ORDENANZA 42594 1987

Síntesis:

MODIFICA LA ORDENANZA N° 40.997 QUE APRUEBA EL SISTEMA MUNICIPAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

Publicación:

12/01/1988

Sanción:

09/12/1987

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

29/12/1987


El Honorable Concejo Deliberante

de la Ciudad de Buenos Aires

Sanciona con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Sustitúyese el artículo 3° de la Ordenanza N° 40.997/86 (B.M. N° 17.720), por el siguiente texto: "El Sistema Municipal de Residencias del Equipo de Salud está integrado por las siguientes áreas, cuya duración se indica para cada una de ellas:

a)Residencias Médicas Básicas:

- Clínica Médica(4 años)
- Clínica Pediátrica(4 años)
- Cirugía General(4 años)
- Salud Mental (psiquiatría)(4 años)
- Salud Mental Infanto-Juvenil,
Psiquiatría Infanto-Juvenil
(4 años)
- Medicina General y Familiar(4 años)
- Tocoginecología(4 años)

b) Residencias Médicas Postbásicas, a desarrollar una vez aprobados por lo menos:

a) 2 años de Residencia en Clínica Médica

- Geriatría(2 años)
- Terapia Intensiva(3 años)
- Neurología(3 años)
- Cardiología(3 años)
- Hematología(3 años)
- Endocrinología(3 años)
- Nefrología(3 años)
- Neumonología(3 años)
- Oncología Radiante(3 años)
- Ciencias Microbiológicas(3 años)
- Infectología(3 años)
- Otorrinolaringología(3 años)

b) 2 años de Residencias en Clínica pediátrica

- Neurología Pediátrica(3 años)
- Cardiología Pediátrica(3 años)
- Endocrinología Pediátrica(3 años)
- Hematología Pediátrica(3 años)
- Oncología Clínica Pediátrica(3 a años)
- Neonatología(2 años)
- Ciencias Microbiológicas(3 años)
- Otorrinolaringología Pediátrica(3 años)
- Medicina Interna Pediátrica(2 años)
- Pediatría Ambulatoria(2 años)

c) 1 año de Residencia en Cirugía General

- Cirugía Pediátrica(3 años)
- Urología(3 años)
- Cirugía Cardiovascular Pediátrica(3 años)
- Neurocirugía(3 años)
- Neurocirugía pediátrica(3 años)
- Ortopedia y Traumatología(3 años)
- Cirugía Plástica, Reconstructiva y Reparadora(3 años)
- Otorrinolaringología(3 años)
- Ortopedia y Traumatología Pediátrica(3 años)

d) 2 años de Residencia en Cirugía General

- Cirugía Toráxica(2 años)
- Cirugía Cardiovascular(3 años)
- Cirugía Oncológica(3 años)
Residencia completa en
Cirugía General, Clínica
Médica, Cardiología,
Ortopedia y Traumatología
u otra disciplina o
especialidad aprobada
por el Departamento
Ejecutivo:
- Emergentología(2 años)

c) Residencias Médicas que no requieran Residencias Médicas Básicas previas:

- Oftalmología(3 años)
- Patología(3 años)
- Anestesiología(3 años)
- Fisiatría(3 años)
- Diagnóstico por imágenes(3 años)
- Patología Pediátrica(3 años)

d) Otras Residencias del Equipo de Salud:

- Farmacia(3 años)
- Bioquímica y Microbiología (para
Bioquímicos)
(3 años)
- Odontología Pediátrica(3 años)
- Odontología(3 años)
- Microbiología (para Bioquímicos,
Microbiología o titulo equivalente)
(3 años)
- Psicología Clínica(4 años)
- Psicología Clínica Intanto-Juvenil(4 años)
- Servicio Social(2 años)
- Psicopedagogía ( para Licenciados
en Psicopedagogía, Ciencias de la
Educación o título equivalente)
(3 años)

Art. 2° - Sustitúyese el artículo 14 de la Ordenanza N° 40.997/86 (B.M. N° 17.720), por el siguiente texto:

"A las Residencias Post-Básicas el Residente accederá mediante concurso, a cuyo fin se confeccionará un orden de méritos de acuerdo al puntaje de un examen centralizado por la Dirección de Capacitación Profesional y Técnica que evaluará contenidos de la disciplina básica correspondiente."

Art. 3° - Inclúyese en el artículo 26 de la Ordenanza N° 40.997/86 (B.M. N° 17.720). el siguiente texto:

“inc. r) Todo Residente de primer año que renuncie, no se haga cargo o abandone sus funciones entre los 55 y 150 días del comienzo del ciclo lectivo no podrá participar por el término de dos (2) años desde la fecha de su baja, en los concursos dependiente de la Dirección de Capacitación Profesional y Técnica de la Secretaria de Salud Pública y Medio Ambiente."

Art. 4° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Ord. 42594 modifica los Arts. 3°; 14 y 26 de la Ord. 40997
REFERENCIADA POR
Dto. 1799-90 referencia la Ord. 42594 - Procedimiento Administrativo para la contratación de residentes, instructores, jefes y coordinadores de residentes del Sistema Municipal de Residencias del Equipo de Salud
PROMULGADA POR