RESOLUCIÓN 32 2018 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE FIJA FECHA DE INICIO - COMPETENCIAS PENALES - DELITOS - PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD EN DELITOS - MINISTERIO PÚBLICO - ABUSO DE ARMAS - VIOLACIÓN DE DOMICILIO - INCENDIO Y OTROS ESTRAGOS - TENENCIA PORTACIÓN Y PROVISIÓN DE ARMAS DE GUERRA DE USO CIVIL CONDICIONAL - IMPEDIMENTO U OBSTRUCCIÓN DE CONTACTO - PENALIZACIÓN DE ACTOS DISCRIMINATORIOS - DELITOS Y CONTRAVENCIONES EN EL DEPORTE Y EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS - ATENTADO Y RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD - FALSA DENUNCIA DE DELITOS - USURPACIÓN DE AUTORIDAD TÍTULOS U HONORES - ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS - VIOLACIÓN DE SELLOS Y DOCUMENTOS - COHECHO Y TRÁFICO DE INFLUENCIAS - MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS - NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS - EXACCIONES ILEGALES - ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS - PREVARICATO - DENEGACIÓN Y RETARDO DE JUSTICIA - FALSO TESTIMONIO - EVASIÓN Y QUEBRANTAMIENTO DE PENA - FALSIFICACIÓN DE SELLOS TIMBRES Y MARCAS - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS - DELITOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL - CONTRA LA LIBERTAD DE TRABAJO Y ASOCIACIÓN - ESTAFA PROCESAL - DEFRAUDACIÓN - DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁNSITO - DESARMADO DE AUTOS SIN AUTORIZACIÓN - PROFILAXIS - SUMINISTRO INFIEL E IRREGULAR DE MEDICAMENTOS

Publicación:

16/02/2018

Sanción:

06/02/2018

Organismo:

DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:

Lo establecido en las Leyes N° 26.702 de la Nación y N° 5935 de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y;

CONSIDERANDO:

Que, la ley nacional 26.702 dispuso el traspaso de competencias penales a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, previa aceptación por parte de esta última jurisdicción,

aspecto al que se dio cumplimiento con el dictado de la ley local N° 5935.-

Conforme lo establecido en el art. 3 de la Ley N° 5935, corresponde al Ministerio

Público determinar en forma conjunta el cronograma de entrada en vigencia de los

delitos contemplados en el Anexo de la Ley N° 26.702, con remisión al Consejo de la

Magistratura para su consideración.

Según las actuales estructuras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, evaluamos pertinente asumir a partir del 1 de marzo de 2018 la competencia

para entender en los hechos aprehendidos por las normas y con el alcance que se

detallan en el Anexo I de la presente.

Por las razones expuestas, de conformidad con las potestades previstas en las Leyes

N° 1903 y 5935;

EL FISCAL GENERAL ADJUNTO INTERINAMENTE A CARGO

DE LA FISCALIA GENERAL, EL DEFENSOR GENERAL Y

LA ASESORA GENERAL TUTELAR

RESUELVEN:

Artículo 1°.-: A partir de las cero horas del 1° de marzo de 2018, entrará en vigencia la

competencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para

entender en los delitos descriptos en el Anexo I de esta Resolución.

Artículo 2°.-: Remitir la presente Resolución Conjunta al Consejo de la Magistratura de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en el art. 3 de la Ley N°

5935.

Artículo 3°.-: Regístrese, oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hágase saber a los/as integrantes del Ministerio Público

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor

Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Faltas, al

señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional,

al señor Subprocurador General a cargo de la Procuración General de la Nación, a la

señora Defensora General de la Nación, al señor Ministro de Justicia y Seguridad de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Ministra de Seguridad de la Nación, al

señor Ministro de Justicia de la Nación, al señor Jefe de la Policía Federal, al señor

Jefe de la Prefectura Naval Argentina, al señor Jefe de la Gendarmería Nacional, al

señor Jefe de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al señor Director Nacional de

Migraciones y ARCHIVESE. Cevasco - Corti - Bendel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5316

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 2 Resolucion 40-FG-21 deroga la Resolucion 32-DG...-18..</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 32-DG-FG-AT-18 etablece que a partir de las cero horas del 1-3-18, entrará en vigencia la<br />competencia del Poder Judicial de la Ciudad para entender en los delitos descriptos en su Anexo I, según lo previsto por Art. 3 de la Ley 5935. </p>