LEY 5938 2017
Síntesis:
SE DESAFECTA - UTILIDAD PÚBLICA - SUJETO A OCUPACIÓN TEMPORARIA - INMUEBLE - CALLES TERRADA 1164 - AV GAONA 3415 Y 3449 -AV NAZCA 1145 - LUIS VIALE SIN NÚMERO - PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN ISRAELITA DE BENEFICENCIA Y SOCORROS MUTUOS - EXPROPIACIÓN LOS BIENES INTANGIBLES Y LOS BIENES MUEBLES - SE ABRÓGAN LAS LEYES 1911 Y 2971
Publicación:
21/12/2017
Sanción:
07/12/2017
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
20/12/2017
Artículo 1°.- Desaféctase de utilidad pública y sujeto a ocupación temporaria el
inmueble ubicado en las calles Terrada 1164, Av. Gaona 3415 y 3449, Av. Nazca 1145
y Luis Viale sin número, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nomenclatura
catastral circunscripción 15, sección 67, manzana 38 y parcelas 1 y 8, según artículo
1° de la Ley 1911 y artículo 1° de la Ley 2971, de propiedad de la Asociación Israelita
de Beneficencia y Socorros Mutuos.
Art 2°.- Desaféctanse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes intangibles
y los bienes muebles detallados en el inventario judicial afectados por el artículo 3° de
la Ley 1911 y artículo 3° de la Ley 2971.
Art 3°.- Abróganse las Leyes 1911 y 2971.
Art 4°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez