DECRETO 1480 1997

Síntesis:

AUTORIZA A LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A RECIBIR PRESTACIONES DE QUIENES TIENEN JUICIOS

Publicación:

23/10/1997

Sanción:

16/10/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Buenos Aires, 16 de octubre de 1997

Visto la Nota N° 148-SSHyF-97 y la situación de los contratistas y proveedores que han iniciado juicios contra la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y/o el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no habiéndose presentado a verificar sus créditos, y

CONSIDERANDO:

Que varias empresas han iniciado juicios para reclamar sus créditos contra la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y/o el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que las mismas no se han presentado en la instancia administrativa prevista en el Decreto N° 225-GCBA-96 (B.O. N° 43),

Que, asimismo, diversas Areas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informaron sobre peticiones de proveedores y/o acreedores que por diversos motivos no pudieron presentarse a verificar sus créditos dentro de los plazos establecidos por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que sería conveniente para los intereses de ambas partes, posibilitar la forma de pago de la deuda que resulte legítima y verificada, así como ponerfin a las cuestiones judiciales pendientes en la materia;

Que podrían evitarse juicios innecesarios cuando de las propias actuaciones administrativas sudan con claridad la procedencia y legitimidad de los créditos;

Que condice con el espíritu del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el mantener una relación de armonía con sus contratistas y proveedores, actuando como colaboradores de la función administrativa, considerando que mal se podría trabajar a gusto en la realización del Sien Común, cuando se mantiene una relación lítigíosa con los administrados,;

Que la sanción del Decreto N° 225-GCBA-96 ha posibilitado, con sujeción a su procedimento, determinar fehacientemente la existencia y legitimidad de la deuda pública de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la sanción del referido decreto fue recibida con satisfacción por parte de proveedores y contratistas, constituyéndose en una eficaz herramienta para los fines mencionados en el párrafo anterior;

Que ha sido positivo tanto para Administración como para los acreedores el tratamiento de los créditos insinuados.

Que se ha llegado en la mayoría de los casos a acuerdos cancelarios que contemplan adecuadamente los intereses de ambas partes;

Que ha tomado la intervención que le compete que le compete la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y teniendo en cuenta las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Autorízase a la "Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires" a recibir presentaciones en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, durante treinta (30) días hábiles a contar desde la fecha de publicación del presente decreto, de quienes tengan juicios promovidos al 30 de setiembre de 1997 contra la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y/o el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como así también de aquellos proveedores que no hallan podido presentarse en los plazos previstos originariamente por la mencionada norma, imprimiendo a esas presentaciones el trámite previsto en el referido decreto.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas,

Art. 3° - Regístrese, publíquese el el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás efectos, a las Direcciones Generales de Tesorería General, Contaduría General y a la Procuración General.