DISPOSICIÓN 69 2018 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA PROTOCOLO DE ENCUENTROS INFORMATIVOS OBLIGATORIOS - EIO - PROGRAMA DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES SIN CUIDADOS PARENTALES - REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES ADOPTIVOS - RUAGA - JORNADAS - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

26/02/2018

Sanción:

30/01/2018

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO:

La Ley nacional N° 25.854, las Leyes Nros. 114 y 1.417 (textos consolidados por Ley

N° 5.666), las Resoluciones Nros. 353/CDNNyA/2017 y 506/CDNNyA/2017, el

Expediente Electrónico N° 03.685.316/MGEyA-DGGPP/2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) fue

creado por la Ley nacional N° 25.854, la cual establece que su objeto es formalizar

una lista de aspirantes a guarda con fines de adopción;

Que dicho Registro se instrumentó en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires bajo la órbita del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

mediante la Ley N° 1.417 (texto consolidado por Ley N° 5.666), siendo facultad del

mismo evaluar la idoneidad de los aspirantes para ser admitidos, pudiendo aceptar o

denegar las solicitudes, así como también decidir sobre la procedencia de la

continuidad o revocación de las inscripciones;

Que a su vez, por la Resolución N° 353/CDNNyA/2017 se creó el Programa de Niñas,

Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, el cual comprende, entre otras, al Área

de Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, aprobándose el

reglamento del mencionado Programa;

Que la Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas, Niños

y Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de esta Dirección General, es la

unidad de organización a cargo de la Coordinación del Programa de Niñas, Niños y

Adolescentes Sin Cuidados Parentales;

Que conforme lo normado por el Capítulo IV, Título II, del reglamento del citado

Programa, los aspirantes a guardas con fines adoptivos deberán participar de

Encuentros Informativos Obligatorios (EIO) con carácter previo a su inscripción en el

RUAGA, configurando dichos encuentros el inicio del recorrido del proceso evaluativo

de los aspirantes, conforme lo establecido en el Protocolo de Evaluación del RUAGA,

aprobado mediante Resolución N° 506/CDNNyA/2017;

Que en virtud de lo expuesto, y fin de dar cumplimiento con las funciones establecidas

mediante la Resolución N° 353/CDNNyA/2017, resulta necesario disponer de un

Protocolo de EIO;

Que mediante dicho acto administrativo se delegó en el/la titular de la Dirección

General de Gestión de Políticas y Programas, la facultad de aprobar o modificar

mediante disposición, el Protocolo de Encuentros Informativos Obligatorios;

Que en consecuencia, deviene necesario dictar el acto administrativo por el que se

apruebe el mencionado Protocolo;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 1.417 (texto consolidado

por Ley N° 5.666) y las Resoluciones Nros. 353/CDNNyA/2017 y 668/CDNNyA/2017,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE

Artículo 1.- Apruébese el Protocolo de Encuentros Informativos Obligatorios, que como

Anexo IF N° 04.254.585/DGGPP/2018, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial. Para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección Operativa de Programas Especiales de Protección para Niñas,

Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, dependiente de esta Dirección General

de Gestión de Políticas y Programas. Cumplido, archívese. Ordoñez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5322

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 69-CDNNYA-18 aprueba el Protocolo de Encuentros Informativos Obligatorios en el marco del Programa de Niñas Niños y Adolescentes sin Cuidados Parentales, creado por Resolución 353-CDNNYA-17.</p>