RESOLUCIÓN 513 2018 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
SE APRUEBA SUPLEMENTO DE APOYO A LA FUNCIÓN TUTORIAL - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - TUTORES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PRIMER CICLO DE LA MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL DE NIVEL SECUNDARIO DIURNO - CICLO BÁSICO Y PARA EL CICLO ORIENTADO DE LA FORMACIÓN GENERAL ESTABLECIMIENTOS - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN TÉCNICA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN PRIVADA - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA - PLAN PERSONAL DE APRENDIZAJE - ACOMPAÑAMIENTO PERSONALIZADO - DOCENTES - ESTUDIANTES - ALUMNOS DE PRIMER AÑO - PLANILLA PARA DESIGNACIONES
Publicación:
21/03/2018
Sanción:
07/03/2018
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.206, La Ley N° 5.460 y su modificatoria, el Decreto N° 363/15 y
sus modificatorios, las Resoluciones N° 4184-MEGC/06, N° 4145-SSGECP/12, N°
321-MEGC/15, N° 653-MEGC/18, el Expediente Electrónico N° 5.389.388/MGEYA-
DGEDS/18, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece que la
planificación, organización, supervisión y financiación del Sistema Educativo Nacional
es responsabilidad de manera concertada del Estado Nacional, las Provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria se aprueba la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Educación
y al Ministerio de Hacienda;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprueba la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que oportunamente, por la Resolución N° 4184-MEGC/06 se establecieron los
lineamientos básicos para la función de profesor tutor;
Que por Resolución N° 4145-SSGECP/12, complementarias y modificatorias, se
aprueba el Diseño Curricular Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de
Nivel Secundario diurno;
Que por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias, se aprobó
el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el Ciclo
Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes de la
Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección
General de Educación de Gestión Estatal, de la Dirección de Educación Superior y de
la Dirección General de Gestión Privada correspondiente a la Nueva Escuela
Secundaria en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que los mencionados Diseños Curriculares se vienen implementando en esta
jurisdicción, en virtud de lo cual deviene necesario continuar con el proceso de
profundización de los mismos, así como de las metodologías de enseñanza;
Que por Resolución N° 653-MEGC/18 se aprobó el instrumento denominado Plan
Personal de Aprendizaje, cuyo objetivo es dar cuenta del acompañamiento
personalizado que el equipo tutorial realiza con cada estudiante de primer año de nivel
secundario, conforme el diseño curricular aprobado por
Resolución N°
4145/SSGECP/12, complementarias y modificatorias, y por la Resolución N°
321/MEGC/15, complementarias y modificatorias;
Que asimismo la Resolución mencionada en su artículo 2 establece que, la tarea
desarrollada por el Equipo Tutorial de cada establecimiento será plasmada en el
instrumento aprobado por el Artículo 1° por un miembro de dicho equipo tutorial,
designado por el Director/Rector;
Que en idéntico sentido establece en su artículo 3 que será de aplicación en las
Secciones de Primer (1er) año de los establecimientos educativos enumerados en la
Resolución N° 653-MEGC/18;
Que la nueva función asignada por el Director/Rector al miembro del equipo tutorial
conlleva una nueva tarea y responsabilidad que corresponde sea distinguida con la
remuneración mediante un suplemento de "Apoyo a la Función Tutorial" de carácter no
remunerativo y no bonificable, por sección de primer año de las escuelas impactadas
por la Profundización de la Nueva Escuela Secundaria, para ser asignados entre
febrero y diciembre de cada año al miembro del equipo tutorial designado;
Que por los motivos expuestos, y a fin de llevar a cabo la función encomendada por la
mencionada Resolución, resulta necesario aprobar el "Suplemento de Apoyo a la
Función Tutorial", únicamente para algún miembro del equipo tutorial de los primeros
años de las escuelas impactadas por la Profundización de la Nueva Escuela
Secundaria;
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria establece en su artículo 17 que el Ministerio de
Hacienda tiene entre sus objetivos diseñar e implementar las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por el artículo 20 de la Ley precitada estableció que el Ministerio de Educación
tiene a su cargo la planificación y administración de los recursos del sistema educativo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y la
Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación
han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias;
Artículo 1.- Apruébase el "Suplemento de Apoyo a la Función Tutorial" a los efectos de
retribuir a los docentes designados, cuyas condiciones se detallan en el Anexo I (IF-
2018-06520775-DGCLEI), el que a todos los efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Apruébase la planilla para la designación de los docentes que percibirán el
"Suplemento de Apoyo a la Función Tutorial" aprobado por el Artículo 1° de la
presente Resolución conforme el Anexo II (IF-2018- 06510858-DGCLEI), el que a
todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Establézcase que el suplemento aprobado en el artículo 1°, tendrá carácter
no remunerativo y no bonificable.
Artículo 4.- Establézcase que la Sra. Ministra de Educación y/o el Subsecretario de
Carrera Docente y Formación Técnica Profesional de dicho Ministerio en forma
indistinta, procederán a designar y cesar al personal comprendido en la presente
Resolución, a propuesta del Director/Rector de cada establecimiento.
Artículo 5.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente norma, será afectado Jurisdicción 55 - UE 561 - Programa 37 - Actividad
10.000 - Fuente 11 - Inciso 1.
Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, a las Direcciones Generales de Administración de
Recursos, de Personal Docente y No Docente, de Educación de Gestión Estatal y de
Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación, y a la Dirección
General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Oficina de Gestión Pública
y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Gírese a la Subsecretaría de Carrera
Docente y Formación Técnica Profesional. Cumplido, archívese. Acuña - Mura