RESOLUCIÓN 388 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA 256-MHFGC-22 - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

19/09/2022

Sanción:

15/09/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°

6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, las Resoluciones de firma conjunta

Nros. 146/MHFGC/22 y 256/MHFGC/22 y el Expediente Electrónico N° 32010300-

GCABA-DGCOMP/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en Visto tramita la actualización del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL);

Que mediante la Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la

Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la

creación de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que por otro lado, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de

la Ciudad en el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo

básico correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un

porcentaje del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que, en la misma normativa, se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento del personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial (MONOPOL);

Que en el artículo 3° del citado Decreto, facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos

referidos;

Que mediante el artículo 6° del Anexo I de dicho Decreto, se fijaron los suplementos

para el personal con estado policial;

Que por medio de las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 146-MHFGC/22 y 256-

MHFGC/22 se establecieron las actualizaciones de los módulos retributivos y de los

suplementos citados en el artículo 6° del Anexo I del Decreto 47/2017 correspondiente

al año 2022;

Que asimismo, por artículos 16 y 18 del mencionado Anexo, se definieron los

suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de

carácter no remunerativo y no bonificable;

Que por su parte, los artículos 17 y 18 del mismo Anexo determinaron que el monto de

los suplementos en cuestión es establecido por resolución conjunta de los Ministros de

Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución de Firma Conjunta N° 256-MHFGC/22, se estableció la última

actualización de los suplementos citados, considerándose oportuno la actualización

del valor de los mismos;

Que consecuentemente, resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos

Retributivos citados a partir del 1° de Septiembre del corriente año;

Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (texto

consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 9° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 9°.-

Establecer, a partir del 1° de Septiembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

CINCUENTA Y SEIS CON 4872/10000 ($ 56,4872)".

Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 10° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 10°.-

Establecer, a partir del 1° de Septiembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para

el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en

la suma de PESOS SETENTA CON 6933/10000 ($ 70,6933)".

Artículo 3°.- Modifíquese el artículo 11° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 11°.-

Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial

(MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

SESENTA Y UNO CON 9438/10000 ($ 61,9438)".

Artículo 4°.- Modifíquese el artículo 12° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 12°.-

Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el

Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la

suma de PESOS SETENTA Y SIETE CON 5221/10000 ($ 77,5221)".

Artículo 5°.- Modifíquese el artículo 13° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 13°.-

Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

SESENTA Y CINCO CON 3016/10000 ($ 65,3016)".

Artículo 6°.- Modifíquese el artículo 14° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 14°.-

Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para

el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en

la suma de PESOS OCHENTA Y UNO CON 7245/10000 ($ 81,7245)".

Artículo 7°.- Modifíquese el artículo 15° de la Resolución de firma conjunta N° 256-

MHFGC/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 15°.-

Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33

inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se

ajustan en la misma proporción y cronograma que los módulos retributivos indicados

en los artículos del artículo 9 al 14 de la presente".

Artículo 8°.- Establecer a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento

por Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N°

47/17 en la suma fija de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON

72/100 ($ 11.430,72.-).

Artículo 9°.- Establecer a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento

por Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma

fija de PESOS CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON 40/100 ($ 5.174,40.-).

Artículo 10°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 11°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría

de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia

y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.

D'Alessandro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 5° de la Resolución N° 553/MHFGC/MJYSGC/22 modifica el artículo 8° de la Resolución conjunta N° 388/MHFGC/2022.</p><p>Artículo 7° modifica el artículo 9°.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 11 de la Resolución N° 469/MHFGC/22 sustituye el Art. 8 de la Resolución N° 388/MHFGC/22. </p><p>Art. 12 sustituye el Art. 9.</p>
MODIFICA
<p>Resolución 388-MHFGC- MJYSGC/22 modifica los valores de los módulos Mopol y Monopol, establecidos por Resolución 140-MHGC-MJYSGC/ /17.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 388/MHFGC/MJSGC/22 sustituye el Art. 9 de la Resolución 256//MHFGC/MJSGC/22. </p><p>Art. 2 sustituye el Art. 10.</p><p>Art. 3 sutituye el Art. 11</p><p>Art. 4 sustituye el Art. 12</p><p>Art. 5 sustiuye el Art. 13</p><p>Art. 6 sustituye el Art. 14</p><p>Art. 7 sustituye el Art. 15</p><p>Art. 8 establece a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Servicio en la Vía Pública.<br />Art. 9 establece a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Presentismo.</p>