RESOLUCIÓN 48 2017 MINISTERIO DE GOBIERNO
Síntesis:
CREA PROGRAMA EN LA CIUDAD VOTÁS - MINISTERIO DE GOBIERNO - PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE EXTRANJEROS - ELECCIONES - VOTACIÓN - LEY 334 - ELECTORES EXTRANJEROS RESIDENTES EN LA CIUDAD - DERECHOS - SUBSECRETARÍA DE REFORMA POLÍTICA Y ASUNTOS LEGISLATIVOS - EMPADRONAMIENTO
Publicación:
17/03/2017
Sanción:
13/03/2017
Organismo:
MINISTERIO DE GOBIERNO
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 334,
Ministerios N° 5.460 y modificatoria, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, el
Expediente Electrónico N° 4.397.351/MGEYADGRPOLYE/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 62
establece que "La Ciudad garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos
inherentes a la ciudadanía, conforme a los principios republicano, democrático y
representativo, según las leyes que reglamenten su ejercicio. (...) Los extranjeros
residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de
condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito, en los
términos que establece la ley";
Que la Ley N° 334, mediante la cual se crea el Registro de Electoras Extranjeras y
Electores Extranjeros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su
artículo 2° que los extranjeros y las extranjeras desde los dieciséis (16) años de
edad cumplidos- están habilitados para votar en los actos electorales convocados en
el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previa
inscripción voluntaria en el referido Registro y cumpliendo con los requisitos que dicha
Ley establece;
Que la Ley de Ministerios N° 5.460 y su modificatoria, establece entre las
competencias del Ministerio de Gobierno la de entender en el diseño de la reforma
política distrital, en la capacitación y formación de dirigentes y ciudadanos, en la
coordinación de la organización, funcionamiento y financiamiento de procesos e
instituciones políticas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la elaboración y
publicación de informes y documentos sobre el sistema de gobierno y políticas
públicas;
Que el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, establecen entre las responsabilidades
primarias de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, dependiente
de este Ministerio, la de entender en el diseño de estrategias de capacitación y
formación de dirigentes y ciudadanos referidas a asuntos políticos y electorales;
Que asimismo, la citada normativa asigna a la Dirección General Reforma Política y
Electoral, dependiente de la referida Subsecretaría, la de diseñar planes e impulsar
acciones de capacitación y formación de dirigentes y ciudadanos, en asuntos de
reforma política y electoral, así como también diseñar y coordinar los mecanismos de
difusión de dichas reformas y la capacitación de actores sociales intervinientes en los
procesos políticos y electorales;
Que en el marco de las competencias antes mencionadas, la referida Dirección
General realizó un diagnóstico sobre la participación política de los extranjeros en
nuestra Ciudad, a través de una labor de investigación y sondeo previo que
comprendió el análisis de una vasta bibliografía y datos técnicos, así como también
reuniones con actores estratégicos en la materia;
Que el mencionado diagnóstico identificó dos problemáticas centrales en materia de
participación política de migrantes: la baja proporción de extranjeros empadronados en
función del total de la población que cumple con los requisitos que prevé la Ley N° 334
para empadronarse y el bajo nivel de participación de los extranjeros empadronados
en las elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, a partir de la investigación realizada se concluyó que uno de los
factores determinantes de la falta de participación de los extranjeros, es el
desconocimiento de los derechos reconocidos por la Ley N ° 334 así como también del
funcionamiento del sistema político de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en ese marco, la Dirección General Reforma Política y Electoral diseñó, desarrolló
e implementó un proyecto institucional denominado "En la Ciudad, Votás" que tiene
como objeto sensibilizar a los extranjeros residentes en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires sobre el ejercicio de sus derechos políticos en el marco de la normativa
vigente, así como también promover su empadronamiento y capacitar sobre sus
derechos y obligaciones a aquellos extranjeros que se encuentren empadronados;
Que en la primera etapa de implementación del proyecto se realizaron actividades de
difusión, capacitación y empadronamiento, con la colaboración de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Buenos Aires, alcanzándose a más de diecisiete mil
(17.000) migrantes, lo que redundó en un aumento significativo de la cantidad de
extranjeros empadronados;
Que asimismo se logró articular y coordinar los intereses de distintas organizaciones
de la sociedad civil y organismos gubernamentales tanto locales como nacionales, a
fin de lograr mediante el trabajo conjunto una mayor participación política por parte de
los migrantes residentes en nuestra Ciudad;
Que en este sentido, y a partir de los resultados positivos obtenidos, resulta imperioso
continuar con la implementación de estas acciones en el marco de un Programa que
permita el fortalecimiento de los principios, valores y prácticas democráticas así como
de actitudes de autonomía y responsabilidad para un ejercicio pleno de la ciudadanía,
mediante la inclusión de las distintas comunidades de extranjeros dentro de la vida
política de la Ciudad;
Que en el marco de lo expuesto, resulta conveniente crear el programa "En la Ciudad,
Votás", en la órbita de la Dirección General Reforma Política y Electoral, dependiente
de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos del Ministerio de
Gobierno, a efectos de construir un ámbito institucional propicio para capacitar a los
ciudadanos extranjeros en materia cívica, dotándolos de las herramientas necesarias
para desenvolverse adecuadamente en esta materia.
Por ello, en uso de las facultades que lo son propias,
Artículo 1°.- Créase el Programa "En la Ciudad, Votás", el que funcionará en la órbita
de la Dirección General Reforma Política y Electoral, dependiente de la Subsecretaría
de Reforma Política y Asuntos Legislativos de este Ministerio de Gobierno, a efectos
de promover el ejercicio de los derechos políticos de los extranjeros residentes en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- El Programa creado por el artículo 1° de la presente Resolución, tendrá
los siguientes objetivos:
a) Fortalecer los principios, valores y prácticas democráticas imprescindibles para un
ejercicio pleno de la ciudadanía, mediante la inclusión de las distintas comunidades de
extranjeros dentro de la vida política de la Ciudad.
b) Promover el empadronamiento de aquellos extranjeros que cumplen con los
requisitos establecidos en la Ley N° 334, o la que en un futuro la reemplace a fin de
que se conviertan en ciudadanos activos con posibilidad de elegir a sus
representantes, en forma conjunta entre la Dirección General Reforma Política y
Electoral dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos y
la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
dependiente de la Subsecretaría de Gobierno.
c) Acompañar institucionalmente, formar y capacitar en materia cívico electoral a las
diferentes organizaciones que tienen contacto directo con miembros de comunidades
extranjeras.
d) Fortalecer la conciencia cívica y capacitar sobre sus derechos y obligaciones a
aquellos extranjeros que se encuentren empadronados en los términos de la normativa
vigente.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General Reforma Política y Electoral
dependiente de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos de este
Ministerio de Gobierno la reglamentación del Programa creado por el artículo 1° de la
presente Resolución.
Artículo 4°.- El gasto que demande la implementación del Programa creado por el
artículo 1° de la presente, se imputará a las partidas presupuestarias
correspondientes.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos, a la
Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, todas pertenecientes a este
Ministerio de Gobierno y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Reforma Política y Electoral . Cumplido, archívese. Screnci Silva