RESOLUCIÓN 6444 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 888-MHGC-18 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN DE CESANTÍAS - ARTÍCULO 62 INCISO B) DE LA LEY 471 - RELACIONES LABORALES - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Publicación:
07/11/2022
Sanción:
03/11/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados según Ley N° 6.347), la
Resolución N° 888/GCABA-MHGC/2018 y el E.E.N° 38820711-GCABA-DGCLAP/22 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471, regula las relaciones laborales en la Administración Pública de esta
Ciudad, constituyendo la norma estatutaria que rige el empleo público en este ámbito;
Que el artículo 62, inciso b) de la Ley antes mencionada, establece una causal
específica de cesantía por inasistencias injustificadas que excedan los quince (15)
días en el lapso de los doce (12) meses inmediatos anteriores;
Que por otra parte, dicho plexo normativo determina en su artículo 65 que quedan
exceptuados del procedimiento de sumario previo, entre otros, el supuesto
anteriormente citado;
Que en dicho contexto, por Resolución N° 888/GCABA-MHGC/18 se aprobó el
procedimiento administrativo para la tramitación de las cesantías comprendidas en el
artículo 62, inciso b) de la Ley N° 471;
Que la Ley N° 6.292, estableció entre los objetivos de este Ministerio el de diseñar e
implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del tiempo transcurrido desde el dictado de la referida norma deviene
necesario aprobar un nuevo procedimiento administrativo que actualice el
oportunamente establecido para la tramitación de las cesantías comprendidas en el
artículo 62, inciso b) de la Ley N° 471.
Por ello y en uso de facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 888-MHGC/2018.
Artículo 2°.- Aprobar el procedimiento administrativo que deberá observarse para la
tramitación de las cesantías comprendidas en el artículo 62, inciso b) de la Ley N° 471,
que como Anexo I (IF-2022-38850929-GCABA-DGCLAP) forma parte integrante de la
presente.
Artículo 3°.- Facultar al Subsecretario de Gestión de Recursos Humanos dependiente
de este Ministerio, para aprobar los formularios que estime necesarios a los fines de
simplificar las notificaciones previstas en el procedimiento aprobado en el artículo que
antecede, los cuales se encontrarán alojados en
https://miautogestion.buenosaires.gob.ar/backoffice/posts-grid.
Artículo 4°. - Delegar en el Subsecretario de Gestión de Recursos Humanos de este
Ministerio, la facultad de dictar normas interpretativas, aclaratorias y operativas
respecto del procedimiento aprobado por la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las
reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires, a la Sindicatura de la Ciudad de Buenos Aires y a los organismos
descentralizados de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Mura