RESOLUCIÓN 788 2018 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

ESTABLECE VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - VIGENCIA A PARTIR - ABRIL - AGOSTO - OCTUBRE -  2018 - MÓDULO RETRIBUTIVO PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - REMUNERACIONES - SALARIOS - SUELDOS - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

26/04/2018

Sanción:

18/04/2018

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 5.688, el Decreto N° 47/17 y modificatorios, el Convenio N° 1/16 aprobado

mediante Resolución N° 298/LCBA/15, las Resoluciones Nros. 140/MHGC-

MJYSGC/17, 1076/MHGC-MJYSGC/17, 1685/MHGC-MJYSGC/17, 2018/MHGC-

MJYSGC/17, 590/MHGC-MJYSGC/18 y el Expediente Electrónico N° 2018-10260799-

DGALS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no

federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero

de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

los efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en

materias no federales en el ámbito territorial local;

Que por Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;

Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció que el

personal transferido a la Ciudad de Buenos Aires y el personal de la Policía

Metropolitana integran aquélla a partir del 1°de enero de 2017;

Que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció la

estructura salarial de la Policía de la Ciudad en el Decreto N° 47/17, disponiendo que

el sueldo básico correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine

como un porcentaje del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije

en Módulos Retributivos Policiales (MOPOL);

Que en la misma norma se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que por el artículo 3° del citado Decreto se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y de Hacienda, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos

Retributivos referidos;

Que, por su parte por las Resoluciones Nros. 140/MHGC-MJYSGC/17, 1076/MHGC-

MJYSGC/17, 2018/MHGC-MJYSGC/17 y 590/MHGC-MJYSGC/18 se establecieron los

valores del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) y del Módulo Retributivo para el

Personal No Policial (MONOPOL), ambos creados por el artículo 2° del Decreto N°

47/17;

Que corresponde adecuar el valor de los Módulos Retributivos MOPOL y MONOPOL y

de diversos suplementos contemplados en el Anexo I del Decreto 47/17 y

modificatorios, a efectos de implementar la pauta de incremento salarial fijada para el

ejercicio en curso;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto N° 47/17 y

modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

TRECE CON 6657/10000 ($ 13,6657).

Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo

para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°

47/17 en la suma de PESOS DIECISIETE CON 1025/10000 ($ 17,1025).

Artículo 3°.- Establecer, a partir del 1° de agosto de 2018, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CATORCE CON 1719/10000 ($ 14,1719).

Artículo 4°.- Establecer a partir del 1° de agosto de 2018, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS DIECISIETE CON 7359/10000 ($ 17,7359).

Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de octubre de 2018, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CATORCE CON 5515/10000 ($ 14,5515).

Artículo 6°.- Establecer a partir del 1° de octubre de 2018, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS DIECIOCHO CON 2110/10000 ($ 18, 2110).

Artículo 7°.- Establecer, a partir del 1° de noviembre de 2018, el monto del suplemento

establecido en el artículo 16 del Anexo I del Decreto 47/17 en la suma de PESOS

TRES MIL CIENTO CINCO ($ 3.105).

Artículo 8°.- Los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33

inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se

ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas indicadas en los

artículos 1° a 6° de la presente resolución.

Artículo 9°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será

imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependientes del Ministerio de

Hacienda, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Administración de

Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de

Seguridad, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad

del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y

para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad. Cumplido,

archívese. Ocampo - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 7 del la Resolución 788-MHGC-MJYSGC-18 establece, a partir del 1 de noviembre de 2018, el monto del suplemento establecido en el artículo 16 del Anexo I  I del Decreto 47/17 en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO CINCO ($ 3.105).</p><p>Art. 8 establece que los suplementos establecidos en los Arts. 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 se ajustan en la misma proporción que el salario básico en las fechas indicadas en los Arts. 1 a 6 de la presente resolución.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución Conjunta 1229-MEFGC-18 modifica artículo 5 Resolución de Firma Conjunta 788-MHGC-18.</p><p>Art. 2 modifica artículo 6.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 788-MH-MJYS-18 establece, a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo<br />Policial (MOPOL), modificando al establecido por Resolución 590-MH-MJYS-18.</p><p>Art. 2, establece a partir del 1° de abril de 2018, el valor del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL).</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1º de la Resolución 518-MEFGC-18 modifica el artículo 3° de la Resolución 788/MHGC-MJYSGC/18.</p><p>Art. 2º modifica el artículo 4°.</p>