DECRETO 100 2018

Síntesis:

SANCIONA CON CESANTÍA - SANTA MARÍA DE LAS MERCEDES MACELLARI - SUMARIO ADMINISTRATIVO NÚMERO 386/08 - RESOLUCIÓN 6570/MEGC/08 - DECLARA EXENTA DE RESPONSABILIDAD - CARGO FORMULADO - CARÁCTER DE PROSECRETARIA - COLEGIO NÚMERO 2 - DISTRITO ESCOLAR 1 - JEFARUTA DE GOBIERNO

Publicación:

11/04/2018

Sanción:

09/04/2018

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

VISTO:

La Ordenanza N° 40.593 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), la Resolución N°

6570/MEGC/08 y el Expediente N° 968.588/13 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramitó el Sumario Administrativo N° 386/08

ordenado por la Resolución N° 6.570-MEGC/08, a fin de investigar los hechos y

deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con respecto a supuestas

irregularidades cometidas en el Colegio N° 2 D.E. N°1, en el N° 4 D.E. N° 9 y en la

Escuela Técnica N°2 D.E. N° 9;

Que abierta la etapa instructoría, y tras haber cumplimentado diversas medidas

probatorias, por existir merito suficiente, se decretó la indagatoria de la docente Santa

María de las Mercedes Macellari (F.C. N° 400.367);

Que en atención a ello, y de conformidad con los elementos de prueba colectados, se

le formularon a la inculpada los correspondientes cargos;

Que la encartada, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa

vigente, ejerció su derecho de formular descargo y presentar alegato;

Que a tenor de lo actuado, la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales de la

Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos

Aires por medio del Dictamen N° 141-DGSUM/11, aconsejó declarar a la docente

Santa María de las Mercedes Macellari (F.C. N° 400.367) exenta del cargo nominado

con el número cuarto correspondiente al Colegio N° 2, DE 1 y sancionar a la

mencionada docente con cesantía en orden a los restantes cargos formulados, por

haber infringido gravemente el artículo 6 incisos c), ch), f) (actuales incisos c), d), g) en

razón de la modificación introducida por el artículo 5 de la Ley N° 4.109) y 42 del

Estatuto del Docente, quedando su conducta aprehendida por la previsión contenida

en el artículo 36, inciso f) del citado cuerpo normativo;

Que oportunamente tomo intervención la Junta de Disciplina mediante Dictamen N°

34/12, quien en virtud de las facultades conferidas por la reglamentación del artículo

45 del Estatuto Docente, aconsejó declarar exenta a la docente Macellari del cargo

nominado con el número cuatro correspondiente al Colegio N° 2 Distrito Escolar 1 y

propiciar se sancione a la docente citada, con una sanción suspensiva de noventa (90)

días en mérito a los restantes cargos oportunamente formulados;

Que atento la disparidad de criterios entre la Procuración General y la Junta de

Disciplina con relación al quantum de la sanción que le correspondiera a la encartada

se dio intervención a la entonces Subsecretaría de Políticas Educativas y Carrera

Docente, quien dictaminó en el mismo sentido que la Procuración General;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación ha tomado la intervención que le compete;

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por los

órganos jurídicos asesores, corresponde dictar el debido acto administrativo que

"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

disponga aplicar la sanción que en mérito de la investigación realizada resulta

procedente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Sanciónase con cesantía a la agente Santa María de las Mercedes

Macellari (F.C. N° 400.367), por encontrársela responsable de los cargos que le fueran

formulados en el Sumario Administrativo N° 386/08 ordenado por la Resolución N°

6.570/MEGC/08, por haber infringido las obligaciones contenidas en el artículo 6

incisos c), d) y g), en razón de la modificación introducida por el artículo 5 de la Ley

4.109 y en el artículo 42 del Estatuto del Docente, quedando aprehendida su conducta

en las previsiones del artículo 36 inciso f) del mismo cuerpo normativo.

Artículo 2.- Declárase a la agente Santa María de las Mercedes Macellari (F.C. N°

400.367) exenta de responsabilidad respecto del cargo formulado en su carácter de

prosecretaria del turno noche del Colegio N ° 2 Distrito Escolar 1° consistente en haber

dejado las actas de exámenes que debían utilizarse el día 11/08/08, bajo llave en un

armario de Secretaría, siendo la única persona que tenía las mismas.

Artículo 3.- El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Educación y

por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del

Ministerio de Hacienda y pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de

Educación, quien deberá notificar a la señora Santa María de las Mercedes Macellari

(F.C. N° 400.367), haciéndole saber que el presente acto no agota la instancia

administrativa, y que por ello podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles,

el recurso de reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la

Ordenanza N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso

Administrativo y Tributario (Ley N° 189, texto consolidado por Ley N° 5.666). Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

SUSPENDIDA POR
<p>Art. 1 del Decreto suspende la sanción impuesta a Macellari, Santa María de las Mercedes, dispuesta por el Decreto 100-18.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 153-19 desestima el recurso de reconsideración articulado por Santa María de las Mercedes Macellari, interpuesto por el Decreto 100-18.</p>