RESOLUCIÓN 8544 2017 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE ESTABLECE CONVOCATORIA - RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD LITERARIA - DESDE EL 18 DE SEPTIEMBRE HASTA EL 11 DE OCTUBRE DE 2017 - APRUEBA INSTRUCTIVO PARA ASPIRANTES - DECLARACIÓN JURADA - NOTA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO - SUBSIDIO

Publicación:

19/09/2017

Sanción:

14/09/2017

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA

Estado:

No vigente


VISTO:

la Ley N° 3.014, el Decreto N° 542/GCABA-2009, las Resoluciones N° 2.416-MCGC-

2009, N° 1275-MCGC-2010, N° 113-CGC-2013, 1282-MCGC-2017 y N° 1001-MCGC-

2017 y el Expediente Electrónico N°20551204-MGEYA-DGTALMC-2017 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.014 (texto consolidado Ley 5.666) creó el Régimen de

Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

estableció como autoridad de aplicación al Ministerio de Cultura;

Que dicha Ley estableció que los beneficiarios del indicado Régimen reciben un

subsidio mensual, vitalicio, de carácter no contributivo equivalente al ingreso básico

del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que revista en el

Agrupamiento Servicios Sociales e Institucionales de la Carrera Administrativa (Nivel

SA01);

Que por Decreto N° 542-GCABA-09 se instituye la apertura de un padrón de

aspirantes a beneficiarios y se crea el Registro de Beneficiarios del presente Régimen;

Que por las Resoluciones N° 2.416-MCGC-2009, N° 2.745-MCGC-2009, N°1.275-

MCGC-2010 y N° 2.874-MCGC-2010 se fijan las normas necesarias para la

implementación del Régimen, se enumeran los requisitos que deben cumplir los

aspirantes, las obligaciones de los beneficiarios y se designa el Comité de Evaluación;

Que asimismo, por las Resoluciones N°1.275-MCGC-2010, N°113-MCGC-2013 y

N°1.001-MCGC-2017 se modifica el artículo 8° de la Resolución N° 2.416-MCGC-2009

en lo que refiere a los requisitos que los escritores deberán cumplimentar para acceder

al citado Régimen;

Por lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por la Ley N° 3.014 y el

Decreto N° 542/GCABA/2009,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese la convocatoria correspondiente al Régimen de

Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

creado por Ley N°3.014 (texto consolidado Ley 5.666), la cual tendrá lugar desde el 18

de septiembre hasta el 11 de octubre de 2017.

Artículo 2°.- Apruébense el "Instructivo para aspirantes", la "Declaración Jurada" y la

"Nota de solicitud de inscripción al Registro", que como Anexos I (IF-2017-21130923--

MCGC), II (IF-2017-21131485--MCGC) y III (IF-2017-21131604--MCGC), forman parte

integrante de la presente.

Artículo 3°.- Establécese que para solicitar el subsidio previsto, los aspirantes deberán

presentar la documentación requerida en la Oficina N° 306 sita en Avenida de Mayo

N° 575, Piso 3°, durante el período indicado en el Artículo 1°, de lunes a miércoles de

11:00 a 16:00 horas.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Pase para su conocimiento a la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción

Cultural de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, a la

Direcciones Generales de Contaduría General y de Tesorería, comuníquese la

presente a la Coordinación Administrativa del Régimen de Reconocimiento de la

Actividad Literaria. Cumplido, archívese. Petitt


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5215

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 6637/MCGC/22 deroga la Resolución 8544/MCGC/17.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 establece la convocatoria correspondiente al Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria, creado por Ley 3014.</p>