RESOLUCIÓN 302 2018 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE SUSTITUYE EL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN 5-AGC-10 - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN DE EXTINTORES - MATAFUEGOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
Publicación:
19/04/2018
Sanción:
16/04/2018
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Estado:
No vigente
VISTO:
La Ordenanza N° 40.473, las Leyes N° 2.624 y N° 3.304, el Decreto N°
579/GCABA/09, la Resoluciones N° 5-AGC/10, 32-AGC/15, el Expediente Electrónico
N° 08494870/MGEYA/AGC/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como
ente autárquico dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto 579/09 se transfirió a esta AGC el "Registro de Fabricantes,
Reparadores y Recargadores de Extintores (Matafuegos) y equipos contra incendios",
disponiéndose en su artículo 7° que correspondía a esta AGC reglamentar respecto al
régimen al que se sujeta la fabricación, reparación y recarga de extintores y equipos
contra incendio de conformidad con la Ordenanza N° 40.473;
Que por medio de la Resolución 05/AGC/10, se aprobó el Sistema de Administración
de Tarjetas de Identificación de Extintores, y el modelo de tarjeta de identificación de
extintores, los que fueron posteriormente modificados a través de la Resolución N°
32/GCABA/AGC/15, a los efectos de incorporar los códigos QR o "Código de
Respuesta Rápida" en las tarjetas de identificación de extintores, destacando al
respecto que el mismo "... inserto en la tarjeta impresa mediante el sistema
proporcionara al contribuyente y a los agentes afectados a tareas de control en el
ejercicio del poder de policía, una herramienta de validación de datos de la tarjeta de
identificación de extintores en tiempo real. Asimismo en la consulta se observaran los
datos de interés del equipo que no se encuentren en la tarjeta.";
Que en virtud de ello, ha de advertirse que la inclusión del código QR en las tarjetas de
matafuegos no modificó el modelo que incluye el módulo en soporte papel impreso por
los Inscriptos y el módulo etiqueta autoadhesiva provista por este organismo, lo que en
definitiva resulta una superposición de información y un dispendio de tiempos y
recursos, ya que requiere asimismo que el administrado se acerque a la Agencia
Gubernamental de Control, en el sector de atención al público, a retirar las etiquetas;
Que por medio de la Ley N° 3.304 se implementó el Plan de Modernización de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, con el fin de comenzar un proceso
de modernización administrativa, cuyo Anexo establece en su artículo 6.5 la
interoperabilidad con el objetivo de "Mejorar los sistemas de información y
comunicación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de evitar
duplicaciones, inconsistencias en la actualización y normalizar la definición y el
tratamiento de la información común";
Que teniendo en cuenta lo manifestado, sería conveniente sustituir el Anexo I de la
Resolución 5/AGC/2010 a los fines de dejar sin efecto la composición de la tarjeta
actual en dos módulos prescindiendo de la utilización de la etiqueta autoadhesiva;
Que la Subgerencia Operativa Asesoramiento Legal de la Gerencia Operativa
Coordinación Legal de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención
de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades descriptas por los Artículos N° 7, inciso c) y N° 12,
inciso e) de la ley 2.624, y Artículo N° 7 del Decreto 579/09,
Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 5/AGC/2010, por el Anexo IF-
2018-10623627-AGC que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Encomiéndase a la Unidad de Prensa y Comunicación Institucional la
difusión de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta
Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, comuníquese a las Cámaras del sector
y a los Consejos Profesionales afines. Fecho, pase a la Subgerencia Operativa
Registros. Cumplido, archívese. Pedace