RESOLUCIÓN 2 2017 SUBSECRETARÍA DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTO OPERATIVO - CENTRALIZA RECEPCIÓN DE LAS ACTAS DE INTIMACIÓN Y CONSTATACIÓN - ABANDONO DE VEHÍCULOS - VÍA PÚBLICA -  AUTOMOTORES - AUTOS - INSPECTORES DE LAS COMUNAS - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - SISTEMA DE GESTIÓN INTERNA SAP - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DE CALIDAD Y DEMANDA CIUDADANA - EFECTUA CONSULTA AL REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR - TITULARIDAD DOMINIAL - SUBSECRETARIA DE DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANIA - SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA

Publicación:

16/06/2017

Sanción:

12/06/2017

Organismo:

SUBSECRETARÍA DEMANDA CIUDADANA CALIDAD Y CERCANÍA


VISTO:

La Ley N° 342 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 198/AJG/17, el

Expediente N° EX-2017-13245193- -MGEYA-SSDCCYC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 342 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) creó el régimen aplicable a

los vehículos abandonados en la vía pública;

Que, el artículo 1° de la precitada Ley, declaró el peligro para la salud, la seguridad

pública y el medio ambiente que implican dichos vehículos;

Que, por Decreto N° 198/17, se reglamentó la mencionada Ley, atribuyendo

competencias a la Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía

dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Subsecretaría de Seguridad

Ciudadana de la Secretaria de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad o a los

organismos que en un futuro los reemplacen;

Que el artículo 3° del mentado Decreto facultó a los organismos citados

precedentemente a "...dictar en forma conjunta las normas complementarias y

operativas que sirvan al cumplimiento del objeto del presente";

Que por lo expuesto, resulta oportuno establecer en forma conjunta parte del

procedimiento operativo a implementarse;

Que, por ello, y en virtud de las facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO

DE DEMANDA CIUDADANA, CALIDAD Y CERCANIA Y

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento operativo establecido en el Anexo (IF-2017-

13696470-SSDCCYC), el cual forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana de la

Subsecretaría de Demanda Ciudadana, Calidad y Cercanía, a la Secretaría de

Descentralización, ambas de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Dirección

General de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial dependiente

de la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y Segura del Ministerio de Desarrollo

Urbano y Transporte. Cumplido, archívese. Sassano - Carrillo


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5150

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 del Anexo I de la Resolución 2-SSDCCYC-17 establece que en caso de que no resultare posible notificar en forma efectiva, la Dirección General Gestión de Calidad y Demanda Ciudadana procederá a la publicación a través del Boletín Oficial durante tres días hábiles, complementando las publicaciones establecidas por Ordenanza 33701.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 del Anexo I de la Resolución 2-SSDCCYC- SSSC-2017, aprueba el Procedimiento operativo conforme las pautas establecidas en la Resolucion 1-SECTRANS-SECDES-2016.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 2-SSDCCYC-17 aprueba procedimiento operativo en el marco de la Ley 342.</p>