DECRETO 100 2018
Síntesis:
SANCIONA CON CESANTÍA - SANTA MARÍA DE LAS MERCEDES MACELLARI - SUMARIO ADMINISTRATIVO NÚMERO 386/08 - RESOLUCIÓN 6570/MEGC/08 - DECLARA EXENTA DE RESPONSABILIDAD - CARGO FORMULADO - CARÁCTER DE PROSECRETARIA - COLEGIO NÚMERO 2 - DISTRITO ESCOLAR 1 - JEFARUTA DE GOBIERNO
Publicación:
11/04/2018
Sanción:
09/04/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VISTO:
La Ordenanza N° 40.593 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), la Resolución N°
6570/MEGC/08 y el Expediente N° 968.588/13 e incorporados, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó el Sumario Administrativo N° 386/08
ordenado por la Resolución N° 6.570-MEGC/08, a fin de investigar los hechos y
deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con respecto a supuestas
irregularidades cometidas en el Colegio N° 2 D.E. N°1, en el N° 4 D.E. N° 9 y en la
Escuela Técnica N°2 D.E. N° 9;
Que abierta la etapa instructoría, y tras haber cumplimentado diversas medidas
probatorias, por existir merito suficiente, se decretó la indagatoria de la docente Santa
María de las Mercedes Macellari (F.C. N° 400.367);
Que en atención a ello, y de conformidad con los elementos de prueba colectados, se
le formularon a la inculpada los correspondientes cargos;
Que la encartada, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa
vigente, ejerció su derecho de formular descargo y presentar alegato;
Que a tenor de lo actuado, la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales de la
Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires por medio del Dictamen N° 141-DGSUM/11, aconsejó declarar a la docente
Santa María de las Mercedes Macellari (F.C. N° 400.367) exenta del cargo nominado
con el número cuarto correspondiente al Colegio N° 2, DE 1 y sancionar a la
mencionada docente con cesantía en orden a los restantes cargos formulados, por
haber infringido gravemente el artículo 6 incisos c), ch), f) (actuales incisos c), d), g) en
razón de la modificación introducida por el artículo 5 de la Ley N° 4.109) y 42 del
Estatuto del Docente, quedando su conducta aprehendida por la previsión contenida
en el artículo 36, inciso f) del citado cuerpo normativo;
Que oportunamente tomo intervención la Junta de Disciplina mediante Dictamen N°
34/12, quien en virtud de las facultades conferidas por la reglamentación del artículo
45 del Estatuto Docente, aconsejó declarar exenta a la docente Macellari del cargo
nominado con el número cuatro correspondiente al Colegio N° 2 Distrito Escolar 1 y
propiciar se sancione a la docente citada, con una sanción suspensiva de noventa (90)
días en mérito a los restantes cargos oportunamente formulados;
Que atento la disparidad de criterios entre la Procuración General y la Junta de
Disciplina con relación al quantum de la sanción que le correspondiera a la encartada
se dio intervención a la entonces Subsecretaría de Políticas Educativas y Carrera
Docente, quien dictaminó en el mismo sentido que la Procuración General;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación ha tomado la intervención que le compete;
Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por los
órganos jurídicos asesores, corresponde dictar el debido acto administrativo que
"2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
disponga aplicar la sanción que en mérito de la investigación realizada resulta
procedente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1.- Sanciónase con cesantía a la agente Santa María de las Mercedes
Macellari (F.C. N° 400.367), por encontrársela responsable de los cargos que le fueran
formulados en el Sumario Administrativo N° 386/08 ordenado por la Resolución N°
6.570/MEGC/08, por haber infringido las obligaciones contenidas en el artículo 6
incisos c), d) y g), en razón de la modificación introducida por el artículo 5 de la Ley
4.109 y en el artículo 42 del Estatuto del Docente, quedando aprehendida su conducta
en las previsiones del artículo 36 inciso f) del mismo cuerpo normativo.
Artículo 2.- Declárase a la agente Santa María de las Mercedes Macellari (F.C. N°
400.367) exenta de responsabilidad respecto del cargo formulado en su carácter de
prosecretaria del turno noche del Colegio N ° 2 Distrito Escolar 1° consistente en haber
dejado las actas de exámenes que debían utilizarse el día 11/08/08, bajo llave en un
armario de Secretaría, siendo la única persona que tenía las mismas.
Artículo 3.- El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Educación y
por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del
Ministerio de Hacienda y pase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de
Educación, quien deberá notificar a la señora Santa María de las Mercedes Macellari
(F.C. N° 400.367), haciéndole saber que el presente acto no agota la instancia
administrativa, y que por ello podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles,
el recurso de reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la
Ordenanza N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso
Administrativo y Tributario (Ley N° 189, texto consolidado por Ley N° 5.666). Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel