RESOLUCIÓN 500 2013 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
APRUEBA REGLAMENTO - CONTROL DE ACCESO ASISTENCIA Y PERMANENCIA DE PERSONAL - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - OBJETIVOS - FUNDAMENTO NORMATIVO - HORARIOS - PLANILLAS - EXCEPCIONES - FLEXIBILIDAD HORARIA - COMPENSACIÓN - INASISTENCIAS - SANCIONES - HORARIO LABORAL - AGENTES - ENTRADA - SALIDA
Publicación:
12/03/2018
Sanción:
08/11/2013
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO:
El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, las Resoluciones del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°
84/2003 sus modificatorias y complementarias y N° 132/2011 sus modificatorias y
complementarias, el Acta de Directorio 551 del 31 octubre de 2013, el Expediente N°
699/EURSPCABA/2009, y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 138 de la Constitución de la Ciudad creó al Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de
personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, mediante la Ley N° 210 se reglamentó su constitución estableciendo en el
Artículo 11, incisos. c) y d), que son funciones de su Directorio determinar la estructura
orgánica del Ente, contratar personal y también proceder a su remoción por acto
fundado respetando el debido proceso;
Que, la Resolución N° 84/EURSPCABA/2003 aprobó el Estatuto del Personal del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos el que rige las relaciones laborales del
personal permanente y no permanente;
Que, a través de la Resolución N° 132/ERSP/2011 se aprobó el Sistema de
Trayectoria Laboral del Personal Permanente de Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, conforme lo establecido en el Estatuto del Personal del Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los Capítulos V,
VIII, IX y sus respectivos artículos, el Directorio resolvió implementar un sistema de
control de asistencia mediante el uso de un dispositivo de registración de datos
biométricos y aprobar el Reglamento para el Control de Acceso, Asistencia y
Permanencia del Personal del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LO SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento para el Control de Acceso, Asistencia y
Permanencia del Personal del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo forma parte de esta resolución.
Artículo 2°.- Lo resuelto en el artículo precedente entrará en vigencia y será de
aplicación a partir del 18/11/2013.
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese todas las unidades de organización con rango de gerencia, área,
departamento y fuera de nivel. Cumplido, archívese. Ferrali - Amado - Michielotto -
García