RESOLUCIÓN 469 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE MODIFICA - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA - 256-MHFGC/22 -
Publicación:
27/10/2022
Sanción:
24/10/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y N° 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°
6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico N° EX-
2022-36265683-GCABA-DGCOMP, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la
creación de la Policía de la Ciudad;
Que, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico
correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje
del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos
Retributivos Policiales (MOPOL);
Que, en la misma normativa se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que, en el artículo 3° del citado Decreto, se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de
Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos
referidos;
Que en el artículo 6° del Anexo I de la normativa citada, se establecieron los
suplementos para el personal con estado policial; Que por medio de la Resolución de
Firma Conjunta N° 146/MHFGC/2022 y Resolución de Firma Conjunta N°
388/MHFGC/2022 se estableció las actualizaciones de los módulos retributivos y de
los suplementos citados en el artículo 6° del Anexo I Decreto 47/2017 correspondiente
al año 2022;
Que, asimismo, por artículos 16 y 18, se definieron los suplementos por Servicio en la
Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de carácter no remunerativo y no
bonificable;
Que en los artículos 17 y 18 del Anexo referenciado se determinó que el monto de los
suplementos en cuestión es establecido por resolución conjunta de los Ministros de
Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución de Firma Conjunta N° 388/MHFGC/2022, se estableció la última
actualización de los suplementos citados, modificando la Resolución de Firma
Conjunta N° 256/MHFGC/2022, considerándose oportuno la actualización del valor de
los mismos;
Que, asimismo, resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos
Retributivos citados a partir del 1° de Octubre del corriente año;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (Texto
consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 11° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC/2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 11°.-
Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial
(MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS
SESENTA Y CUATRO CON 0424/10000 ($ 64,0424)".
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 12° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC/2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 12°.-
Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el
Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la
suma de PESOS OCHENTA CON 1486/10000 ($ 80,1486)".
Artículo 3°.- Modifíquese el artículo 13° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC /2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 13°.-
Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS
SETENTA CON 3384/10000 ($ 70,3384)".
Artículo 4°.- Modifíquese el artículo 14° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC /2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 14°.-
Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para
el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en
la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO CON 0280/10000 ($ 88,0280)".
Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de Diciembre de 2022, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS SETENTA Y DOS CON 4371/10000 ($ 72,4371)".
Artículo 6°.- Establecer, a partir del 1° de Diciembre de 2022, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS NOVENTA CON 6545/10000 ($ 90,6545)".
Artículo 7°.- Modifíquese el artículo 15° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC /2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 15°.-
Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33
inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se
ajustan en la misma proporción y cronograma que los módulos retributivos indicados
en los artículos del 1 al 14 de la presente".
Artículo 8°.-Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,
15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus
modificatorios se ajustan en la misma proporción y cronograma que los módulos
retributivos indicados en los artículos 5 y 6 de la presente.
Artículo 9°.- Establecer a partir del 1° de Octubre de 2022 el valor del Suplemento por
Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en
la suma fija de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS/00 ($ 11.226,00.-).
Artículo 10°.- Establecer a partir del 1° de Octubre de 2022 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS CINCO MIL OCHENTA Y DOS /00 ($ 5.082,00.-).
Artículo 11°.-Modifíquese el artículo 8° de la Resolución de firma conjunta 388/MHFGC
/2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 8°.- Establecer a
partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Servicio en la Vía
Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija de
PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE/00 ($ 12.247,00.-)."
Artículo 12°.-Modifíquese el artículo 9° de la Resolución de firma conjunta
388/MHFGC/2022, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 9°.-
Establecer a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO /00 ($ 5.544,00.-)."
Artículo 13°.- Establecer a partir del 1° de Diciembre de 2022 el valor del Suplemento
por Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N°
47/17 en la suma fija de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE/00 ($
12.587,00.-).
Artículo 14°.- Establecer a partir del 1° de Diciembre de 2022 el valor del Suplemento
por Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma
fija de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO/00 ($ 5.698,00.-).
Artículo 15°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 16°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría
de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia
y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.
D'Alessandro - Mura