ORDENANZA 52358 1997
Síntesis:
NORMA DEROGADA - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES. INCORPORA INCISO AL CAPÍTULO 13.6.3
Publicación:
30/03/1998
Sanción:
02/12/1997
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
26/12/1997
Estado:
No vigente
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1° - Modifícanse las Ordenanzas Nros. 33.266 (B.M. N?15.419) y 34.421 (B.M. N?15.852), Código de Habilitaciones y Verificaciones, incorporándose en el Capítulo 13.6.3 (Prohibiciones) el inciso ?? que quedará redactado de la siguiente manera:
i: la publicidad de la actividad comercial de la práctica de tiro al blanco que incluya la exhibición de armas de fuego.
Art. 2?- Comuníquese, etcétera.
ANEXOS
Buenos Aires, 18 de marzo de 1998.
La presente Ordenanza N° 52.358, ha quedado automáticamente promulgada el 26 de diciembre de 1997.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Planificación Presupuestaria y a la Dirección de Administración de Bienes, gírese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.
Germán A. Voss
Subsecretario Legal y Técnico