RESOLUCIÓN 2327 1996 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DENIEGA LOS RECLAMOS INTERPUESTOS POR LA FIRMA PRODULAB S.R.L. POR EL PRONTO DESPACHO DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES A LAS PROVISIONES EFECTUADAS A LOS HOSPITALES DE ONCOLOGÍA "MARÍA CURIE" Y MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ"
Publicación:
04/12/1996
Sanción:
31/10/1996
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el juicio de amparo iniciado por la firma PRODULAB S.R.L., en el que reclama el pronto despacho de las actuaciones administrativas que corren por Carpeta N° 21.931/93, correspondientes a las provisiones efectuadas a los Hospitales de Oncología "MARÍA CURIE" y MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ", y
CONSIDERANDO:
Que la sentencia de fecha 23 de Abril de 1996, dispuso hacer lugar a la acción entablada y librar órden de pronto despacho para que este Gobierno se expidiera sobre las cuestiones pendientes de resolución;
Que dicha sentencia fue confirmada por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil -Sala "J- el día 2 de Julio de 1996;
Que por el Decreto N° 225/GCBA/96, se dispuso reglamentar un régimen específico para las obligaciones contraídas por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo reclamo y reconocimiento se opere ante la gestión iniciada el día 06/08/96 por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la misma estableció un trámite único para la verificación de las deudas contraídas por la ex-Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, fijándose un plazo de presentación para que los acreedores hagan valer sus derechos;
Que análizados los antecedentes judiciales y administrativos, y en virtud de la norma antes referida, no existen en el sub-examine elementos que permitan acceder a lo solicitado;
Que la Procuración General, ha expedido el pertinente dictámen;
Por ello,
RESUELVE:
Art. 1 ° - Deniéganse los reclamos interpuestos en las actuaciones administrativas iniciadas por la firma PRODULAB S.R.L. que tramitan mediante Carpeta N° 21.931/93 correspondientes a las provisiones efectuadas a los Hospitales de Oncología "MARÍA CURIE" y MATERNO INFANTIL RAMÓN SARDÁ", sin perjuicio de que una vez que el peticionante cumpla con los requisitos establecidos por el Decreto N° 225/GCBA/96, se decida de conformidad con las pautas que fija la mencionada normativa.
Art. 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa PRODULAB S.R.L. en el domicilio de Planes N° 1183, Capital Federal y, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Salud, Cumplido, archívese.