RESOLUCIÓN 2 2017 SUBSECRETARÍA DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO OPERATIVO - CENTRALIZA RECEPCIÓN DE LAS ACTAS DE INTIMACIÓN Y CONSTATACIÓN - ABANDONO DE VEHÍCULOS - VÍA PÚBLICA - AUTOMOTORES - AUTOS - INSPECTORES DE LAS COMUNAS - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - SISTEMA DE GESTIÓN INTERNA SAP - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA - EFECTUA CONSULTA AL REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR - TITULARIDAD DOMINIAL - SUBSECRETARIA DE DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANIA - SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Publicación:
16/06/2017
Sanción:
12/06/2017
Organismo:
SUBSECRETARÍA DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA
VISTO:
La Ley N° 342 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 198/AJG/17, el
Expediente N° EX-2017-13245193- -MGEYA-SSDCCYC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 342 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) creó el régimen aplicable a
los vehículos abandonados en la vía pública;
Que, el artículo 1° de la precitada Ley, declaró el peligro para la salud, la seguridad
pública y el medio ambiente que implican dichos vehículos;
Que, por Decreto N° 198/17, se reglamentó la mencionada Ley, atribuyendo
competencias a la Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Subsecretaría de Seguridad
Ciudadana de la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad o a los
organismos que en un futuro los reemplacen;
Que el artículo 3° del mentado Decreto facultó a los organismos citados
precedentemente a "...dictar en forma conjunta las normas complementarias y
operativas que sirvan al cumplimiento del objeto del presente";
Que por lo expuesto, resulta oportuno establecer en forma conjunta parte del
procedimiento operativo a implementarse;
Que, por ello, y en virtud de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento operativo establecido en el Anexo (IF-2017-
13696470-SSDCCYC), el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana de la
Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, a la Secretaría de
Descentralización, ambas de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección
General de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente
de la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y Segura del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Sassano - Carrillo
ANEXOS