DISPOSICIÓN 114 2017 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Síntesis:
SE APRUEBA - UNIFICACIÓN - PROCEDIMIENTO - CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS FUERA DE LAS SEDES - REGISTRO CIVIL - DOMICILIOS PRIVADOS - LUGARES EMBLEMÁTICOS - REGISTRO DE OFICIALES PÚBLICOS - LISTADO - GERENCIA OPERATIVA REGISTRACIÓN E INSCRIPCIONES - CASAMIENTOS - LUGARES - CEREMONIAS - INSCRIPCIÓN DE OFICIAL PÚBLICO - SOLICITUDES - DÍAS - GUARDIAS EN DÍAS INHÁBILES - NOTIFICACIÓN OFICIAL - TRAMITACIÓN - COMUNICACIONES OFICIALES
Publicación:
04/12/2017
Sanción:
28/11/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.413, el Decreto N° 310/17, la Disposición DI -2016-77 DGRC y
la Disposición DI-2017-20-DGRC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 establece que todos los hechos que den origen, alteren
o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas, deberán inscribirse en los
correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 310/17, la Dirección General
Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la
Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, es el órgano que desempeña
las funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición DI -2016-77-DGRC se autorizó a los oficiales públicos del
Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
celebrar matrimonios fuera de las sedes del Registro Civil, en aquellos lugares que por
su valor histórico y/o cultural se consideren emblemáticos y se habiliten a tal fin;
Que la Disposición DI-2017-20-DGRC, estableció en su Artículo Primero "autorizar la
celebración de matrimonios fuera de las oficinas de este Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que el Articulo 9° de la mencionada Disposición determina: Procedimiento: La
Gerencia Operativa Registración: A) Mantendrá actualizado un listado de ceremonias
en domicilios privados. B) Llevará el registro de Oficiales Públicos que se inscriban
para celebrar las "Ceremonias en Domicilios Privados".
El Oficial Público que no se encuentre inscripto en el registro, pero que aún así solicite
a la Gerencia Operativa Registración efectuar una ceremonia en domicilio privado, por
lazos afectivos, podrá ser autorizado..."
Que por razones de eficiencia y eficacia administrativa, corresponde unificar el
procedimiento para llevar a cabo las celebraciones de matrimonios fuera de las sedes
del Registro Civil, ya sea en domicilios privados, como también en lugares
emblemáticos de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con la normativa vigente;
Que también resulta menester aprobar la nomina de Oficiales Públicos autorizados a
celebrar los matrimonios fuera de las sedes del Registro Civil, según lo descripto en el
párrafo que antecede, según lo dispuesto en el punto B) del Artículo 9 de la
Disposición DI-2017-20-DGRC antes mencionada;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
ARTICULO 1°: Aprobar la unificación del procedimiento de celebración de los
matrimonios fuera de las sedes del Registro Civil, ya sea en domicilios privados como
en lugares emblemáticos todos ellos, dentro de la Ciudad de Buenos Aires, el que
como Anexo 1 forma parte de la presente (IF 27736822-2017-DGRC).
ARTÍCULO 2°: Aprobar el registro establecido en el punto B) del Artículo 9 de la
Disposición DI-2017-20-DGRC, el que estará integrado por Oficiales Públicos que
constan en el listado que como Anexo 2 forma parte integrante de esta Disposición (IF
-27737136-2017-DGRC)
ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Subgerencia de Matrimonios y Uniones Convivenciales,
dependiente de la Gerencia de Registración e Inscripciones y a la Gerencia Operativa
Archivo y Soporte Administrativo, para que ponga en conocimiento de lo aquí
dispuesto al resto de las dependencias y a los oficiales públicos de este Registro.
Publíquese y cumplido lo dispuesto, oportunamente archívese. Cordeiro
ANEXOS