RESOLUCIÓN 501 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

CONFORMA CUERPO ÚNICO DE PSICÓLOGOS Y ASISTENTES SOCIALES  - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD - SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD  - POLICÍA DE LA CIUDAD - DELEGA EN LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y RECURSOS HUMANOS DE SEGURIDAD DICTADO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ACTUACIÓN DEL CITADO CUERPO

Publicación:

26/07/2017

Sanción:

18/07/2017

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y N° 5.688, los Decretos

Nros. 363/15, 207/17 y 226/17, el Expediente N° 16563936/DGARHS/2017 y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666) se aprobó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que la Ley N° 5.688 regula el Sistema Integral de Seguridad Pública, estableciendo

las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del artículo 68 de la precitada Ley se creó la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires, que cumple con las funciones de seguridad general, prevención,

conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes,

y de auxiliar de la Justicia;

Que mediante el artículo 70 de la Ley N° 5.688 se establece que la Policía de la

Ciudad depende jerárquica y funcionalmente del Jefe de Gobierno a través del

Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que, por Decretos Nros. 363/15, 207/17 y su modificatorio Decreto N° 226/17 se

aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad, creándose la

Secretaría de Administración de Seguridad y modificándose la denominación,

funciones y responsabilidades de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y

Recursos Humanos de Seguridad;

Que el Decreto N° 207/17 describió las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad, entre

ellas, la de implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la

gestión administrativa, de registros, sistematización de datos y aprovechamiento de

recursos humanos de la Policía de la Ciudad y de la Secretaría de Administración de

Seguridad;

Que asimismo el citado Decreto N° 207/17 describió dentro de las responsabilidades

primarias de la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad,

la de detectar necesidades y proponer acciones de capacitación y desarrollo para los

recursos humanos de la Secretaría de Administración de Seguridad y del personal de

la Policía de la Ciudad;

Que revisten en la Secretaría de Administración de Seguridad y en la Policía de la

Ciudad profesionales psicólogos y asistentes sociales vinculados al área de salud

mental;

Que dicha área tiene relevancia en toda la estructura dependiente del Ministerio de

Justicia y Seguridad y su actividad resulta transversal a la Fuerza Policial;

Que la tarea policial presenta características especiales respecto a su desempeño,

cuya atención requiere el funcionamiento de un área, dentro de la Dirección General

Administración de Recursos Humanos de Seguridad, que nuclee, supervise, trabaje en

red y propicie cursos de acción para los psicólogos y asistentes sociales que se

desempeñan en la Secretaría de Administración de Seguridad y de la Policía de la

Ciudad;

Que en este orden de ideas resulta necesaria la conformación dentro de la Dirección

General Administración de Recursos Humanos de Seguridad de un Cuerpo Único de

Psicólogos y Asistentes Sociales, con injerencia en la Secretaría de Administración de

Seguridad y de la Policía de la Ciudad;

Que con el objeto de optimizar los recursos, resulta oportuno delegar en la

Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad la

asignación del personal que integre dicho Cuerpo, como así también la aprobación de

los protocolos de actuación que el mismo propicie y la implementación de los

procedimientos que requiera.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1°.- Confórmase en el ámbito de la Dirección General Administración de

Recursos Humanos de Seguridad, el Cuerpo Único de Psicólogos y Asistentes

Sociales de la Secretaría de Administración de Seguridad y de la Policía de la Ciudad.

Artículo 2°.- Delégase en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos

Humanos de Seguridad el dictado de los protocolos y procedimientos de ejecución,

control y/o cualquier otra tarea que guarde relación con ello, para la actuación del

Cuerpo Único de Psicólogos y Asistentes Sociales.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Sr. Jefe de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Seguridad, a la

Subsecretaría de Gestión Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad, y a la

Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad. Cumplido,

para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión

Administrativa y Recursos Humanos de Seguridad. Ocampo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 Resolución 501-MJYSGC-17, conforma en el ámbito de la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad, el Cuerpo Único de Psicólogos y Asistentes Sociales de la Secretaría de Administración de Seguridad y de la Policía de la Ciudad, complementado la Estructura Orgánico Funcional aprobada por Decreto 363-15.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 794-MJYSGC-19 modifica la dependencia funcional del Cuerpo Único de Psicólogos y Asistentes Sociales de la Secretaría de Administración de Seguridad y de la Policía de la Ciudad, creado mediante la Resolución 501-MJYSGC-17.</p><p>Art. 2  delega en la Subsecretaría de Capital Humano de Seguridad el dictado de protocolos y procedimientos de ejecución, control para la actuación del Cuerpo Único de Psicólogos y Asistentes Sociales, quedando modificado el Art. 2 de ña Resolución 501-MJYSGC-17.</p>