RESOLUCIÓN 48 2017 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

CREA PROGRAMA EN LA CIUDAD VOTÁS - MINISTERIO DE GOBIERNO - PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE EXTRANJEROS - ELECCIONES - VOTACIÓN - LEY 334 - ELECTORES EXTRANJEROS RESIDENTES EN LA CIUDAD - DERECHOS - SUBSECRETARÍA DE REFORMA POLÍTICA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS - EMPADRONAMIENTO

Publicación:

17/03/2017

Sanción:

13/03/2017

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 334,

Ministerios N° 5.460 y modificatoria, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el

Expediente Electrónico N° 4.397.351/MGEYADGRPOLYE/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 62

establece que "La Ciudad garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos

inherentes a la ciudadanía, conforme a los principios republicano, democrático y

representativo, según las leyes que reglamenten su ejercicio. (...) Los extranjeros

residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de

condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito, en los

términos que establece la ley";

Que la Ley N° 334, mediante la cual se crea el Registro de Electoras Extranjeras y

Electores Extranjeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su

artículo 2° que los extranjeros y las extranjeras desde los dieciséis (16) años de

edad cumplidos- están habilitados para votar en los actos electorales convocados en

el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa

inscripción voluntaria en el referido Registro y cumpliendo con los requisitos que dicha

Ley establece;

Que la Ley de Ministerios N° 5.460 y su modificatoria, establece entre las

competencias del Ministerio de Gobierno la de entender en el diseño de la reforma

política distrital, en la capacitación y formación de dirigentes y ciudadanos, en la

coordinación de la organización, funcionamiento y financiamiento de procesos e

instituciones políticas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la elaboración y

publicación de informes y documentos sobre el sistema de gobierno y políticas

públicas;

Que el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, establecen entre las responsabilidades

primarias de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, dependiente

de este Ministerio, la de entender en el diseño de estrategias de capacitación y

formación de dirigentes y ciudadanos referidas a asuntos políticos y electorales;

Que asimismo, la citada normativa asigna a la Dirección General Reforma Política y

Electoral, dependiente de la referida Subsecretaría, la de diseñar planes e impulsar

acciones de capacitación y formación de dirigentes y ciudadanos, en asuntos de

reforma política y electoral, así como también diseñar y coordinar los mecanismos de

difusión de dichas reformas y la capacitación de actores sociales intervinientes en los

procesos políticos y electorales;

Que en el marco de las competencias antes mencionadas, la referida Dirección

General realizó un diagnóstico sobre la participación política de los extranjeros en

nuestra Ciudad, a través de una labor de investigación y sondeo previo que

comprendió el análisis de una vasta bibliografía y datos técnicos, así como también

reuniones con actores estratégicos en la materia;

Que el mencionado diagnóstico identificó dos problemáticas centrales en materia de

participación política de migrantes: la baja proporción de extranjeros empadronados en

función del total de la población que cumple con los requisitos que prevé la Ley N° 334

para empadronarse y el bajo nivel de participación de los extranjeros empadronados

en las elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que asimismo, a partir de la investigación realizada se concluyó que uno de los

factores determinantes de la falta de participación de los extranjeros, es el

desconocimiento de los derechos reconocidos por la Ley N ° 334 así como también del

funcionamiento del sistema político de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en ese marco, la Dirección General Reforma Política y Electoral diseñó, desarrolló

e implementó un proyecto institucional denominado "En la Ciudad, Votás" que tiene

como objeto sensibilizar a los extranjeros residentes en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires sobre el ejercicio de sus derechos políticos en el marco de la normativa

vigente, así como también promover su empadronamiento y capacitar sobre sus

derechos y obligaciones a aquellos extranjeros que se encuentren empadronados;

Que en la primera etapa de implementación del proyecto se realizaron actividades de

difusión, capacitación y empadronamiento, con la colaboración de la Facultad de

Derecho de la Universidad de Buenos Aires, alcanzándose a más de diecisiete mil

(17.000) migrantes, lo que redundó en un aumento significativo de la cantidad de

extranjeros empadronados;

