DECRETO 288 2017

Síntesis:

SE MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGÁNICA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SECRETARÍA TERCERA EDAD - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - PROMOCIÓN SOCIAL - HÁBITAT E INCLUSIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - CIUDADANÍA PORTEÑA - ECONOMÍA SOCIAL - SERVICIOS SOCIALES ZONALES - ATENCIÓN INMEDIATA - FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL - NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - DE LA MUJER - POLÍTICAS SOCIALES EN ADICCIONES - ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LA VÍCTIMA  - DESARROLLO TERRITORIAL - HÁBITAT - INCLUSIÓN SOCIAL - SERVICIOS Y DEPENDENCIA - PROTECCIÓN E INCLUSIÓN - FUERA DE NIVEL - CONSEJO SOCIAL - COPIDIS - SICOPS - UGIS - UPE - SUBGERENCIAS OPERATIVAS - GERENCIAS OPERATIVAS - SECRETARÍA GENERAL COORDINADORA - PROMOCIÓN DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - DISEÑO Y MONITOREO DE POLÍTICAS SOCIALES - MANTENIMIENTO - LEGAL - OGESE - GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN - TECNOLOGÍA Y PROCESOS - PROYECTOS Y OBRAS - MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS - JUDICIALES Y DESPACHO - JURÍDICA - PRESUPUESTO - CONTABILIDAD Y PATRIMONIO - COMPRAS Y CONTRATACIONES - EVALUACIÓN Y CONTROL DEL GASTO - PLANEAMIENTO - INFORMACIÓN DE PROGRAMAS SOCIALES - COORDINACIÓN LOGÍSTICA ANTE LA EMERGENCIA - ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO - SEGURIDAD ALIMENTARIA - CIUDADANÍA PORTEÑA - APOYO A EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS - FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL - ATENCIÓN SOCIAL DESCENTRALIZADA - OPERACIONES Y LOGÍSTICA - ASISTENCIA INTEGRAL A LOS SON TECHOS - ATENCIÓN A LA EMERGENCIA SOCIAL - EMERGENCIA HABITACIONAL -  ASESORAMIENTO TÉCNICO EN POLÍTICAS SOCIALES -APOYO A GRUPOS COMUNITARIOS - FORTALECIMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL - APOYO A LA PRIMERA INFANCIA - VÍNCULOS FORTALECIMENTO DE VÍNCULOS FAMILIARES Y COMUNITARIOS - ADOLESCENTES - ATENCIÓN INTEORAL A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOCIAL - DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL - ATENCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA - FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO - PREVENCIÓN SOCIAL EN ADICCIONES - ASISTENCIA SOCIAL EN ADICCIONES - CENTRO DE ASISTENCIA A LA VÍCTIMA - PROGRAMAS ESPECIALES - ASISTENCIA COMUNITARIA - GESTIÓN TÉCNICA E INSPECCIONES - EMERGENCIA DEL HÁBITAT - DIAGNÓSTICO Y PROYECTOS - OBRAS Y CERTIFICACIONES - DESARROLLO TERRITORIAL COMUNA 4 - 7 - 8 - 9 - SECTOR NORTE - SUR - ESTE - OESTE - PROYECTOS URBANOS PARTICIPATIVOS - DISEÑO URBANO INCLUSIVO - INGENIERÍA URBANA INCLUSIVA - ACTIVIDADES INCLUSIVAS - CAPACITACIÓN Y LOGÍSTICA EN NUEVAS TECNOLOGÍAS - APOYO A ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y ENVEJECIMIENTO ACTIVO - HOGARES DE RESIDENCIA PREMANENTE - SISTEMA ALTERNATIVO A LA INSTITUCIONALIZACIÓN - PROTECCIÓN DE DERECHOS DE MAYORES - INCLUSIÓN FORMACIÓN INTEGRAL - ACCESIBILIDAD  DE LOS ADULTOS MAYORES - HOGAR SAN MARTÍN - GUILLERMO RAWSON - MARTÍN RODRIGUEZ - GOBERNADOR VIAMONTE - ALEJANDRO RAIMONDI - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO

Publicación:

07/08/2017

Sanción:

03/08/2017

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 684/09 y

modificatorios, el Decreto N° 363/15 y modificatorios, el Decreto N° 399/16 y el

Expediente Electrónico N° 10767102-MGEYA- DGTALMHYDH/17, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la

eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en pos del desarrollo de

un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos,

promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos

administrativos, así como la creación y el establecimiento de nuevas estructuras

orgánico funcionales;

Que por la Ley N° 5.460, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Hábitat y

Desarrollo Humano;

Que por el Decreto N° 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial

para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General;

Que mediante el Decreto N° 399/16, se aprobó la estructura correspondiente al

régimen gerencial del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, en sus dos niveles,

Gerencia y Subgerencia Operativa;

Que en virtud de la experiencia de gestión de gobierno, es menester realizar

modificaciones en la estructura organizativa del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano, a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico-operativo y una mayor

eficiencia de sus competencias;

Que en virtud de lo expuesto, deviene necesario modificar las acciones del Organismo

Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS);

Que asimismo resulta oportuno modificar las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Tercera Edad, de la Dirección General Protección e Inclusión y los

objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Integración Digital dependiente

de la citada Secretaría;

Que como consecuencia, se propicia modificar la estructura organizativa del Ministerio

de Hábitat y Desarrollo Humano, aprobada por el Decreto N° 363/15 y sus

modificatorios;

Que asimismo, resulta conveniente modificar la estructura correspondiente al Régimen

Gerencial del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, en sus dos niveles, Gerencia

y Subgerencia Operativa, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 399/16.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de agosto de 2017, la estructura organizativa

del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios,

de acuerdo con los Anexos I (IF-2017-16539784-MHYDHGC) (Organigrama) y II (IF-

2017-17108562-MHYDHGC) (Responsabilidades Primarias), los que a todos sus

efectos forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Modifícanse las acciones del Organismo Fuera de Nivel Comisión para la

Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS).

Artículo 3°.- Modifícanse las responsabilidades primarias de la Secretaría de Tercera

Edad, de la Dirección General Protección e Inclusión y los objetivos de la Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Integración Digital dependientes de la citada Secretaría.

Artículo 4°.- La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano deberá informar, en un plazo de 30 días, a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda la

asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas gerencias y subgerencias

operativas en virtud de lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento al presente Decreto.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Hábitat y

Desarrollo Humano, por el señor Ministro de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete

de Ministros

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del

Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Tagliaferri - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5185

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 288-17 modifica, a partir del 1 de agosto de 2017, la estructura organizativa del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios.</p><p>Art. 2 modifica las acciones del Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS).</p><p>Art. 3 modifica  las responsabilidades primarias de la Secretaría de Tercera Edad, de la Dirección General Protección e Inclusión y los objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Integración Digital.</p>
MODIFICA
<p>Decreto 288-17 modifica la estructura orgánica del Régimen Gerencial del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, quedando modificada la aprobada por Decreto 399-16.</p>