RESOLUCIÓN 888 2018 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - FORMULARIOS - TRAMITACIÓN DE CESANTÍAS DE PERSONAL - ARTÍCULO 53 INCISO B - LEY  471 - DELEGA FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - NORMAS INTERPRETATIVAS - ACLARATORIAS - OPERATIVAS - MINISTERIO DE HACIENDA

Publicación:

23/03/2018

Sanción:

20/03/2018

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA

Estado:

No vigente


VISTO:

Las Leyes N° 471 y 5.460 (textos consolidados según Ley N° 5.666), el Decreto N°

184/10, la Resolución N° 215/MMGC/14, y el Expediente Electrónico N°

7945421/MGEYA/DGALP/2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471, regula las relaciones laborales en la Administración Pública de esta

Ciudad, constituyendo la norma estatutaria que rige el empleo público en este ámbito;

Que el artículo 10 inciso a) de la mencionada Ley establece que los agentes que

integran esta Administración tienen la obligación de "...prestar personal y

eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad

determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los

equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su

cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral";

Que en tal sentido, se advierte que si un agente de esta Administración, inasiste a sus

tareas, se configura una falta administrativa que justifica la aplicación de la sanción

correspondiente;

Que el artículo 53, inciso b) de la Ley antes mencionada, establece una causal

específica de cesantía por inasistencias injustificadas que excedan los quince (15)

días en el lapso de los doce (12) meses inmediatos anteriores;

Que por otra parte, dicho plexo normativo determina en su artículo 56 que quedan

exceptuados del procedimiento de sumario previo los supuestos que a continuación se

enumeran: a) los apercibimientos, b) las suspensiones por un término inferior a los 10

días, y c) las sanciones previstas en los incisos a) y b) del artículo 51, en los incisos a)

y b) del 52 y en los incisos b) y d) del artículo 53;

Que asimismo, el Decreto N° 184/10 aprobó la reglamentación del Capítulo XII del

Régimen Disciplinario de la citada Ley N° 471;

Que consecuentemente, mediante el dictado de la Resolución N° 215/MMGC/14, se

aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las cesantías de personal

comprendidas en el artículo 53, inciso b);

Que en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 5.460 a este Ministerio

de Hacienda, para diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de

los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad, resulta oportuno aprobar un nuevo

procedimiento administrativo para las cesantías de personal comprendidas en el citado

artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471, dejando, en consecuencia, sin efecto los

términos de la Resolución N° 215/MMGC/14, a fin facilitar y agilizar el procedimiento

en la tramitación de las mismas.

Por ello y en uso de facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 5460,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 215/MMGC/2014.

Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento administrativo que deberá observarse para la

tramitación de las cesantías comprendidas en el artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471,

que como Anexo I (IF-2018-07956919-DGALP) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°. - Apruébanse los formularios para el procedimiento de cesantías de

personal comprendidas en el artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471 que, como Anexo II

(IF-2018-07956732-DGALP), Anexo III (IF-2018-07956656-DGALP) y Anexo IV (IF-

2018-07956581-DGALP), forman parte integrante de la presente.

Artículo 4°. - Delégase en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la

facultad de dictar normas interpretativas, aclaratorias y operativas respecto del

procedimiento aprobado por la presente Resolución.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las

reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de

Buenos Aires, a la Sindicatura de la Ciudad de Buenos Aires y a los organismos

descentralizados de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5341

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución 888-MHGC-18 aprueba el procedimiento para la tramitación de las cesantías del Art. 53 inciso b) de la Ley 471.</p><p>Art. 3 aprueba los formularios para el procedimiento de cesantías de personal. </p>
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 6444/MHFGC/22 deja sin efecto la Resolución 888/MHGC/2018.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 888-MHGC-18 deja sin efecto la Resolución 215-MMGC-2014.</p>