RESOLUCIÓN 232 2017 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
APROBACIÓN - REGLAMENTO INTERNO - CAPACITACIÓN DEL PERSONAL - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - CURSOS - CONTENIDO DE LOS CURSOS SOLICITADOS - PUBLICIDAD DE LOS CURSOS - HORARIOS DE LOS CURSOS Y CONTROL DE ASISTENCIA - SELECCIÓN DE CURSOS - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN DE LOS CURSOS - CERTIFICADOS - NOTIFICACIONES DE LOS CUPOS - SOLICITUDES DE CURSOS PAGOS - NOTIFICACIÓN DE LOS CURSOS APROBADOS
Publicación:
04/09/2017
Sanción:
15/08/2017
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Acta de Directorio N° 664
del 6 de julio de 2017, el Expediente N° 3202/EURSPCABA/2017, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad creó el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, conforme lo dispone la Ley 210, el Ente ejerce el control, seguimiento y
resguardo de la calidad de los servicios públicos, para la defensa y protección de los
derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente,
velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, a través de la Resolución N° 84/ERSP/2003, y su modificatoria N°
104/ERSP/2010, se aprueba el Estatuto del Personal que rige las relaciones laborales
del personal del Organismo;
Que, según el Estatuto, el personal tiene derecho a la capacitación permanente.
Que, por Resolución N° 132/ERSP/2011, y su modificatoria N° 200/ERSP/2013, se
aprueba el Sistema de la Trayectoria Laboral (SITRAL) del Personal de Planta
Permanente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de
Buenos Aires y a través de su Art. 6° crea la Unidad de Gestión del SITRAL como su
autoridad de aplicación;
Que, la Gerencia de Capacitación solicitó el dictado de un Reglamento Interno de
Capacitación para el Personal.
Que, el citado Reglamento ha sido aprobado por Acta de Directorio N° 664.
Que, Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
Artículo 1°.- Apruébese el Reglamento Interno de Capacitación para el Personal del
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires que como Anexo forman parte de la presente resolución.
Artículo 2°.- Notifíquese la presente a través de la Gerencia de Administración a todo
el personal del Organismo.
Artículo 3°.- Regístrese. Comuníquese a la Gerencia de Administración y a la Gerencia
de Capacitación. Publíquese en el Boletín Oficial de Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Cumplido, archívese. Michielotto - Barrera - Goldsack - Lauría
ANEXOS