Que asimismo se logró articular y coordinar los intereses de distintas organizaciones

de la sociedad civil y organismos gubernamentales tanto locales como nacionales, a

fin de lograr mediante el trabajo conjunto una mayor participación política por parte de

los migrantes residentes en nuestra Ciudad;

Que en este sentido, y a partir de los resultados positivos obtenidos, resulta imperioso

continuar con la implementación de estas acciones en el marco de un Programa que

permita el fortalecimiento de los principios, valores y prácticas democráticas así como

de actitudes de autonomía y responsabilidad para un ejercicio pleno de la ciudadanía,

mediante la inclusión de las distintas comunidades de extranjeros dentro de la vida

política de la Ciudad;

Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente crear el programa "En la Ciudad,

Votás", en la órbita de la Dirección General Reforma Política y Electoral, dependiente

de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del Ministerio de

Gobierno, a efectos de construir un ámbito institucional propicio para capacitar a los

ciudadanos extranjeros en materia cívica, dotándolos de las herramientas necesarias

para desenvolverse adecuadamente en esta materia.

Por ello, en uso de las facultades que lo son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase el Programa "En la Ciudad, Votás", el que funcionará en la órbita

de la Dirección General Reforma Política y Electoral, dependiente de la Subsecretaría

de Reforma Política y Asuntos Legislativos de este Ministerio de Gobierno, a efectos

de promover el ejercicio de los derechos políticos de los extranjeros residentes en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- El Programa creado por el artículo 1° de la presente Resolución, tendrá

los siguientes objetivos:

a) Fortalecer los principios, valores y prácticas democráticas imprescindibles para un

ejercicio pleno de la ciudadanía, mediante la inclusión de las distintas comunidades de

extranjeros dentro de la vida política de la Ciudad.

b) Promover el empadronamiento de aquellos extranjeros que cumplen con los

requisitos establecidos en la Ley N° 334, o la que en un futuro la reemplace a fin de

que se conviertan en ciudadanos activos con posibilidad de elegir a sus

representantes, en forma conjunta entre la Dirección General Reforma Política y

Electoral dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos y

la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas

dependiente de la Subsecretaría de Gobierno.

c) Acompañar institucionalmente, formar y capacitar en materia cívico electoral a las

diferentes organizaciones que tienen contacto directo con miembros de comunidades

extranjeras.

d) Fortalecer la conciencia cívica y capacitar sobre sus derechos y obligaciones a

aquellos extranjeros que se encuentren empadronados en los términos de la normativa

vigente.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General Reforma Política y Electoral

dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos de este

Ministerio de Gobierno la reglamentación del Programa creado por el artículo 1° de la

presente Resolución.

Artículo 4°.- El gasto que demande la implementación del Programa creado por el

artículo 1° de la presente, se imputará a las partidas presupuestarias

correspondientes.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, a la

Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y a la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, todas pertenecientes a este

Ministerio de Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General Reforma Política y Electoral . Cumplido, archívese. Screnci Silva

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1-DGRPOLYE/21 aprueba el Manual de Procedimientos del Programa En la Ciudad, Votás, creado por Resolución 48-MGOBGC/17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 1- DGRPOLYE-19 aprueba el Manual de Procedimientos del Programa En la Ciudad, Votás en el marco del Programa creado por Resolución 48-MGOBGC-17</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1° de la Resolución N° 153/MGOBGC/20 modifica el Art 2 de la Resolución N° 48/MGOBGC/17.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 48-MGOB-17 crea el Programa En la Ciudad, Votás, en el marco de la Ley 334.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición Conjunta 1-DGALE-DGRPOLYE-19 establece la actuación conjunta entre la Dirección General Asuntos Legislativos y la Dirección General Reforma Política y Electoral, en el marco del Programa En la Ciudad, Votás, aprobado por Resolución 48-MGOBGC-17.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 3-DGRPOLYE-18 aprueba el Manual de Procedimientos del Programa En la Ciudad, Votás, creado por Resolución 48-MGOB-17, que integra la Disposición como Anexo l.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 Disposición 2 - DGRPOLYE-17  aprueba el Manual de Procedimientos del Programa En la Ciudad, Votás en el marco del Programa creado por Resolución 48-MGOBGC-17</p>