RESOLUCIÓN 788 2018 MINISTERIO DE HACIENDA
Síntesis:
ESTABLECE VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - VIGENCIA A PARTIR - ABRIL - AGOSTO - OCTUBRE - 2018 - MÓDULO RETRIBUTIVO PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
26/04/2018
Sanción:
18/04/2018
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA
VISTO:
La Ley N° 5.688, el Decreto N° 47/17 y modificatorios, el Convenio N° 1/16 aprobado
mediante Resolución N° 298/LCBA/15, las Resoluciones Nros. 140/MHGC-
MJYSGC/17, 1076/MHGC-MJYSGC/17, 1685/MHGC-MJYSGC/17, 2018/MHGC-
MJYSGC/17, 590/MHGC-MJYSGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2018-10260799-
DGALS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
los efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en
materias no federales en el ámbito territorial local;
Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el
personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía
Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;
Que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció la
estructura salarial de la Policía de la Ciudad en el Decreto N° 47/17, disponiendo que
el sueldo básico correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine
como un porcentaje del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije
en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);
Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los
distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la
Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y
que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial
(MONOPOL);
Que por el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de
Justicia y Seguridad y de Hacienda, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos
Retributivos referidos;
Que, por su parte por las Resoluciones Nros. 140/MHGC-MJYSGC/17, 1076/MHGC-
MJYSGC/17, 2018/MHGC-MJYSGC/17 y 590/MHGC-MJYSGC/18 se establecieron los
valores del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el
Personal No Policial (MONOPOL), ambos creados por el artículo 2° del Decreto N°
47/17;
Que corresponde adecuar el valor de los Módulos Retributivos MOPOL y MONOPOL y
de diversos suplementos contemplados en el Anexo I del Decreto 47/17 y
modificatorios, a efectos de implementar la pauta de incremento salarial fijada para el
ejercicio en curso;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo
Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS
TRECE CON 6657/10000 ($ 13,6657).
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo
para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°
47/17 en la suma de PESOS DIECISIETE CON 1025/10000 ($ 17,1025).
Artículo 3°.- Establecer, a partir del 1° de agosto de 2018, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS CATORCE CON 1719/10000 ($ 14,1719).
Artículo 4°.- Establecer a partir del 1° de agosto de 2018, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS DIECISIETE CON 7359/10000 ($ 17,7359).
Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de octubre de 2018, el valor del Módulo
Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma
de PESOS CATORCE CON 5515/10000 ($ 14,5515).
Artículo 6°.- Establecer a partir del 1° de octubre de 2018, el valor del Módulo
Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del
Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS DIECIOCHO CON 2110/10000 ($ 18, 2110).
Artículo 7°.- Establecer, a partir del 1° de noviembre de 2018, el monto del suplemento
establecido en el artículo 16 del Anexo I del Decreto 47/17 en la suma de PESOS
TRES MIL CIENTO CINCO ($ 3.105).
Artículo 8°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33
inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se
ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas indicadas en los
artículos 1° a 6° de la presente resolución.
Artículo 9°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependientes del Ministerio de
Hacienda, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Administración de
Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de
Seguridad, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad
del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y
para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad. Cumplido,
archívese. Ocampo - Mura