RESOLUCIÓN 888 2018 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - FORMULARIOS - TRAMITACIÓN DE CESANTÍAS DE PERSONAL - ARTÍCULO 53 INCISO B - LEY 471 - DELEGA FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - NORMAS INTERPRETATIVAS - ACLARATORIAS - OPERATIVAS - MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
23/03/2018
Sanción:
20/03/2018
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes N° 471 y 5.460 (textos consolidados según Ley N° 5.666), el Decreto N°
184/10, la Resolución N° 215/MMGC/14, y el Expediente Electrónico N°
7945421/MGEYA/DGALP/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471, regula las relaciones laborales en la Administración Pública de esta
Ciudad, constituyendo la norma estatutaria que rige el empleo público en este ámbito;
Que el artículo 10 inciso a) de la mencionada Ley establece que los agentes que
integran esta Administración tienen la obligación de "...prestar personal y
eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad
determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los
equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su
cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral";
Que en tal sentido, se advierte que si un agente de esta Administración, inasiste a sus
tareas, se configura una falta administrativa que justifica la aplicación de la sanción
correspondiente;
Que el artículo 53, inciso b) de la Ley antes mencionada, establece una causal
específica de cesantía por inasistencias injustificadas que excedan los quince (15)
días en el lapso de los doce (12) meses inmediatos anteriores;
Que por otra parte, dicho plexo normativo determina en su artículo 56 que quedan
exceptuados del procedimiento de sumario previo los supuestos que a continuación se
enumeran: a) los apercibimientos, b) las suspensiones por un término inferior a los 10
días, y c) las sanciones previstas en los incisos a) y b) del artículo 51, en los incisos a)
y b) del 52 y en los incisos b) y d) del artículo 53;
Que asimismo, el Decreto N° 184/10 aprobó la reglamentación del Capítulo XII del
Régimen Disciplinario de la citada Ley N° 471;
Que consecuentemente, mediante el dictado de la Resolución N° 215/MMGC/14, se
aprobó el procedimiento administrativo electrónico para las cesantías de personal
comprendidas en el artículo 53, inciso b);
Que en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 5.460 a este Ministerio
de Hacienda, para diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de
los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad, resulta oportuno aprobar un nuevo
procedimiento administrativo para las cesantías de personal comprendidas en el citado
artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471, dejando, en consecuencia, sin efecto los
términos de la Resolución N° 215/MMGC/14, a fin facilitar y agilizar el procedimiento
en la tramitación de las mismas.
Por ello y en uso de facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 5460,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 215/MMGC/2014.
Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento administrativo que deberá observarse para la
tramitación de las cesantías comprendidas en el artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471,
que como Anexo I (IF-2018-07956919-DGALP) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°. - Apruébanse los formularios para el procedimiento de cesantías de
personal comprendidas en el artículo 53, inciso b) de la Ley N° 471 que, como Anexo II
(IF-2018-07956732-DGALP), Anexo III (IF-2018-07956656-DGALP) y Anexo IV (IF-
2018-07956581-DGALP), forman parte integrante de la presente.
Artículo 4°. - Delégase en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos la
facultad de dictar normas interpretativas, aclaratorias y operativas respecto del
procedimiento aprobado por la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura de la Ciudad de Buenos Aires y a los organismos
descentralizados de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura