RESOLUCIÓN 165 2017 F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ACCIONES - SUPRESIÓN - DIRECCIÓN EJECUTIVA - MODIFICACIÓN DE DEPENDENCIA FUNCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA - PROMOCIÓN TURÍSTICA - INTELIGENCIA DE MERCADOS Y OBSERVATORIO - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - PRESIDENCIA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - DIRECTORIO CONSULTIVO - CONSEJO ASESOR - GERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN DE AUDITORÍAS - COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - GESTIÓN TÉCNICA - ASUNTOS LEGALES - SUBGERENCIA OPERATIVA - PRESUPUESTO Y CONTROL DEL GASTO - CONTABILIDAD - SUMINISTROS PATRIMONIO Y SERVICIOS GENERALES - COMPRAS Y CONTRATACIONES - ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS INFORMÁTICOS - ECOSISTEMA Y MOVILIDAD TURÍSTICA - HERRAMIENTAS DIGITALES Y DESARROLLO DE LA OFERTA - ADMINISTRACIÓN Y REGISTRO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS - TURISMO JOVEN - REDES SOCIALES - PRENSA Y RELACIONES PÚBLICAS E INSTITUCIONALES - DIFUSIÓN DIGITAL - POLÍTICAS TURÍSTICAS DE ACCESIBILIDAD E INCLUSIÓN - REGISTRO DE ACTIVIDADES Y PRESTADORES TURÍSTICOS - TURISMO DE REUNIONES - CAPACITACIÓN TURÍSTICA - MERCADOS INTERNACIONALES - MERCADOS NACIONALES Y REGIONALES - SEGMENTOS TURÍSTICOS - CALIDAD E INNOVACIÓN - TURISMO SOCIAL MÉDICO Y DE DISEÑO - INVESTIGACIÓN - INTELIGENCIA DE MERCADOS
Publicación:
03/10/2017
Sanción:
29/09/2017
Organismo:
F/N ENTE DE TURISMO LEY 2627
VISTO:
las Leyes Nros. 2627, su modificatoria y 5460, los Decretos Nros. 684/09 y 335/11, las
Resoluciones Nros. 44/ENTUR/11, 116/ENTUR/17 y 15/DEJ/17, el Expediente
Electrónico N° 22171003/ENTUR/17 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de "diseñar y ejecutar políticas y
programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica
estratégica de la Ciudad";
Que la Ley N° 4685 modificó la Ley N° 2627 con el propósito de dotar a dicho
organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de
perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo;
Que por Ley N° 5460 se aprobó la nueva Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ente de Turismo en la órbita del
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, en virtud de lo dispuesto por el
artículo 38 de la citada norma, modificatorio del artículo 1° de la Ley N° 2627 de
creación del Ente;
Que el inciso d) del artículo 11 de la Ley N° 2627, modificada por la Ley N° 4685,
faculta al Presidente del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
establecer y aprobar la estructura orgánico funcional y asignar responsabilidades;
Que mediante la Resolución N° 44/ENTUR/11, el Ente adhirió al Régimen Gerencial
establecido mediante los Decretos Nros. 684/09 y 335/11;
Que por Resolución N° 116/ENTUR/17, modificada por la Resolución N° 15/DEJ/17, se
aprobó la actual estructura orgánico-funcional del Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta oportuno proceder a la adecuación de la estructura orgánico funcional del
Ente de Turismo, en respuesta a la necesidad de optimizar la distribución de
responsabilidades, y en aras del fortalecimiento institucional de este Organismo;
Que en este sentido, se procederá a eliminar la Dirección Ejecutiva del Ente de
Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiéndose modificar la
dependencia orgánico funcional de las Direcciones Generales Comunicación y
Competitividad de la Oferta; Promoción Turística; Inteligencia de Mercados y
Observatorio; y Técnica, Administrativa y Legal, las cuales pasarán a depender
funcionalmente de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Gerencia Operativa Asuntos Legales ha tomado la debida intervención que
resulta de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 11° inc. d) de la Ley N°
2627 y modificatoria,
Artículo 1°.- Modifícase, a partir del 1° de septiembre de 2017, la Estructura Orgánico
Funcional del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al
Anexo I (IF N° 22343029-ENTUR/17), que a todos sus efectos forman parte integrante
de la presente.
Artículo 2°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y acciones de las Unidades
de Organización integrantes del organigrama aprobado por el artículo 1°, según se
detalla en el Anexo II (IF N° 22343113-ENTUR/17), que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Elimínase la Dirección Ejecutiva del Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y modifícase la dependencia orgánico funcional de las
Direcciones Generales Comunicación y Competitividad de la Oferta; Promoción
Turística; Inteligencia de Mercados y Observatorio; y Técnica, Administrativa y Legal,
las cuales pasarán a depender funcionalmente de la Presidencia del Ente de Turismo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, a la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de la Gestión Pública y
Presupuesto, y Desarrollo del Servicio Civil, ambas del Ministerio de Hacienda, y a la
Unidad de Auditoría Interna, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Robredo
ANEXOS