ORDENANZA 32876 1976

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA A PARTIR DEL 10 DE JUNIO DE 1976 LA APLICACIÓN DE UN ÁREA PEATONAL MICROCENTRO - CREACIÓN - ÁREA CÉNTRICA - REDUCCIÓN DE CIRCULACIÓN DE AUTOMÓVILES - ZONA BANCARIA - CONGESTIONAMIENTO DEL TRÁNSITO VEHICULAR - CORREDORES - TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - COLECTIVOS - MODIFICACIÓN - PARADAS DE COLECTIVOS - PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN GENERAL DE VEHÍCULOS - AV. DE MAYO - RIVADAVIA - LEANDRO ALEM - CÓRDOBA - CARLOS PELLEGRINI - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN - AV PTE ROQUE SÁENZ PEÑA - SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLE 25 DE MAYO - TRANSPORTE DE CAUDALES

Publicación:

09/06/1976

Sanción:

04/06/1976

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

04/06/1976

Estado:

No vigente


Véase el artículo 15° de la Ley N° 5.786, que dispone la derogación de las Ordenanzas N° 32.876 y 32.974 y de los Decretos Municipales N° 2268/76 y 399/97, a partir del 1° de abril de 2018.

Visto el expediente N° 141.366/76 relacionado con la aplicación de un Área Peatonal Microcentro,
comprendida por las Avdas. de Mayo, Rivadavia, Leandro N. Alem y Córdoba y la calle Carlos
Pellegrini, y

CONSIDERANDO:

Que tal medida constituye una ampliación del sector "zona bancaria" que fuera puesta en práctica por Ordenanza N° 32.669 (B.M. 15.192) a partir del día 2 de enero del corriente, con el objeto de facilitar los desplazamientos peatonales y desalentar la concurrencia de automóviles particulares al área céntrica;

Que la congestión vehicular que actualmente se produce en dicha área aconseja adoptar medidas como la propuesta, tendientes a evitar circulaciones de vehículos de carácter prescindible;

Que la situación admite implementar nuevos criterios de selección del tránsito mediante la habilitación de "corredores" exclusivos para transporte público de pasajeros, facilitando de tal manera el traslado colectivo de usuarios;

Que ese ordenamiento implica, además, modificar el sentido de circulación de la calle 25 de Mayo, determinar las excepciones a la prohibición a implantar y establecer nuevos itinerarios y sitios de parada para las líneas de colectivos;

Por ello, de conformidad con lo propuesto por la Secretaria de Obras Públicas y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 21.314 (B. M. N° 15.270),

El Intendente Municipal

Sanciona y Promulga con Fuerza de

ORDENANZA:

Artículo 1° - Apruébase a partir del día 10 de junio de 1976, la aplicación de un Área Peatonal Microcentro, comprendida por las Avenidas de Mayo, Rivadavia, Leandro N. Alem y Córdoba y la calle Carlos Pellegrini, conforme lo establecido en la presente Ordenanza.

Art. 2° - Prohíbese la circulación general de vehículos todos los días hábiles entre las 11 y las 20 horas, en los tramos de arterias que seguidamente se indican:

RECONQUISTA, entre Av. Córdoba y Av. Rivadavia

SAN MARTÍN, entre Av. Rivadavia y Viamonte

SUIPACHA, entre Av. Córdoba y Av. Rivadavia

TACUARÍ, entre Av. Rivadavia y Av. de Mayo

RIVADAVIA, entre San Martín y C. Pellegrini

BME. MITRE, entre C. Pellegrini y Av. Leandro N. Alem

CANGALLO, entre Av. Leandro N. Alem y C. Pellegrini

SARMIENTO, entre Av. Leandro N. Alem y Esmeralda

LAVALLE, entre Maipú y Av. Leandro N. Alem

TUCUMAN, entre Av. Leandro N. Alem y C. Pellegrini

CARABELAS, entre Av. Pte. R. Sáenz Peña y Cangallo.

Art. 3° - Prohíbese la circulación general de vehículos, con excepción de los de transporte público de pasajeros, los días hábiles entre las 11 y las 20 horas, en los siguientes tramos de arterias:

25 DE MAYO, entre Av. Córdoba y Av. Rivadavia

MAIPU, entre Av. Córdoba y Rivadavia

CHACABUCO, entre Rivadavia y Av. de Mayo

PIEDRAS, entre Av. de Mayo y Rivadavia

ESMERALDA, entre Rivadavia. y Av. Córdoba

SARMIENTO, entre Esmeralda y C. Pellegrini

VIAMONTE, entre C. Pellegrini y Av. Leandro N. Alem

Art. 4° - Establécese doble sentido de circulación en la Av. Pte. R. Sáenz Peña entre San Martín y Esmeralda.

Art. 5° - Prohíbese la circulación general de vehículos, con excepción de los de las líneas de transporte público de pasajeros, en el sentido de circulación Sudeste a Noroeste en el tramo indicado en el artículo precedente.

