RESOLUCIÓN 2 2017 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE APRUEBAN NORMAS ACLARATORIAS E INTERPRETATIVAS - APLICACIÓN Y OPERATIVIDAD - LEY 5834 - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - CARACTERÍSTICAS CHALECOS EXIGIDOS POR ART. 6.10.3.C Y 5.3.2.C - LEY 2148 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - PROCEDIMIENTO NOTIFICACIÓN - COORDINACIÓN DE LOS OPERATIVOS DE CONTROL - ACOMPAÑANTE - CONDUCTOR - MOTOVEHÍCULOS - CIRCULAR VÍA PÚBLICA - OBLIGACIÓN DE UTILIZAR CHALECO REFLECTANTE - IDENTIFICACIÓN DOMINIO - FRENTE - DORSO - CHALECO AMARILLO
Publicación:
08/09/2017
Sanción:
01/09/2017
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes Nros 2.148 (Texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.834, el Decreto
Reglamentario N° 321/17, el Expediente Electrónico N° EX-2017-19768257-SSSC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5.834 se modificó el Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2.148 (Texto consolidado por
Ley N° 5.666);
Que dichas modificaciones tuvieron como fin regular la utilización de motovehículos
con acompañantes así como su circulación en determinados días y horarios como
herramientas que sirvan a la implementación y articulación de políticas de seguridad
ciudadana;
Que como reglamentación de esa norma, el Decreto N° 321/17 dispuso en cabeza de
la Secretaría de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, en su
carácter de Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por
Ley N° 2.148, conjuntamente con el Ministerio de Justicia y Seguridad en lo que sea
materia de su competencia, el dictado de las normas aclaratorias, interpretativas y
operativas que resulten necesarias para la aplicación e implementación de la Ley N°
5.834.
Por ello, en las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse las normas aclaratorias e interpretativas para la aplicación y
operatividad de la Ley N° 5.834, que como Anexo I (IF-2017-20105240-MJYSGC)
forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y a la Subsecretaria de
Movilidad Sustentable y Segura. Cumplido, archívese. Ocampo - Méndez