RESOLUCIÓN 1076 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE ESTABLECE VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - SALARIOS - RETRIBUCIONES - POLICÍA DE LA CIUDAD - MONOPOL - SUPLEMENTOS SALARIALES - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - AGENTES - ESTADO POLICIAL - ESTADO NO POLICIAL
Publicación:
18/05/2017
Sanción:
12/05/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Decreto N° 47/17, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante
Resolución N° 298/LCBA/15, la Resolución Conjunta N° 140/MHGC-MJYSGC/17, y el
Expediente Electrónico 2017-10914605-MGEYA-DGALS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en
materias no federales en el ámbito territorial local;
Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el
personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía
Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado
del escalafón policial se determine como un porcentaje del sueldo básico del Jefe de la
Policía, y que este último se fije en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se estableció que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que en el artículo 3° del citado Decreto se faculta a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y de Hacienda, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos
Retributivos referidos;
Que, en tal sentido, mediante Resolución N° 140/MHGC-MJYSGC/17, se
establecieron, a partir del 1° de enero de 2017, los valores del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL),
ambos creados por el artículo 2° del Decreto N° 47/17;
Que corresponde adecuar el valor de los Módulos Retributivos MOPOL y MONOPOL,
estableciendo un primer ajuste de 10% de su valor aplicable desde mes de abril de
2017 inclusive, sin perjuicio de los posteriores aumentos que se determinen durante el
año a efectos de completar la pauta de incremento salarial que se establezca para el
ejercicio en curso;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de abril de 2017, el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de ONCE
PESOS CON 3161/10000 ($ 11,3161).
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de abril de 2017, el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de CATORCE PESOS CON 1619/10000 ($ 14,1619).
Artículo 3°.- Los suplementos establecidos en los artículos 33 inciso b), 34, 35 inciso
a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 se ajustan en la misma proporción que el salario
básico. A estos efectos, increméntase dichos suplementos en un diez por ciento (10%)
a partir del 1 de abril de 2017.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la
Secretaría de Seguridad, a la Subsecretaría Administración de Seguridad, a la
Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio
de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad. Cumplido,
archívese. Ocampo - Mura