RESOLUCIÓN 1404 2018 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEROGA ARTÍCULO 2 RESOLUCIÓN 5059-MCGC-17 - CREA COMITÉ ARTÍSTICO Y CIENTÍFICO DE PROMOCIÓN CULTURAL - APRUEBA ANEXOS - REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - PLANILLA DE RENDICIÓN DE GASTOS - FUNCIONES - MIEMBROS

Publicación:

10/04/2018

Sanción:

06/04/2018

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO:

El Expediente Electrónico N° 07710575-MGEYA-DGTALMC/18, el Decreto N°

1020/GCBA/2004, las Resoluciones N° 427/MCGC/07 y N° 5059/MCGC/2017, y;

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 1.020/04 y modificatorios, se aprobó el Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos

Aires, que tiene como objetivo general el de contribuir económica y financieramente,

mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos,

programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las

ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que el indicado Decreto delegó en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de

conceder subsidios de acuerdo con las previsiones presupuestarias del año en curso,

tanto a personas físicas como jurídicas con domicilio real o legal en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, quedando facultado para dictar las normas reglamentarias

y complementarias que fueren menester para la correcta ejecución del Programa;

Que conforme las facultades delegadas en el artículo 2° del Decreto N° 1020/GCBA/04

se dictó la Resolución N° 427/MCGC/07 que crea la Coordinación Administrativa del

Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la

Ciudad de Buenos Aires, a cargo de un Coordinador Administrativo;

Que asimismo por la Resolución N° 5059/MCGC/2017 se aprobó el Reglamento

General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias,

y la documentación requerida para la rendición de cuenta, y por el art. 3° se modificó la

denominación de la Coordinación por "Coordinación Administrativa del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias";

Que atento las modificaciones impulsadas por este Ministerio en el marco del

Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias, y con la

intención de adecuar los procedimientos a las necesidades de los sujetos

comprendidos por la norma, se propicia la readecuación de la Reglamentación

aprobada por la citada Resolución;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención de su competencia en virtud de lo establecido en la Ley N° 1218 (texto

consolidado por Ley N°5.666);

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Derógase el art. 2° de la Resolución N° 5059/MCGC/2017.

Artículo 2°.- Crease el Comité Artístico y Científico de Promoción Cultural, que tendrá

las siguientes funciones:

a) Dictaminar, en su carácter de área sustantiva, respecto del interés cultural para la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los proyectos sometidos a su evaluación por

parte de la Coordinación Administrativa del Programa de Fomento Metropolitano de la

Cultura las Artes y las Ciencias.

b) Evaluar y decidir respecto de las rendiciones de cuentas presentadas por los

beneficiarios y sometidas a su evaluación por parte de la Coordinación Administrativa.

Artículo 3°.- Establécese que el Comité Artístico y Científico de Promoción Cultural

estará integrado por trece (13) miembros seleccionados entre aquellas personas de

reconocida trayectoria en la o las disciplinas que les fueran consignadas, quiénes

serán designados por el Ministro de Cultura de la siguiente manera:

a) Dos (2) representantes de colegios, entidades y/o organizaciones de profesionales

de arquitectura y/o ingeniería.

b) Dos (2) representantes del ámbito académico.

c) Un (1) representante del ámbito de la danza.

d) Un (1) representante del ámbito de la música.

e) Un (1) representante del ámbito del teatro.

f) Un (1) representante del ámbito de las artes visuales.

g) Un (1) representante del ámbito de las letras.

h) Un (1) representante del ámbito de las nuevas tecnologías.

i) Tres (3) representantes del Ministerio de Cultura.

Artículo 4°.- Mandato. Los miembros del Comité Artístico y Científico ejercen sus

funciones por dos (2) años, pudiendo ser reelegidos por un mismo periodo. Sin

perjuicio de ello, continuarán en sus funciones hasta la incorporación de los nuevos

miembros.

Artículo 5°.- Apruébanse los Anexos de "Reglamento General del Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias" y "Planilla de Rendición

de gastos" que como Anexos I (bajo N° IF 2018-10006260-MCGC) y II (bajo N° IF

2018-10006239-MCGC) respectivamente, forman parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

para su conocimiento y demás efectos, pase la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Avogadro


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1198-MCGC/21 deroga la Resolución N° 1404-MCGC/18.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 3 de la Resolución N° 1765-MCGC/20 deroga el inciso e) del artículo 22 del Anexo I Reglamento General delPrograma de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias, aprobado por la Resolución N° 1404-MCGC/19 y modificada mediante la Resolución N° 3592-MCGC/2019.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1519-MCGC-18 modifica el artículo 3° de la Resolución 1404-MCGC-2018.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 1404-MCGC-18 deroga el arículo 2 de la Resolución 5059 -MCGC-17.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 3592-MCGC-19 deroga el inciso b) del Art. 2 de la Resolución 1404-MCGC-18.</p><p>Art. 2 incorpora Art. 4 bis.</p><p>Art. 3 sustituye los Anexos I y II.</p><p>Art. 4 incorpora como Anexo III la Nota de compensación por los servicios prestados. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 4976-MCGC-18 efectua la convocatoria para la presentación de solicitudes de subsidio, correspondientes a la Sub-línea Obra y mantenimiento, perteneciente a la Línea Infraestructura Cultural en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, cuyo reglamento general fuera aprobado por Resolución 1404-MCGC-18.</p><p>Art. 2 establece que la convocatoria e regirá según lo dispuesto en el Reglamento General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 5481-MCGC-19 modifica el inciso a) del Art. 3 de la Resolución 1404-MCGC-18.</p>