ORDENANZA 44781 1990
Síntesis:
APRUEBA LA PARTICIPACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES COMO SOCIO FUNDADOR EN LA EMPRESA UBATEC SA
Publicación:
15/02/1991
Sanción:
20/12/1990
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
28/12/1990
Artículo 1° - Apruébase la participación, en carácter de socio fundador, de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en la empresa UBATEC S.A. juntamente con la Universidad de Buenos Aires, la Unión Industrial Argentina y la Confederación General de la Industria, de acuerdo con el Estatuto que se agrega como Anexo de la presente ordenanza.
Art. 2° - Encomiéndese a la Subsecretaría de Producción, dependiente de la Secretaría de Planeamiento la negociación de las condiciones de participación de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en UBATEC S.A. así como la designación de los representantes de la misma en su Directorio, que deberán contar con acuerdo previo de este Honorable Concejo Deliberante.
Art. 3° - Los aportes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en la integración del capital accionarlo de UBATEC S.A., para lo que se autoriza un monto máximo de australes ciento cincuenta millones (Au$ 150.000.000), se imputarán a la partida presupuestaria 15, 15, 8.10, correspondiente a la Dirección Area de Tecnología, dependiente de la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 4° - Los representantes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires ante la Empresa de Tecnología UBATEC S.A., deberán elevar a consideración del Honorable Concejo Deliberante, el programa anual de actividades y tareas a desarrollar como así también el cumplimiento de las mismas.
Art. 5° - Comuníquese, etcétera.