RESOLUCIÓN 50 2017 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

APRUEBA CURSO DE CAPACITACIÓN - CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN DE LA CIUDAD - PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA DEL CURSO - FORMACIÓN FÍSICA - MARCO INSTITUCIONAL Y DERECHOS HUMANOS - RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS - ESTATÉGIAS DE COMUNICACIÓN - PREVENCIÓN - PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA SEGURIDAD PÚBLICA - RELACIÓN CON LA COMUNIDAD - PRIMEROS AUXILIOS Y EMERGENCIAS - TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN OPERATIVA - PRÁCTICAS PROFESIONALES  

Publicación:

05/04/2017

Sanción:

03/04/2017

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO:

La Ley N° 5.688, la Nota N° 7726632/SAISSP/17, el Expediente Electrónico N°

7674926/MGEYA/SGISSP/17, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y

funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,

implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos

sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de

la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad

ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos

aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así

como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana

de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y

capacidad;

Que la mentada ley en el artículo 405 establece que la formación y capacitación

general en materia de seguridad pública está destinada a todos aquellos funcionarios y

personal que integran los organismos públicos involucrados en el Sistema Integral de

Seguridad Pública y a los que intervengan en los procesos de elaboración, ejecución y

evaluación de estrategias y políticas públicas en materia de seguridad, como así

también a todos los ciudadanos interesados en formarse en temas de seguridad

pública;

Que a efectos de bregar por la seguridad pública, entendida como la situación de

hecho basada en el derecho en el cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida

y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las

instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establecen la

Constitución Nacional y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley

establece principios rectores para el diseño de políticas públicas en la materia;

Que en dicho contexto, por Nota N° 7012695/SSPDD/17 el Subsecretario de

Prevención del Delito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad, ha solicitado

a esta casa de estudios que se arbitren los medios necesarios para capacitar a los

Agentes de Prevención de la Ciudad;

Que atento a lo requerido, y siendo que es ámbito de competencia de este Instituto

Superior de Seguridad Pública, el Sr. Secretario Académico mediante Nota N°

7726632/SAISSP/17, elevó a consideración la propuesta de realización del "Curso de

Capacitación para el Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad";

Que al esgrimir los fundamentos del mentado Curso, se destaca que entre los

principios rectores mencionados se encuentra la cercanía, a través del conocimiento

de las necesidades de la comunidad, promoviendo la gestión democrática de la

prestación de servicios de seguridad; la participación ciudadana, promoviendo la

integración con la comunidad y la participación con los ciudadanos; y la prevención

desarrollando estrategias y medidas tendientes a reducir las causas generadoras de

conductas ilícitas, coordinando políticas sociales con políticas de seguridad con

especial atención a los grupos poblacionales más vulnerables;

Que bajo estos principios y considerando que la concepción democrática de la

seguridad urbana debe fundarse en la estrategia de prevención como uno de los

pilares fundamentales, atento a que frente a determinadas situaciones potencialmente

peligrosas es conveniente articular la prevención comunitaria a través de la actuación

de los agentes públicos no policiales, en virtud de que está comprobado que la

presencia de los mismos en el espacio urbano actúa como factor disuasivo que

contribuye a reducir la conflictividad, es que se ha ideado desde la Subsecretaría de

Prevención del Delito, el Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad;

Que a la luz de todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente,

a los fines de la aprobación del "Curso de Capacitación para el Cuerpo de Agentes de

Prevención de la Ciudad".

Por ello, en uso de las facultades que son propias,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el "Curso de Capacitación para el Cuerpo de Agentes de

Prevención de la Ciudad", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como

IF-7995712-ISSP-2017, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Secretario de Seguridad, al

Sr. Subsecretario de Prevención del Delito, a la Secretaría Académica y a la

Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese.

De Langhe


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5102

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 50/ISSP/23, deja sin efecto el “Curso de Capacitación para el Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad” aprobado por Resolución N° 50-GCABA-ISSP/17.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 211/ISSP/20 aprueba el “Curso de Capacitación Virtual para Agentes de Prevención de la Ciudad” curso cuya actividad presencial fue aprobado por Resolución N° 50/ISSP/17.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 50-ISSP-17, aprueba el Curso de Capacitación para el Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad, en marco del artículo 405 de la Ley 5688.</p>