RESOLUCIÓN 140 2017 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
ESTABLECE VALORES - MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTO POR SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA - PRESENTISMO - SUELDO BÁSICO - DISTINTOS NIVELES - ESTRUCTURA SALARIAL - POLICIA DE LA CIUDAD - MINISTERIOS JUSTICIA Y SEGURIDAD - HACIENDA
Publicación:
01/02/2017
Sanción:
27/01/2017
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Decreto N° 47/17, el Convenio N° 1/16 aprobado mediante
Resolución N° 298/LCBA/15, el Expediente N° EX-2017-01975105-DGARHS-2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en
materias no federales en el ámbito territorial local;
Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el
personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía
Metropolitana integran aquélla a partir del 1 de enero de 2017;
Que el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17, disponiendo que el sueldo básico correspondiente a cada grado
del escalafón policial se determine como un porcentaje del sueldo básico del Jefe de la
Policía, y que este último se fije en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se estableció que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que en el artículo 3 del citado Decreto se faculta a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y de Hacienda, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos
Retributivos referidos;
Que por otra parte, en el Anexo I del Decreto N° 47/17 se crean diversos suplementos
que integran la estructura salarial de la Policía de la Ciudad;
Que en el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 se estableció el Suplemento por
Servicio en la Vía Pública, de carácter no remunerativo y no bonificable, que es
percibido por todo el personal policial que preste servicio ordinario en vía pública,
cumpliendo tareas propias y especificas policiales;
Que en el tercer párrafo del artículo 17 del Anexo citado se dispone que el monto del
suplemento por servicio en la vía pública es establecido por resolución conjunta de los
Ministros de Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 se establece el suplemento por
presentismo, de carácter no remunerativo y no bonificable, percibido por el personal
que cumpla con la totalidad de los días de servicio que debe prestar en el mes, y se
dispone que el monto de este suplemento sea establecido por resolución conjunta de
los Ministros de Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17,
Artículo 1.- Establecer a partir del 1 de enero de 2017 el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de DIEZ
PESOS CON 2873/10000 ($ 10,2873).
Artículo 2.- Establecer a partir del 1 de enero de 2017 el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de DOCE PESOS CON 8744/10000 ($ 12,8744).
Artículo 3.- Establecer a partir del 1 de enero de 2017 el valor del Suplemento por
Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en
la suma fija de PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700.-).
Artículo 4.- Establecer a partir del 1 de enero de 2017 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-).
Artículo 5.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a la
Secretaría de Seguridad, a la Subsecretaría Administración de Seguridad, a la
Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio
de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad. Ocampo - Mura