RESOLUCIÓN 43 1998 PROGRAMA GESTIÓN ADMINISTRATIVA CONCEJO DELIBERANTE

Síntesis:

RECHAZA RECLAMO FORMULADO POR LA EX AGENTE AGUEDA IRMA HONEKER

Publicación:

25/02/1998

Sanción:

21/01/1998

Organismo:

PROGRAMA GESTIÓN ADMINISTRATIVA CONCEJO DELIBERANTE


Visto el Expediente N° 41.791-H-97 en el cual la ex agente del ex Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires Agueda Irma Honeker, F.M. Nº 293.325, solicita la restitución de las sumas que le fueron reducidas de sus haberes por aplicación del Decreto Nº 290-PEN-95, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1º del Decreto Nº 290-PEN-95, B.O. de fecha 12 de marzo de 1995, dispuso la reducción de "las retribuciones brutas totales, mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes, y el sueldo anual complementario, excluyendo las asignaciones familiares del personal del sector público nacional comprendido en los alcances del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156, incluido... el de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Los conceptos no remunerativos y/o bonificables deberán computarse dentro de la retribución bruta, exclusivamente a los fines del cálculo de la reducción dispuesta...",

Que el cumplimiento del referido Decreto Nacional fue dispuesto en el Concejo Deliberante de la Ciudad mediante Decreto Nº 143-P-95 de fecha 6 de marzo de 1995;

Que el Decreto Nº 398-PEN-95, B.O. del 29 de marzo de 1995, sustituyó al Artículo 4º de su similar Nº 290-PEN-95 y estableció "un plazo de caducidad de treinta (30) días hábiles judiciales que comenzará a correr a partir de la percepción de la retribución reducida de conformidad con lo establecido en los Artículos 1º y 2º para que los trabajadores del sector público ejerzan judicialmente los derechos que consideren les asisten. Vencido dicho plazo, se extinguirá toda acción o derecho contra lo establecido en el presente y sus actos de ejecución particulares”;

Que al mismo tiempo, el referido artículo dispone "la irrecurribilidad en sede administrativa por cualquier medio, de todos los actos que se adopten o realicen como consecuencia de lo dispuesto en este decreto”;

Que se trata de una norma de carácter nacional, que dispone, en forma general, la reducción de las retribuciones del personal del Sector Público de dicho nivel y el de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (hoy Gobierno de la Ciudad), entendida por tal la persona jurídica que a esa época englobaba al entonces Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires, por lo que el mandato expreso de la misma hizo a su aplicación en el ámbito de aquel Cuerpo, el que en tal inteligencia, dictó el mencionado Decreto Nº 143-P-95;

Que un análisis hermenéutico de la norma transcripta permite colegir qué pretensión que pudo originarse en la aplicación de las medidas dispuestas debió ser articulada oportunamente, en sede judicial, a través de las acciones legales que el ordenamiento jurídico pone al alcance de los particulares para hacer valer sus derechos, y no en sede administrativa, toda vez que la misma norma dispuso expresamente la irrecurribilidad en este ámbito de todos los actos adoptados para la implementación de las medidas dispuestas por el Decreto Nº 290-PEN-95;

Por ello,

EL RESPONSABLE DEL PROGRAMA
DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL
EX CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° - Rechazar el reclamo formulado por la ex agente Agueda Irma Honeker, F.M. Nº 293.325, por improcedente.

Art. 2° - Notificar a la actuante la presente resolución, haciéndole saber que atento los términos del Decreto Nacional Nº 398-PEN-95, los actos adoptados como consecuencia del Decreto Nº 290-PEN-95 son irrecurribles en sede administrativa.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección Ejecutiva de Administración del Personal.

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