DISPOSICIÓN 21 2003 DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Síntesis:

DISPONE LA VIGENCIA DE LOS ESTÁNDARES TECNOLÓGICOS EN MATERIA INFORMÁTICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (VERSIÓN JULIO/2003) DE APLICACIÓN OBLIGATORIA PARA TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

20/06/2003

Sanción:

12/06/2003

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN


Visto los Decretos Nros. 1.023/93 (B.M. N° 19.600); 335/96 (B.O. N° 64) y la Disposición N° 64/DGSINF/01 del 9/8/01, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición N° 64/DGSINF/01 se adecuó la normativa para la solicitud de aprobación de adquisiciones y/o contrataciones informáticas en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que resulta necesario garantizar el uso óptimo de los recursos económicos en materia informática, siendo vital también el perfeccionamiento de los tiempos del proceso de solicitud de especificaciones técnicas;

Que a los fines del apartado precedente se considera imprescindible homogeneizar las características tecnológicas del parque informático del Gobierno de la Ciudad propiciando la compatibilidad entre los distintos elementos tecnológicos en el ámbito informático;

Que en dicha inteligencia es conveniente generar Estándares Tecnológicos en el Gobierno de la Ciudad para los elementos de Hardware, Software y Comunicaciones, como así también para el desarrollo de aplicaciones;

Que esta administración considera esencial profundizar la transparencia y la eficiencia de la gestión pública;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE:

Artículo 1° - A partir del 1° de julio de 2003 se pondrán en vigencia los Estándares Tecnológicos en materia informática del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Versión julio/2003).

Artículo 2° - Los Estándares Tecnológicos mencionados en el artículo 1° serán de aplicación obligatoria para todos los organismos que dependen del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3° - Los Estándares Tecnológicos estarán publicados en la Intranet del GCBA (http://intranet.buenosaires.gov.ar/dgsinf/estandares) y en página de Internet (http://www.buenosaires.gov.ar/dgsinf/estandares).

Artículo 4° - A partir de la entrada en vigencia de la presente Disposición los Organismos podrán realizar la solicitud de elaboración de Especificaciones Técnicas utilizando la aplicación disponible en la Intranet del GCBA (http://intranet/buenos aires.gov.ar/dgsinf/estandares), la cual usa los Estándares Tecnológicos. Para los Organismos que no puedan acceder a la citada página de Intranet, la aplicación mencionada estará disponible en la página de Internet (http://www.buenosaires.gov.ar/dgsinf/estandares).

Artículo 5° - La Dirección General de Sistemas de Información tendrá la responsabilidad de elaborar y mantener actualizados los Estándares Tecnológicos del GCBA, según los adelantos técnicos en la materia y basados en la política informática del Gobierno de la Ciudad.

Artículo 6° - La Dirección General de Sistemas de Información convocará en forma periódica a personal calificado de los diferentes organismos del Gobierno de la Ciudad, que tengan competencia sobre sistemas estratégicos, a fin de informar acerca de las modificaciones de los Estándares Tecnológicos, procedimientos asociados a la aplicación de los mismos, avances tecnológicos y cualquier otro tema relacionado que considere conveniente. Asimismo, las experiencias y apreciaciones de los usuarios, serán consideradas por la Dirección General de Sistemas de Información para efectuar los ajustes que sean necesarios.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad. Cumplido, archívese. Córdoba

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