RESOLUCIÓN 256 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL -MONOPOL - SUPLEMENTOS - PRESENTISMO - SERVICIO EN LA VÍA PÚBLICA - MINISTERIOS - JUSTICIA Y SEGURIDAD - HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

13/06/2022

Sanción:

09/06/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 15 de diciembre del 2022.
 

VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y N° 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°

6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° EX-

2022-19856481-GCABA-DGCOMP, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la Ley

de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la

creación de la Policía de la Ciudad;

Que, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico

correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje

del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que, en la misma normativa se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que, en el artículo 3° del citado Decreto, se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos

referidos;

Que en el artículo 6° del Anexo I de la normativa citada, se establecieron los

suplementos para el personal con estado policial;

Que por medio de la Resolución de Firma Conjunta N° 146/MHFGC/2022 se

estableció las actualizaciones de los módulos retributivos y de los suplementos citados

en el artículo 6° del Anexo I Decreto 47/2017 correspondiente al año 2022;

Que, asimismo, por artículos 16 y 18, se definieron los suplementos por Servicio en la

Vía Pública y Presentismo, respectivamente, ambos de carácter no remunerativo y no

bonificable;

Que en los artículos 17 y 18 del Anexo referenciado se determinó que el monto de los

suplementos en cuestión es establecido por resolución conjunta de los Ministros de

Justicia y Seguridad y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución de Firma Conjunta N° 482/MHFGC/2021, se estableció la última

actualización de los suplementos citados, considerándose oportuno la actualización

del valor de los mismos;

Que, asimismo, resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos

Retributivos citados a partir del 1° de Mayo del corriente año;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (Texto

consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de Mayo de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CUARENTA Y CINCO CON 5742/10000 ($ 45,5742).

Artículo 2°.- Establecer, a partir del 1° de Mayo de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE CON 0357/10000

($ 57,0357).

Artículo 3°.- Establecer, a partir del 1° de Junio de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CUARENTA Y SIETE CON 6729/10000 ($ 47,6729).

Artículo 4°.- Establecer, a partir del 1° de Junio de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CON 6622/10000

($ 59,6622).

Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

CINCUENTA CON 1913/10000 ($ 50,1913).

Artículo 6°.- Establecer, a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo

para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°

47/17 en la suma de PESOS SESENTA Y DOS CON 8140/10000 ($ 62,8140).

Artículo 7°.- Establecer, a partir del 1° de Agosto de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CINCUENTA Y DOS CON 2899/10000 ($ 52,2899).

Artículo 8°.- Establecer, a partir del 1° de Agosto de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SESENTA Y CINCO CON 4404/10000

($ 65,4404).

Artículo 9°.- Establecer, a partir del 1° de Septiembre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CINCUENTA Y CUATRO CON 3886/10000 ($ 54,3886).

Artículo 10°.- Establecer, a partir del 1° de Septiembre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO CON 0669/10000

($ 68,0669).

Artículo 11°.- Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CINCUENTA Y OCHO CON 5859/10000 ($ 58,5859).

Artículo 12°.- Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SETENTA Y TRES CON 3198/10000

($ 73,3198).

Artículo 13°.- Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS SESENTA Y UNO CON 9438/10000 ($ 61,9438).

Artículo 14°.- Establecer, a partir del 1° de Noviembre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SETENTA Y SIETE CON 5222/10000

($ 77,5222).

Artículo 15°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción y cronograma que el salario básico

indicado en los artículos del 1 al 14 de la presente.

Artículo 16°.- Establecer a partir del 1° de Mayo de 2022 el valor del Suplemento por

Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en

la suma fija de PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 8.845.-).

Artículo 17°.- Establecer a partir del 1° de Mayo de 2022 el valor del Suplemento por

Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma fija

de PESOS CUATRO MIL CUATRO ($ 4.004.-).

Artículo 18°.- Establecer a partir del 1° de Septiembre de 2022 el valor del Suplemento

por Servicio en la Vía Pública creado por el artículo 16 del Anexo I del Decreto N°

47/17 en la suma fija de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($

10.886.-).

Artículo 19°.- Establecer a partir del 1° de Septiembre de 2022 el valor del Suplemento

por Presentismo creado por el artículo 18 del Anexo I del Decreto N° 47/17 en la suma

fija de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO ($ 4.928.-).

Artículo 20°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 21°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría

de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia

y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.

D'Alessandro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° Resolucion N° 256-MHFGC...-22 establece a partir del 1° de Mayo de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial -MOPOL- creado por el artículo 2° del Decreto N° 47-17 <br /> </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 553/MHFGC/MJYSGC/22 modifica el artículo 13 de la Resolución conjunta N° 256/MHFGC/2022.</p><p>Artículo 2° modifica el artículo 14.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 469/MHFGC/22 sustituye el Art. 11 de la Resolución N° 256/MHFGC/22. </p><p>Art. 2 sustituye el Art. 12</p><p>Art. 3 sustituye el Art. 13</p><p>Art. 4 sustituye el Art. 14</p><p>Art. 7 sustituye el Art. 15</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 388/MHFGC/MJSGC/22 sustituye el Art. 9 de la Resolución 256//MHFGC/MJSGC/22. </p><p>Art. 2 sustituye el Art. 10.</p><p>Art. 3 sutituye el Art. 11</p><p>Art. 4 sustituye el Art. 12</p><p>Art. 5 sustiuye el Art. 13</p><p>Art. 6 sustituye el Art. 14</p><p>Art. 7 sustituye el Art. 15</p><p>Art. 8 establece a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Servicio en la Vía Pública.<br />Art. 9 establece a partir del 1° de Noviembre de 2022 el valor del Suplemento por Presentismo.</p>