DECRETO 76 2017
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PRIMEROS NIVELES - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA - DIRECCION GENERAL - FUERA DE NIVEL - COORDINACION LEGAL - CONSOLIDACION NORMATIVA - ESCRIBANIA GENERAL - MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVOS - GESTION DOCUMENTAL - TECNICA Y ADMINISTRATIVA - AUTORIDAD DE APLICACION LEY ETICA PUBLICA LEY 4895 - SOPORTE DE AUDITORIA I Y II - ASUNTOS LEGALES - ORDENAMIENTO NORMATIVO - JURIDICO REGISTRAL - NOTARIAL - BOLETIN OFICIAL Y REGISTRO - ATENCION AL PUBLICO Y SERVICIOS DE INFORMACION - IMPRESION - DIGITALIZACION - CENTRO DE DOCUMENTACION Y ARCHIVO - ATENCION AL PUBLICO - OFICIOS Y NOTIFICACIONES - DESPACHO - PRODUCCION - CAPACITACION - FORMACION CONTINUA - MESA SOPORTE SADE - APLICATIVOS INFORMATICOS - DESARROLLO FUNCIONALES - TESTING Y GESTION - GESTION DE DESPLIEGUES E INCIDENTES - TABLAS DOCUMENTALES Y APLICATIVOS - MESA DE AYUDA - TECNOLOGIA Y PROCESOS - RECURSOS HUMANOS - OFICINA DE GESTION SECTORIAL - OGESE - REDES - DESARROLLO Y PROCESAMIENTO - COMPRAS CONTABLE Y PATRIMONIO
Publicación:
20/02/2017
Sanción:
15/02/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y
modificatorios, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 345/16, y el
Expediente Electrónico N° 4.722.678-MGEYA-DGCL/17, y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de
un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,
promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras
orgánico funcionales;
Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Secretaría Legal y
Técnica;
Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial
para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;
Que mediante el Decreto N° 345/16, se aprobó la estructura correspondiente al
régimen gerencial de la Secretaría Legal y Técnica, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa;
Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar
modificaciones en la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica, a los
fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor eficiencia de sus
competencias;
Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen
Gerencial de la Secretaría Legal y Técnica, en sus dos niveles, Gerencia y
Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 345/16;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 15 de febrero de 2017, la estructura organizativa
de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,
de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-4759799-SECLYT) (Organigrama) y II (IF-2017-
4759803-SECLYT) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman
parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- La Dirección General Técnica y Administrativa dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, deberá informar, en un plazo de 30 días, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la
asignación de la dotación de su Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias
operativas en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, y a las
Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del
Servicio Civil del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Mura - Miguel
ANEXOS