RESOLUCIÓN 32 2018 DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE FIJA FECHA DE INICIO - COMPETENCIAS PENALES - DELITOS - PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD EN DELITOS - MINISTERIO PÚBLICO - ABUSO DE ARMAS - VIOLACIÓN DE DOMICILIO - INCENDIO Y OTROS ESTRAGOS - TENENCIA PORTACIÓN Y PROVISIÓN DE ARMAS DE GUERRA DE USO CIVIL CONDICIONAL - IMPEDIMENTO U OBSTRUCCIÓN DE CONTACTO - PENALIZACIÓN DE ACTOS DISCRIMINATORIOS - DELITOS Y CONTRAVENCIONES EN EL DEPORTE Y EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS - ATENTADO Y RESISTENCIA CONTRA LA AUTORIDAD - FALSA DENUNCIA DE DELITOS - USURPACIÓN DE AUTORIDAD TÍTULOS U HONORES - ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS - VIOLACIÓN DE SELLOS Y DOCUMENTOS - COHECHO Y TRÁFICO DE INFLUENCIAS - MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS - NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS - EXACCIONES ILEGALES - ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO DE FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS - PREVARICATO - DENEGACIÓN Y RETARDO DE JUSTICIA - FALSO TESTIMONIO - EVASIÓN Y QUEBRANTAMIENTO DE PENA - FALSIFICACIÓN DE SELLOS TIMBRES Y MARCAS - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS - DELITOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL - CONTRA LA LIBERTAD DE TRABAJO Y ASOCIACIÓN - ESTAFA PROCESAL - DEFRAUDACIÓN - DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁNSITO - DESARMADO DE AUTOS SIN AUTORIZACIÓN - PROFILAXIS - SUMINISTRO INFIEL E IRREGULAR DE MEDICAMENTOS
Publicación:
16/02/2018
Sanción:
06/02/2018
Organismo:
DEFENSORIA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
Lo establecido en las Leyes N° 26.702 de la Nación y N° 5935 de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y;
CONSIDERANDO:
Que, la ley nacional 26.702 dispuso el traspaso de competencias penales a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, previa aceptación por parte de esta última jurisdicción,
aspecto al que se dio cumplimiento con el dictado de la ley local N° 5935.-
Conforme lo establecido en el art. 3 de la Ley N° 5935, corresponde al Ministerio
Público determinar en forma conjunta el cronograma de entrada en vigencia de los
delitos contemplados en el Anexo de la Ley N° 26.702, con remisión al Consejo de la
Magistratura para su consideración.
Según las actuales estructuras del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, evaluamos pertinente asumir a partir del 1 de marzo de 2018 la competencia
para entender en los hechos aprehendidos por las normas y con el alcance que se
detallan en el Anexo I de la presente.
Por las razones expuestas, de conformidad con las potestades previstas en las Leyes
N° 1903 y 5935;
Artículo 1°.-: A partir de las cero horas del 1° de marzo de 2018, entrará en vigencia la
competencia del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
entender en los delitos descriptos en el Anexo I de esta Resolución.
Artículo 2°.-: Remitir la presente Resolución Conjunta al Consejo de la Magistratura de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo previsto en el art. 3 de la Ley N°
5935.
Artículo 3°.-: Regístrese, oportunamente publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hágase saber a los/as integrantes del Ministerio Público
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al señor
Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y Faltas, al
señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional,
al señor Subprocurador General a cargo de la Procuración General de la Nación, a la
señora Defensora General de la Nación, al señor Ministro de Justicia y Seguridad de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la señora Ministra de Seguridad de la Nación, al
señor Ministro de Justicia de la Nación, al señor Jefe de la Policía Federal, al señor
Jefe de la Prefectura Naval Argentina, al señor Jefe de la Gendarmería Nacional, al
señor Jefe de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al señor Director Nacional de
Migraciones y ARCHIVESE. Cevasco - Corti - Bendel