DISPOSICIÓN 4695 2018 DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Síntesis:
SE APRUEBAN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTELIGENTE DE CONTEO DE PERSONAS - HABILITACIONES Y PERMISOS - CONTROL TECNOLÓGICO DE ACCESOS Y EGRESOS DE PERSONAS EN EVENTOS MASIVOS - MARCO REGULATORIO - REQUISITOS TÉCNICOS - CERTIFICADO DE VERIFICACIÓN - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - SISTEMA SICOP - ACCESO DE PERSONAS - NÚMERO
Publicación:
30/05/2018
Sanción:
24/05/2018
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Estado:
No vigente
VISTO:
Las leyes N° 2624 y 5641, las Resoluciones N° 2-AGC/2017,247-AGC/2017 y 300-
AGC/2018, el Expediente Electrónico N° 13763193-AGC/2018; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio
del poder de policía, en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene
alimentaria de los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas
aquellas actividades comprendidas en el código respectivo, como así también el
otorgamiento de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y
privadas, comprendidas por el Código de la Edificación.
Que por Resolución N° 247-AGC/17 se modificó la estructura orgánica funcional de
esta Agencia Gubernamental de Control, estableciendo las responsabilidades
primarias de ésta Dirección General y de la Gerencia Operativa Sistemas Informáticos
dependiente de la Dirección Ejecutiva.
Que el 23 de Diciembre de 2016 esta Agencia Gubernamental de Control suscribió un
Convenio Específico con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI)
(registrado bajo el N° 105169-RL/2017 de la Dirección General Escribanía General de
la Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno), mediante el cual el Instituto
se comprometió a desarrollar "las Especificaciones Técnicas del Sistema Inteligente de
Conteo de Personas (SICOP) a ser exigidas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires (...)", "los protocolos de los ensayos a requerir para la homologación del modelo."
y "los protocolos de verificación de las instalaciones.
Que el 21 de febrero de 2017, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial remitió el
informe técnico a la Agencia Gubernamental de Control, como orden de trabajo N° 07-
15263.
Que por Resolución N° 300-AGC-2018 se modificó la Resolución 2-AGC/2017,
estableciendo la certificación por parte del INTI o el ente que en el futuro se designe,
sobre el equipamiento tecnológico de control de accesos y egresos para eventos
masivos.
Que por dicho acto administrativo en su artículo 3°,también se instruyó a ésta
Dirección General, a dictar los actos que resultaren necesarios a los fines de
operativizar lo dispuesto ut supra.
Que por expediente electrónico N° 13763193-AGC/2018 se dio intervención a la
Gerencia Operativa Sistemas Informáticos dependiente de la Dirección Ejecutiva, la
cual mediante PV-2018-13918979-AGC, manifiesta que "el Sistema Inteligente de
Conteo de Personas (SICOP), orden de trabajo n°07-15263, cumple con los requisitos
técnicos para su implementación".
Que, asimismo mediante IF-2018-14065565-AGC, dicha Gerencia suscribe como
ANEXO I los requisitos técnicos que deberán cumplir las empresas para obtener el
"Certificado de Verificación - emitido por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial
(INTI).
Que, además, la Subgerencia Operativa Dictámenes IV, de acuerdo a las
competencias asignadas por Resolución N° 247/AGC/17, analiza lo actuado y emite el
Dictamen N° IF-2018-xxxx-AGC en el cual sostiene que no existe óbice legal para
proceder con el dictado del acto administrativo correspondiente.
Por ello y en virtud de las facultades conferidas,
Artículo 1°. Apruébase como ANEXO I (IF-2018-14065565-AGC), las especificaciones
técnicas para la implementación del Sistema Inteligente de Conteo de Personas
(SICOP), orden de trabajo n°07-15263, para el control tecnológico de accesos y
egresos de personas en eventos masivos.
Artículo 2°. Establécese que los interesados deberán dirigirse al Instituto Nacional de
Tecnología Industrial (INTI), a realizar los ensayos correspondientes para la posterior
obtención del Certificado de Verificación, el cual deberá ser presentado ante esta
Dirección General para la obtención de los permisos establecidos por la Ley 5641 y
sus reglamentaciones correspondientes Resoluciones 2-AGC/2017 y 300-AGC/2018.
Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la personas y empresas
inscriptas en el Registro Público de Productores de Eventos Masivos y al Instituto
Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Cumplido, archívese. Pérez Lorgueilleux