RESOLUCIÓN 161 2017 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

SE APRUEBA SISTEMA ONLINE - REGISTRO DE UNIDADES DE TRANSPORTES ALIMENTICIOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - USO INTERNO - INSTRUCCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA - FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE DE MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS - COMERCIALIZACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA - SISTEMAS INFORMÁTICOS - HABILITACIONES DE UNIDADES DE TRANSPORTE ALIMENTICIO - PLAN ESTRATÉGICO ANUAL 2017 - INSPECCIÓN PREVIA VEHICULAR - CÓDIGO QR - VEHÍCULOS - APLICATIVOS

Publicación:

23/06/2017

Sanción:

19/06/2017

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

Las Leyes Nros. 2.624/07, 3.304/09, 5.526/16 y su modificatoria 5.537/16, (textos

consolidados por la Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 589-GCBA/09, 196-GCBA/11,

424-GCBA/12, las Resoluciones NROS. 74-AGC/12, 66-AGC/13 y modificatorias, 130-

SCLYT/14, 91-AGC/17, 144/AGC/17, el Expediente Electrónico N° 13857825-MGEYA-

AGC-17, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2.624/07 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad

autárquica con funciones de controlador, fiscalización y regulación en materia de

seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria,

habilitaciones y permisos y obras civiles públicas y privadas, en aplicación de las

normas y Códigos respectivos, y toda otra normativa relacionada con su ámbito de

control y fiscalización;

Que el Artículo 11 en sus incisos a) y b) de la Ley N° 2.624/ 07 faculta al suscripto a

elaborar el Plan Estratégico Plurianual y desarrollar el planeamiento estratégico, los

programas y criterios generales de conducción de la Agencia;

Que por Resolución N° 66-AGC-13 y sus modificatorias, se aprobó la estructura

orgánica funcional de la Agencia, de conformidad con las previsiones de la citada Ley;

Que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria se encuentra dentro de

la estructura orgánica de la Agencia Gubernamental de Control, conforme a lo

establecido en los Artículos 4° y 5° de Ley N° 2.624/07;

Que la Gerencia Operativa de Seguridad Alimentaria, dependiente de ésta Dirección

General, tiene entre sus funciones la fiscalización del transporte de materias primas y

productos alimenticios y de su comercialización en la vía pública;

Que por su parte, a través de la Ley N° 3.304/09 se estableció el Plan de

Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, con el fin de implementar un proceso de modernización administrativa en el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en el Artículo

1° de la precitada norma

Que entre los objetivos de dicho Plan se plantea el desarrollo de sistemas informáticos

y la función de proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la

digitalización de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el

acceso y la perdurabilidad de la información como así también la reducción de los

plazos de tramitación;

Que asimismo el mencionado Plan tiene por objetivos específicos, entre otros, el de

promover e introducir el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación,

dando respuesta con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad;

Que en concordancia con la normativa precitada, la Agencia Gubernamental de

Control viene llevando a cabo políticas tendientes a mejorar la calidad de los servicios

brindados a los administrados y entre otras medidas se ha procedido a consolidar,

renovar y modernizar los sistemas informáticos utilizados para llevar a cabo las tareas

propias del organismo;

Que mediante la Resolución N° 91-AGC/17 se aprobó el Plan Estratégico Anual 2017,

el cual contempla en el ámbito de la Unidad de Coordinación General de esta Agencia

la concreción del proyecto "Habilitaciones de Unidades de Transporte Alimenticio"

("UTA´s"), previendo el mismo, entre otras cuestiones, la implementación del sistema

online para la habilitación de dichas Unidades, y el seguimiento de todo el proceso de

Inspección Previa Vehicular hasta la entrega de un código "QR";

Que en el marco del Expediente Electrónico citado en el VISTO y con el objeto de

proporcionar una herramienta que digitalice toda la documentación e integre todos los

módulos existentes dentro de una sola línea de trámite, resulta propicio la aprobación

de un Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes Alimenticios, el cual fue

proyectado mediante NO-2017-13863038-AGC por la Gerencia Operativa de

Proyectos Especiales de la Unidad de Coordinación General, y desarrollado por la

Unidad de Sistemas Informáticos de esta Agencia Gubernamental de Control;

Que la implementación del referido Sistema, no relevará a la Dirección General de

Higiene y Seguridad Alimentaria de sus obligaciones y responsabilidades en cuanto a

la programación operativa de las inspecciones y a la asignación de los niveles de

criticidad respectivos, en lo vinculado al ejercicio del poder de policía;

Que asimismo, la utilización de dicho Sistema no obstará al cumplimiento por parte de

las áreas de la Agencia Gubernamental de Control, de las normas relativas a la

tramitación, circulación y registración de actuaciones administrativas conforme lo

dispuesto por los Decretos N° 589-GCBA/09, 196-GCBA/11, N° 424-GCBA/12 y la

Resolución N° 130-SECLYT/14 o las que en el futuro dicte la autoridad de aplicación;

Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno en esta instancia aprobar el

mencionado Sistema, y encomendar a la Dirección General de Higiene y Seguridad

Alimentaria el dictado de los actos administrativos necesarios para la implementación y

ejecución del mismo;

Que por su parte, corresponde también encomendar a la Unidad de Sistemas

Informáticos el desarrollo de los aplicativos web necesarios, e instruir a la Unidad de

Prensa y Comunicación Institucional de esta Agencia la adecuada difusión del

Sistema;

Que mediante el Artículo 7° de la Ley N° 5.526/16, se derogó la Ley N° 3.131/09, cuya

reglamentación fue oportunamente aprobada mediante la Resolución N° 74-AGC/12,

la cual corresponde dejar sin efecto;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y

Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Que conforme lo establecido mediante la Resolución N° 144-AGC/17 el Director

Ejecutivo de esta Agencia Gubernamental de Control delegó la firma de su despacho

al Director General de la Dirección General Legal y Técnica durante el período

comprendido entre el 9 y el 20 de junio de 2017, ambos inclusive.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11, inciso f) de la Ley N° 2.624 y la

Resolución N° 144-AGC/17,

EL DIRECTOR GENERAL LEGAL Y TÉCNICO A/C

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE

Artículo 1°- Apruébese el Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes

Alimenticios para el uso interno en el ámbito de esta Agencia Gubernamental de

Control.

Artículo 2°- Instrúyase a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria a

dictar los actos administrativos que resulten pertinentes a los fines de implementar y

ejecutar el referido Sistema.

Artículo 3°- Establécese que la Unidad de Sistemas Informáticos será la

administradora del Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes

Alimenticios de esta Agencia Gubernamental de Control, debiendo mantener

actualizado el mismo, conforme las Disposiciones que surjan de lo establecido en el

Artículo 2° de la presente.

Artículo 4°- Déjase sin efecto la Resolución N° 74-AGC/12.

Artículo 5°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos comuníquese a todas las Direcciones

Generales y Unidades de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, remítase

a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria para el cumplimiento de lo

establecido en el Artículo 2° de la presente. Bousquet p/p

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Disposición 826-DGHYSA-17 aprueba Anexo I  Definiciones II. Aspectos Generales III. Aspectos Procedimentales que la integran, complementando la Resolución 161-AGC-17.</p><p>Art. 3 encomienda a la Subgerencia Operativa de Fiscalización de Mercadería en Tránsito en Vía Pública, dependiente de la Gerencia Operativa de Seguridad Alimentaria, bajo órbita de ésta Dirección General todo el proceso de fiscalización del procedimiento de otorgamiento de la habilitación de las Unidades de Transporte Alimenticios.</p>
DEROGA
<p>Art. 4 de la Resolución 161-AGC-17 deja sin efecto la Resolución 74-AGC-12.</p>
INTEGRA
<p>Resolución 161-AGC-17 aprueba el Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes Alimenticios para el uso interno de la Agencia Gubernamental de Control, en el marco del proyecto Habilitaciones de Unidades de Transporte Alimenticio del Plan Estratégico Anual 2017, aprobado por Resolución 91-AGC-17.</p>