RESOLUCIÓN 121 1997 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO

Síntesis:

AUTORIZA, PARA EL DÍA 27 DE MARZO DE 1997 EL ESTACIONAMIENTO JUNTO AL CORDÓN DE AMBAS ACERAS EN LA AVENIDAS 9 DE JULIO, GENERAL PAZ, LEOPOLDO LUGONES, INTENDENTE CANTILO Y TENIENTE JOSÉ LUIS DELLEPIANE

Publicación:

14/04/1997

Sanción:

24/03/1997

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO


Visto la Nota número 394-DGV-97 por la cual se propicia establecer facilidades de estacionamiento para el día 27 de marzo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo de ser asueto administrativo el día 27 de marzo se deben fijar las normas de estacionamiento con el objeto de facilitar la movilidad de los'ciudadanos;

Que la medida a adoptar no generaría mayores conflictos circulatorios, en el entendimiento que los volúmenes de tránsito serán menores a los habituales a un día hábil:

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE Y TRANSITO

RESUELVE:

Artículo 1° - Autorizar, para el día 27 de marzo de 1997 el estacionamiento junto al cordón de ambas aceras a partir de las 13 horas en aquellas avenidas en las que se encuentre prohibido, exceptuando las Avenidas 9 de Julio, General Paz, Leopoldo Lugones, Intendente Cantilo y Teniente José Luis Dellepiane.

Art. 2° - Autorizar, a partir de las 13 horas en la fecha establecida en el artículo 1°, el estacionamiento junto al cordón de la acera derecha en las arterias donde está prohibido.

Art. 3° - Autorizar, en la fecha establecida en el artículo 1 ', la circulación general de vehículos en el Area peatonal Microcentro establecida por Ordenanza N° 32.876 (B.M. N° 15.283) modificatorias y complementarias.

Art. 4° - Autorizar, en la fecha establecida en el artículo 1°, la circulación aeneral de vehículos por los carriles exclusivos de transporte público de pasajeros.

Art. 5° - En todos los casos se deberán mantener las prevenciones de los artículos 39 y 40 del Código de Tránsito para la Ciudad de Buenos Aires, Decreto-Ordenanza N° 12.116-48 (B.M. N° 8.381).

Art. 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Policía Federal, a las Empresas Concesionarias de Estacionamiento (BRD S.A.I.C.F.l. y Dakota S.A.) a la Dirección General de Comunicación Social para su amplia difusión por la prensa, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Vialidad.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Art. 3° Res. 121-SSTYT-97 Ref. Ord. 32876. Excepciones en Área Peatonal Microcentro.
REFERENCIA
39 y 40