DISPOSICIÓN 17 2017 DIRECCION GENERAL TRATAMIENTO Y NUEVAS TECNOLOGIAS
Síntesis:
SE SUSTITUYE EL ANEXO I DE LA DISPOSICIÓN N° 12-DGTNT/16 - PROTOCOLO PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS ÁRIDOS, RESTOS DE OBRA Y CONSTRUCCIÓN
Publicación:
12/06/2017
Sanción:
06/06/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL TRATAMIENTO Y NUEVAS TECNOLOGIAS
Estado:
No vigente
VISTO:
la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503 (conforme textos consolidados por Ley
N° 5.666), los Decretos N° 363/GCABA/2015 y su modificatorios, N° 81/GCABA/2016
y N° 329/GCABA/16, la Resolución N° 764/MAYEPGC/17, la Disposición N°
12/DGTNT/2016, la Ordenanza N°38940/MCBA/83, el Expediente N° EX-2017-
12860950-MGEYA-DGTNT y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503 (conforme textos consolidados
por Ley N° 5.666) su Artículo 2 contempla entre los Ministerios, al Ministerio de
Ambiente y Espacio Público;
Que asimismo la mentada ley en su Art. 25 inc. 10 establece las facultades y
responsabilidades de este Ministerio entre las que se encuentran las de "entender en
el mantenimiento y conservación de los bienes afectados al dominio público y privado
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "regular y controlar los servicios de higiene
urbana y el tratamiento, recuperación y disposición de los residuos", entre otras;
Que por Decreto N° 363/GCABA/15 y su modificatorio Decreto N° 675/GCABA/16 se
aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comprendiendo dentro del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público a la Dirección General Tratamiento y Nuevas Tecnologías,
dependiente de la Subsecretaría Higiene Urbana;
Que en el Decreto citado en el párrafo anterior se incluyó entre las competencias de la
mentada Dirección General la de "formular e implementar la planificación y el control
del tratamiento de residuos sólidos urbanos húmedos y secos en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante Decreto N° 329/GCABA/16 se modificó la estructura organizativa del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en lo referente al Régimen Gerencial,
facultando a la Gerencia Operativa Residuos Sólidos Urbanos de la Dirección General
Tratamiento y Nuevas Tecnologías a "administrar el Registro de Transportadoras de
Materiales Áridos y afines";
Que a través del Decreto N° 81/GCABA/16 se designó al Ing. Pablo Andrés Rodriguez,
DNI N° 29.246.587, CUIL 20-29246587-5, como Director General de la Dirección
General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías de la Subsecretaría de Higiene Urbana
dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante Resolución N° 764/MAYEPGC/17 se facultó a la Dirección General
Tratamiento y Nuevas Tecnologías a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas que fueren necesarias para el funcionamiento del "Registro de
Transportadoras de Materiales Áridos";
Que, en este orden de ideas, por Disposición N° 12/DGTNT/2016 se aprobó el
"Protocolo para el correcto funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Residuos
Áridos, Restos de Obra y Construcción";
Que corresponde informar que ingresan a la mentada Planta, en promedio, unos
seiscientos (600) volquetes por día, a través de las Transportadoras de Materiales
Áridos, que realizan la descarga de residuos áridos generados por demoliciones y
refacciones de obras realizadas dentro de la Ciudad;
Que, producto de los expuesto, resulta adecuado modificar el Anexo I de la
Disposición N° 12/DGTNT/2016 a los fines de actualizar el mentado Protocolo en lo
que refiere a las exigencias para el control de las Transportadoras de Materiales
Áridos y Afines dentro de la Planta en cuestión;
Que ello se sustenta en la necesidad de gestionar las medidas pertinentes para
garantizar que no existan situaciones de irregularidades que interfieran en el desarrollo
de las actividades al interior de la Planta;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 81/GCABA/2016,
Art. 1°.- Sustitúyase el Anexo I de la Disposición N° 12/DGTNT/2016 por el texto que
se detalla en el Anexo I (IF-2017-12872317-DGTNT), que forma parte integrante de la
presente.
Art. 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a
la Subsecretaría de Higiene Urbana y remítase a la Dirección General de Tratamiento
y Nuevas Tecnologías. Cumplido, archívese. Rodríguez