Art. 6° - Derógase la Ordenanza N° 23.729 dictada en el expediente N° 61.275/68 y reimplántase el sentido Norte-Sur en la calle 25 de Mayo entre Av. Córdoba y Av. Rivadavia establecido por Decreto-Ordenanza N° 10.407/47 (B. M. 8.174).

Art. 7° - Asígnanse a las líneas números 6, 7, 17, 22, 23, 24, 28, 29, 45, 50, 56, 59, 70, 91, 99, 94, 105, 109, 111, 119, 126, 139, 142, 146 y 155 de transporte público de pasajeros, los recorridos que a continuación se indican, hasta, tanto la Subsecretaría de Estado de Transporte, establezca los Itinerarios definitivos:

LINEA N° 6 - Ida a Puerto Nuevo: por su ruta, Av. Corrientes Av. L. N. Alem, San Martín, su ruta.

Regreso: por su ruta, Reconquista, A.v. Córdoba, Cerrito, Lavalle, su ruta.

LINEA N° 7 - Ida a Puerto Nuevo: por su ruta, Bmé. Mitre, C. Pellegrini, Av. Corrientes, Esmeralda, su ruta.

Regreso: por su ruta, Maipú, Chacabuco, Av. de Mayo, su ruta.

LINEA N° 17 - Ida a V. Dominico: por su ruta, Suipacha, Av. Santa Fe, Maipú, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 22 - Ida a Quilmes: por su ruta, Av. L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 23 - Ida a Nueva Pompeya: por su ruta, Reconquista, Av. Córdoba, Cerrito, Tucumán, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 24 - Ida a Villa del Parque: por su ruta, Perú, Av. de Mayo, su ruta,

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 28 - Ida a Retiro: por su ruta, H. Yrigoyen, Av. Paseo Colón, Av. L. N. Alem, San Martín, su ruta.

Regreso: por su ruta, Av. L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar, su ruta.

LINEA N° 29 - Ida a olivos: por su ruta, Defensa, Moreno, Perú, Av. de Mayo, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 45 - Ida a Puerto Nuevo: por su ruta, Esmeralda, Víamonte, San Martín, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 50 - Ida a Parque Alte. Brown: por su ruta, Av, L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Av. Pte. R. Sáenz Peña, Esmeralda, Sarmiento, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 56 - Ida a Villa Lugano: por su ruta, Av. L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar, Av. de Mayo, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 59 - Ida a Estación Buenos Aires: por su ruta, Ay. Santa Fe, Maipú, Chacabuco, Moreno, Tacuarí, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 70 - Ida a Barracas: por su ruta, Av. José M. Ramos Mejía, Maipú, Chacabuco, Moreno, Tácuarí, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 91 - Ida a Villa Sarmiento: por su ruta, Av. L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar,
su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 94 - Ida a Correo Central: por su ruta, Paraguay, Uruguay, Víamonte, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 99 - Ida a Floresta: por su ruta, Av. Eduardo Madero, Av. Córdoba, Cerrito, Tucumán, su
ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 105 - Ida a Parque Colón: por su ruta, Bmé. Mitre, Cerrito, Lima, H. Yrigoyen, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 109 - Ida a Liniers: por su ruta, Av. Eduardo Madero, Av. Córdoba, Cerrito, Tucumán, su ruta.

Regreso: sin modificación,

LINEA N° 111 - Ida a Villa Concepción: por su ruta, Av. Paseo Colón, Av. Rivadavia, Av, Pte. Roque Sáenz Peña, Esmeralda, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 119 - Ida a Aduana: por su ruta, Viamonte, Maipú, Av. Pte. Roque Sáenz Peña, su ruta.

Regreso: por Azopardo, Moreno, Perú, Av. de Mayo, su ruta.

LINEA N° 126 - Ida a Estación La Tablada: por su ruta, Av. Eduardo Madero, Av. Córdoba, Av. 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 139 - Ida a Villa Soldati: por su ruta, Av. L. N. Alem, 25 de Mayo, Av. Rivadavia, Bolívar, Av. de Mayo, su ruta.

Regreso: sin modificación

LINEA N° 142 - Ida a Aduana: por su ruta, Paraguay, Talcahuano, Av. Corrientes, Av. Pte. R. Sáenz Peña, su ruta.

Regreso: por Azopardo, Moreno, Perú, Av. de Mayo, su ruta.

LINEA N° 146 - Ida a Villa Real: por su ruta, Av. Rosales, Sarmiento, Av. L. N. Alem, Av. Rivadavia, Av. Pte. Roque Sáenz Peña, Esmeralda, Sarmiento, su ruta.

Regreso: sin modificación.

LINEA N° 155 - Ida a Mataderos: De Viamonte y Bouchard, por Viamonte, Av. Eduardo Madero, Av. Córdoba, Cerrito, Tucumán, su ruta.

Regreso: sin modificación.

Art. 8° - Exceptúanse de las prohibiciones dispuestas en los artículos 1° y 2° a los servicios de urgencia, fúnebres y de emergencia, a los vehículos de transporte blindados, a los vehículos afectados a la distribución de diarios y a la compensación de fondos bancarios, a los conducidos por minorados físicos y a los propietarios o locatarios mensuales de cocheras ubicadas en los tramos indicados, todos los cuales deberán circular a paso peatonal.

Art. 9° - Autorízase el ingreso o egreso de las playas de estacionamiento y/o garajes situados sobre la acera Noroeste de la Av. Pte. Roque Sáenz Peña, entre San Martín y Esmeralda, desde el sentido de circulación Noroeste a Sudeste.

Art. 10 - La Dirección General de Mantenimiento instalará el correspondiente señalamiento ilustrativo, con el asesoramiento de la Dirección General de Tránsito y Obras Viales.

Art. 11 - Las infracciones a la presente Ordenanza, serán sancionadas de conformidad con el Régimen de Penalidades en vigencia.

Art. 12 - Déjase sin efecto la Ordenanza número 32.669 (B.M. N° 15.192) y toda otra disposición o parte de ella que se oponga al presente ordenamiento.

Art. 13 - Dése al Registro Municipal; publíquese en el Boletín Municipal; comuníquese a la Jefatura de la Policía, Federal, a la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Púbicas, al Tribunal Municipal de Faltas y a la Dirección General de Difusión y para su conocimiento y demás fines, remítase a las Direcciones Generales de Tránsito y Obras Viales y de Mantenimiento.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 707-SOP/80 excluye tramo de arteria, de la nómina de arterias del Artículo 2 de la Ordenanza 32876.</p>
REGLAMENTADA POR
<p>Decreto 2268-76 reglamenta la Ordenanza 32876.</p>
EXCEPTUADA POR
<p>Art. 2 de la Ordenanza 32974 permite circular por las arterias para transporte público de pasajeros a los transportes de escolares y a los transportes de colectivos de turistas, exceptuándolos de la prohibición dispuesta por el Art. 3 de la Ordenanza 32876.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 32974 incluye calle San Martín entre Viamonte y Av. Córdoba, en la nómina del Art. 3 de la Ordenanza 32876.</p><p>Art. 3 incluye vehículos en el Art. 8 de la Ordenanza 32876.</p><p>Art. 4 excluye propietarios y locatarios de playas de estacionamiento habilitadas conforme Ordenanza 24385.</p><p>Art. 6 reemplaza Art. 5.</p>
DEROGADA POR
<p>Art. 15 de la Ley Nº 5.786 deroga a partir del 1° de abril de 2018, la Ordenanza Nº 32.876</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 3212, deroga el artículo 5 de la Ordenanza 32876.</p>
INTEGRADA POR
Art 1 de la Res 94-SSTRANS-13 permite con carácter transitorio y experimental, por el término de 90días corridos, el estacionamiento general demotovehículos, en los espacios debidamente señalizados durante las 24 horas,ubicados en la calzada de la Av Pte Roque Saénz Peña frente a su 515, en una extensión de 8 mts, y el otro frente al 590, zona regulada por Ord 32879
REFERENCIADA POR
Art. 3° Res. 829-SSTYT-97 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
REFERENCIADA POR
Art. 3° Res. 242-SSTYT-96 Ref. Ord. 32876.Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
MODIFICADA POR
Art. 2 Dto. 399-97 Mod. Arts 2 y 3 Ord. 32876/Art. 3 Dto. 399-97 mod. art. 3 Ord. 32876 . Modificación de listados de calles. Incorporación de calles.
DEROGA
Art. 12 Ord. 32876 Deroga Ord. 32669. Área Microcentro. Zona Bancaria.
COMPLEMENTADA POR
Art. 2 Res. 362-SOYSP-01 Complementa Art. 5 Ord. 32876. Diagonal Roque Sáenz Peña.
REFERENCIADA POR
Art. 3° Res. 121-SSTYT-97 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
REFERENCIADA POR
Art. 3° Res. 418-SSTYT-97 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
MODIFICA
Art. 6° Ord. 32876 Mod. Anexo. Dto. Ord. 10407-47. Arterias con sentido Único de Circulación. Calle 25 de Mayo.
MODIFICADA POR
Art. 1° Disp. 32-DGTOV-82 Mod. Art. 1° Ord. 32876 / Art. 2° Disp. 32-DGTOV-82 Amplía Arts. 4 y 5 Ord. 32876. Área Peatonal Microcentro: calle Sarmiento; Doble mano Av. Pte. Roque Sáenz Peña
REFERENCIADA POR
Art. 3 Res. 1227-SSTYT-98 Ref. Od. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
REGLAMENTADA POR
Art. 1° Dto. 399-97 Reglamenta Arts. 2 y 3 Ord. 32876. Horario de funcionamiento peatonal.
REFERENCIADA POR
Art. 3° Res. 369-SSTYT-96 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
DEROGA
Art. 6 Ord. 32876 Deroga Ord. 23729.
MODIFICADA POR
Art. 1° Ord. 34047 Mod. Art. 5° Ord. 32876. Circulación de taxis por Av. Pte. Roque Sáenz Peña.