenientes a los efectos de llevar a cabo el registro y/o protección de los derechos
de propiedad intelectual, incluyendo la solicitud de registros, la presentación de
oposiciones al registro de derechos por parte de terceros, la participación en
mediaciones, la suscripción de acuerdos y convenios, la negociación y/o cesión, en
forma gratuita u onerosa, de derechos de propiedad intelectual, como así también
todos los actos que fueran necesarios a tales efectos.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las áreas y dependencias centralizadas y descentralizadas del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás
efectos remítase a la Secretaría de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel