RESOLUCIÓN 829 1997 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

AUTORÍZASE ESTACIONAMIENTÓ JUNTO AL CORDON DE AMBAS ACERAS LOS DIAS 24 Y 31-12-97 DURANTE LAS 24 HORAS

Publicación:

05/01/1998

Sanción:

22/12/1997

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto la Nota N° 2.386-DGV-97 por la cual se propicia establecer facilidades de estacionamiento para los días 24 y 31 de diciembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de haberse decretado asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre de 1997;

Que con el objeto de facilitar la movilidad de los ciudadanos, con motivo de las vísperas de las fiestas navideñas y de año nuevo;

Que la medida a adoptar no generaría mayores conflictos circulatorios en el entendimiento que los volúmenes de tránsito serían menores a los habituales a un día hábil;

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar, para los días 24 y 31 de diciembre de 1997 el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras durante las 24 horas en aquellas avenidas en las que se encuentra prohibido, exceptuando las Avenidas 9 de Julio, General Paz, Leopoldo Lugones, intendente Cantilo y Tte. José Luis Dellepiane.

Art. 2° - Autorizar, durante las 24 horas en la fecha establecida en el artículo 1°, el estacionamiento junto al cordón de la acera derecha en las arterias donde está prohibido.

Art. 3° - Autorizar, en la fecha establecida en el artículo 1°, la circulación general de vehículos en el Área Peatonal Microcentro establecida por Ordenanza N° 32.876 (B.M. N° 15.283) modificatorias y complementarias.

Art. 4° - Autorizar, en la fecha establecida en el artículo 1°, la circulación general de vehículos por los carriles exclusivos de transporte de pasajeros.

Art. 5° - En todos los casos se deberán mantener las prevenciones de los artículos 39 y 40 del Código de Tránsito para la Ciudad de Buenos Aires, Decreto Ordenanza N° 12.116-48 (B.M. N° 8.381).

Art. 6° - Regístrese, comuníquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal, a las Empresas Concesionarias de Estacionamiento (BRD S.A.I.C.F.l. y Dakota S.A.) a la Dirección General de Comunicación Social para su amplia difusión por la prensa, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Vialidad.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art. 3° Res. 829-SSTYT-97 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
REFERENCIA
Artículos 39 y 40