RESOLUCIÓN 858 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - VALOR - MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - PERSONAL NO POLICIAL  - MONOPOL - SE ESTABLECE SUPLEMENTOS - SE OTORGA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA NO REMUNERATIVA Y NO BONIFICABLE - POLICÍA DE LA CIUDAD - PERSONAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - PERSONAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

03/01/2022

Sanción:

28/12/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y N° 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°

6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta Nro.

82/MHFGC/21 y sus modificatorias, y el Expediente Electrónico 37201520-GCABA-

DGCOMP/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la Ley

de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la

creación de la Policía de la Ciudad;

Que, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico

correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje

del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que, en la misma normativa se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que, en el artículo 3° del citado Decreto, se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos

referidos;

Que, mediante la Resolución de Firma Conjunta Nro. 82/MHFGC/21 y sus

modificatorias, se estableció la pauta de incremento salarial correspondiente al año

2021 para el personal de la Policía de la Ciudad, fijándose los valores del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial

(MONOPOL), ambos creados por el artículo 2° del Decreto N° 47/17;

Que, resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos Retributivos citados

a partir del 1° de diciembre del corriente año;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente;

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (Texto

consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de diciembre de 2021, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS TREINTA Y SEIS CON 7598/10000 ($ 36,7598).

Artículo 2°.- Establecer, a partir del 1° de diciembre de 2021, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS CON 0046/10000

($ 46,0046).

Artículo 3°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los

artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de diciembre del 2021.

Artículo 4°.- Otórgase una bonificación extraordinaria no remunerativa y no bonificable

de PESOS OCHO MIL ($ 8.000), la cual se abonará durante el mes de enero de 2022,

a. El personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, que revista en servicio

efectivo al 1° de enero de 2022;

b. El personal sin estado policial de la Policía de la Ciudad, que no se encuentre con

suspensión preventiva conforme los términos del Decreto N° 53/17;

c. El personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, que revista en servicio efectivo al

1° de enero de 2022;

d. El personal del Instituto Superior de Seguridad Pública que revista en el Escalafón

General aprobado por el artículo 2° de la Resolución N° 6/ISSP/2017.

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría

de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia

y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.

D'Alessandro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art.3 de la Resolución Conjunta 858-MHFGC/MJYSGC-21, establece que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto 47/2017 y sus modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de diciembre del 2021.</p>
MODIFICA
<p>La presente norma establece valores para el incremento salarial complementando la Resolución de Firma Conjunta   82/MHFGC/21.</p>
MODIFICA
<p>Arts.1 y 2 de la Resolución Conjunta 858-MHFGC/MJYSGC-21, establece, a partir del 1° de diciembre de 2021, el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y el valor del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL)  respectivamente. Creado por Resolucion Conjunta 140-MHFGC/MJYSGC<strong>-</strong>17.</p>