DECRETO 6716 1983
Síntesis:
AMPLÍA EL ARTÍCULO 4° DEL ANEXO I DEL DECRETO N° 5.919/83, INCORPORANDO UN MÉDICO OBSTETRA AL SECTOR DE URGENCIA DEL HOSPITAL CARLOS G. DURAND
Publicación:
14/11/1983
Sanción:
28/10/1983
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto que por Decreto N° 5.919/83 (B.M. N� 17.133) se aprobó la Reglamentación del Sector de Urgencia de los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que al elaborarse el citado proyecto se ha deslizado un error involuntario al establecer la dotación diaria del Sector de Urgencia del Hospital �Carlos G. Durand�, omitiéndose la incorporación de un (1) médico especialista en Obstetricia;
Que dicho incremento había sido oportunamente considerado por la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente en base a las reales necesidades del establecimiento, corresponde ampliar los términos del citado ordenamiento incorporando la referida especialidad a la dotación de que se trata;
Por ello,
Artículo 1° - Amplíase el artículo 4� del Anexo I del Decreto N� 5.919/83 (B.M. N� 17.133) incorporándose al Sector de Urgencia del Hospital �Carlos G. Durand� un (1) médico especialista en Obstetricia.
Art. 2° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud Pública y Medio Ambiente, de Economía y General de la Intendencia.
Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines pase a la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente, Dirección General del Personal, Dirección General de Finanzas y Subsecretaría de Planeamiento.