RESOLUCIÓN 161 2017 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE APRUEBA SISTEMA ONLINE - REGISTRO DE UNIDADES DE TRANSPORTES ALIMENTICIOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - USO INTERNO - INSTRUCCIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA - FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE DE MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS - COMERCIALIZACIÓN EN LA VÍA PÚBLICA - SISTEMAS INFORMÁTICOS - HABILITACIONES DE UNIDADES DE TRANSPORTE ALIMENTICIO - PLAN ESTRATÉGICO ANUAL 2017 - INSPECCIÓN PREVIA VEHICULAR - CÓDIGO QR - VEHÍCULOS - APLICATIVOS
Publicación:
23/06/2017
Sanción:
19/06/2017
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.624/07, 3.304/09, 5.526/16 y su modificatoria 5.537/16, (textos
consolidados por la Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 589-GCBA/09, 196-GCBA/11,
424-GCBA/12, las Resoluciones NROS. 74-AGC/12, 66-AGC/13 y modificatorias, 130-
SCLYT/14, 91-AGC/17, 144/AGC/17, el Expediente Electrónico N° 13857825-MGEYA-
AGC-17, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.624/07 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica con funciones de controlador, fiscalización y regulación en materia de
seguridad de establecimientos públicos y privados, salubridad e higiene alimentaria,
habilitaciones y permisos y obras civiles públicas y privadas, en aplicación de las
normas y Códigos respectivos, y toda otra normativa relacionada con su ámbito de
control y fiscalización;
Que el Artículo 11 en sus incisos a) y b) de la Ley N° 2.624/ 07 faculta al suscripto a
elaborar el Plan Estratégico Plurianual y desarrollar el planeamiento estratégico, los
programas y criterios generales de conducción de la Agencia;
Que por Resolución N° 66-AGC-13 y sus modificatorias, se aprobó la estructura
orgánica funcional de la Agencia, de conformidad con las previsiones de la citada Ley;
Que la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria se encuentra dentro de
la estructura orgánica de la Agencia Gubernamental de Control, conforme a lo
establecido en los Artículos 4° y 5° de Ley N° 2.624/07;
Que la Gerencia Operativa de Seguridad Alimentaria, dependiente de ésta Dirección
General, tiene entre sus funciones la fiscalización del transporte de materias primas y
productos alimenticios y de su comercialización en la vía pública;
Que por su parte, a través de la Ley N° 3.304/09 se estableció el Plan de
Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, con el fin de implementar un proceso de modernización administrativa en el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en el Artículo
1° de la precitada norma
Que entre los objetivos de dicho Plan se plantea el desarrollo de sistemas informáticos
y la función de proponer y/o adecuar la normativa correspondiente para la
digitalización de los procesos administrativos a los fines de facilitar la gestión, el
acceso y la perdurabilidad de la información como así también la reducción de los
plazos de tramitación;
Que asimismo el mencionado Plan tiene por objetivos específicos, entre otros, el de
promover e introducir el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación,
dando respuesta con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad;
Que en concordancia con la normativa precitada, la Agencia Gubernamental de
Control viene llevando a cabo políticas tendientes a mejorar la calidad de los servicios
brindados a los administrados y entre otras medidas se ha procedido a consolidar,
renovar y modernizar los sistemas informáticos utilizados para llevar a cabo las tareas
propias del organismo;
Que mediante la Resolución N° 91-AGC/17 se aprobó el Plan Estratégico Anual 2017,
el cual contempla en el ámbito de la Unidad de Coordinación General de esta Agencia
la concreción del proyecto "Habilitaciones de Unidades de Transporte Alimenticio"
("UTA´s"), previendo el mismo, entre otras cuestiones, la implementación del sistema
online para la habilitación de dichas Unidades, y el seguimiento de todo el proceso de
Inspección Previa Vehicular hasta la entrega de un código "QR";
Que en el marco del Expediente Electrónico citado en el VISTO y con el objeto de
proporcionar una herramienta que digitalice toda la documentación e integre todos los
módulos existentes dentro de una sola línea de trámite, resulta propicio la aprobación
de un Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes Alimenticios, el cual fue
proyectado mediante NO-2017-13863038-AGC por la Gerencia Operativa de
Proyectos Especiales de la Unidad de Coordinación General, y desarrollado por la
Unidad de Sistemas Informáticos de esta Agencia Gubernamental de Control;
Que la implementación del referido Sistema, no relevará a la Dirección General de
Higiene y Seguridad Alimentaria de sus obligaciones y responsabilidades en cuanto a
la programación operativa de las inspecciones y a la asignación de los niveles de
criticidad respectivos, en lo vinculado al ejercicio del poder de policía;
Que asimismo, la utilización de dicho Sistema no obstará al cumplimiento por parte de
las áreas de la Agencia Gubernamental de Control, de las normas relativas a la
tramitación, circulación y registración de actuaciones administrativas conforme lo
dispuesto por los Decretos N° 589-GCBA/09, 196-GCBA/11, N° 424-GCBA/12 y la
Resolución N° 130-SECLYT/14 o las que en el futuro dicte la autoridad de aplicación;
Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno en esta instancia aprobar el
mencionado Sistema, y encomendar a la Dirección General de Higiene y Seguridad
Alimentaria el dictado de los actos administrativos necesarios para la implementación y
ejecución del mismo;
Que por su parte, corresponde también encomendar a la Unidad de Sistemas
Informáticos el desarrollo de los aplicativos web necesarios, e instruir a la Unidad de
Prensa y Comunicación Institucional de esta Agencia la adecuada difusión del
Sistema;
Que mediante el Artículo 7° de la Ley N° 5.526/16, se derogó la Ley N° 3.131/09, cuya
reglamentación fue oportunamente aprobada mediante la Resolución N° 74-AGC/12,
la cual corresponde dejar sin efecto;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Que conforme lo establecido mediante la Resolución N° 144-AGC/17 el Director
Ejecutivo de esta Agencia Gubernamental de Control delegó la firma de su despacho
al Director General de la Dirección General Legal y Técnica durante el período
comprendido entre el 9 y el 20 de junio de 2017, ambos inclusive.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11, inciso f) de la Ley N° 2.624 y la
Resolución N° 144-AGC/17,
Artículo 1°- Apruébese el Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes
Alimenticios para el uso interno en el ámbito de esta Agencia Gubernamental de
Control.
Artículo 2°- Instrúyase a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria a
dictar los actos administrativos que resulten pertinentes a los fines de implementar y
ejecutar el referido Sistema.
Artículo 3°- Establécese que la Unidad de Sistemas Informáticos será la
administradora del Sistema Online de Registro de Unidades de Transportes
Alimenticios de esta Agencia Gubernamental de Control, debiendo mantener
actualizado el mismo, conforme las Disposiciones que surjan de lo establecido en el
Artículo 2° de la presente.
Artículo 4°- Déjase sin efecto la Resolución N° 74-AGC/12.
Artículo 5°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a todas las Direcciones
Generales y Unidades de esta Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, remítase
a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria para el cumplimiento de lo
establecido en el Artículo 2° de la presente. Bousquet p/p