DISPOSICIÓN 885 2003 DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

Síntesis:

ARCHIVO DE ACTUACIONES DE MANERA PERMANENTE, EN LOS TÉRMINOS DE LA DISPOSICIÓN N° 591/DGHP/02, B.O. N° 1582

Publicación:

14/07/2003

Sanción:

26/06/2003

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS


Visto el Decreto N° 2.516/98 (B.O. N° 581) y la Disposición N° 591/DGHP/02 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 591/DGHP/02 se estableció como mecanismo procedimental, el archivo con carácter permanente de los expedientes tramitados conforme los términos del Decreto N° 2.516/98, en los que habiéndose otorgado la correspondiente habilitación o transferencia hubieran transcurrido 90 días contados a partir de la fecha de emisión de la documentación habilitante sin que el interesado haya procedido al retiro de dicha documentación.

Que en la actualidad existen numerosos expedientes en la repartición que encuadran en la situación prevista por la Disposición señalada, por lo cual atendiendo a razones de mejor orden administrativo, es oportuno su archivo.

Que en el marco de la norma citada, y una vez transcurridos diez días de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires de la norma que así lo disponga, sin que el interesado haya manifestado de manera fehaciente su voluntad de retirar la documentación correspondiente, se remitirán las actuaciones a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, donde el Departamento Archivo General se hará cargo de la custodia y conservación de las mismas.

Que dicho archivo en ningún caso importará la caducidad de la habilitación otorgada, ni la pérdida de derechos, pudiendo igualmente los interesados solicitar el desarchivo del Expediente por escrito en la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, para su remisión a esta Dirección General a los efectos de su consideración y ulterior entrega de la respectiva documentación habilitante.

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE

HABILITACIONES Y PERMISOS

DISPONE:

Artículo 1° - Archívese con carácter permanente y en los términos de la Disposición N° 591/DGHP/02, las actuaciones que se enumeran en el Anexo que forma parte de la presente Disposición.

Artículo 2° - Regístrese. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, a las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, y a los Consejos Profesionales de Arquitectura y Urbanismo, de Ingeniería Civil, de Ingeniería Industrial y de Agrimensura, Cumplido Archívese. Kullock

ANEXO

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