RESOLUCIÓN 553 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIONES CONJUNTAS 256/MHFGC/2022 - 469/MHFGC/2022 - 388/MHFGC/2022 - ESTABLECE VALOR - MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - MODULO RETRIBUTIVO PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTO POR SERVICIO EN LA VIA PUBLICA - SUPLEMENTO POR PRESENTISMO - ESCALAFÓN POLICIAL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Y DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
15/12/2022
Sanción:
12/12/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°
6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, la Resolución N° 677/MJGGC/22 y el
Expediente Electrónico N° EX-2022-41655157-GCABA-DGCOMP, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la
creación de la Policía de la Ciudad;
Que, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en
el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico
correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje
del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos
Retributivos Policiales (MOPOL);
Que, en la misma normativa se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que, en el artículo 3° del citado Decreto, se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de
Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos
referidos;
Que en el artículo 6° del Anexo I de la normativa citada, se establecieron los
suplementos para el personal con estado policial;
Que por medio de las Resoluciones de Firma Conjunta Nros. 146/MHFGC/2022,
256/MHFGC/2022, 388/MHFGC/2022 y 469/MHFGC/2022 se establecieron las
actualizaciones de los módulos retributivos y de los suplementos citados en el artículo
6° del Anexo I Decreto 47/2017 correspondiente al año 2022;
Que, asimismo, por artículos 16 y 18 del Anexo I Decreto 47/2017, se definieron los
suplementos por Servicio en la Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de
carácter no remunerativo y no bonificable;
Que en los artículos 17 y 18 del Anexo referenciado se determinó que el monto de los
suplementos en cuestión es establecido por resolución conjunta de los Ministros de
Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución de Firma Conjunta N° 469/MHFGC/2022, se estableció la última
actualización de los suplementos citados, considerándose oportuno la actualización
del valor de los mismos a partir del 1° de Noviembre del corriente año;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Que por Resolución N° 677/MJGGC/22 se encomendó al Sr. en el señor Jefe de
Gabinete de Ministros la atención de los asuntos y firma del despacho del Ministro de
Hacienda y Finanzas, durante los días 28 de noviembre al 11 de diciembre de 2022,
ambas fechas inclusive, atento a la ausencia transitoria en sus funciones.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°
47/17 y sus modificatorios, y la Resolución N° 677/MJGGC/22,
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 13° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"Artículo 13°.- Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS SETENTA Y DOS CON 4371/10000 ($ 72,4371)".
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 14° de la Resolución de firma conjunta
256/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 14°.-
Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para
el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en
la suma de PESOS NOVENTA CON 6545/10000 ($ 90,6545)".
Artículo 3°.- Modifíquese el artículo 5° de la Resolución de firma conjunta
469/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 5°.-
Establecer, a partir del 1° de Diciembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS
SETENTA Y SIETE CON 4739/10000 ($ 77,4739)".
Artículo 4°.- Modifíquese el artículo 6° de la Resolución de firma conjunta
469/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 6°.-
Establecer, a partir del 1° de Diciembre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el
Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la
suma de PESOS NOVENTA Y SEIS CON 9580/10000 ($ 96, 9580)".
Artículo 5°.- Modifíquese el artículo 8° de la Resolución de firma conjunta
388/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 8°.-
Establecer a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Servicio
en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma
fija de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE /00 ($ 12.587,00.-)."
Artículo 6°.- Modifíquese el artículo 13° de la Resolución de firma conjunta
469/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 13°.-
Establecer a partir del 1° de Diciembre de 2022 el valor del Suplemento por Servicio
en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma
fija de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 00/00 ($ 13.404,00.-)."
Artículo 7°.- Modifíquese el artículo 9° de la Resolución de firma conjunta
388/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 9°.-
Establecer a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO 00/00 ($ 5.698,00.-)."
Artículo 8°.- Modifíquese el artículo 14° de la Resolución de firma conjunta
469/MHFGC/2022 el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Artículo 14°.-
Establecer a partir del 1° de Diciembre de 2022 el valor del Suplemento por
Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija
de PESOS SEIS MIL SESENTA Y OCHO 00/00 ($ 6.068,00.-)."
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría
de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia
y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.
D'Alessandro - Mura